Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-134)
Orden de 10 de julio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las Ayudas Económicas Familiares correspondientes al ejercicio 2023.
El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establece la naturaleza y prestaciones de los servicios sociales comunitarios, define en su artículo 7.4 las Ayudas Económicas Familiares como una prestación propia de los mismos, de carácter temporal y preventivo, y cuya finalidad es mantener a personas menores de edad en su medio familiar, debiendo gestionarse las mismas por dichos servicios sociales comunitarios.
Mediante el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía, se establece que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de dichos servicios sociales serán transferidos por la Consejería competente en la materia y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes y las cantidades se abonarán en concepto de transferencias de financiación.
Por Orden de 10 de octubre de 2013, se regulan las Ayudas Económicas Familiares y su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales, disponiéndose en su artículo 7 la documentación necesaria para la liquidación de los créditos distribuidos.
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, asigna a la misma competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios y competencias en la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y conciliación.
En el presente ejercicio, el crédito disponible que se va a destinar para Ayudas Económicas Familiares, en la partida 1800010000 G/31E/46504/00 01, correspondiente a los Presupuestos de la Junta de Andalucía para el año 2023, asciende a la cantidad de 3.569.998 €, sin perjuicio de que a lo largo del ejercicio presupuestario puedan acordarse nuevos créditos estatales para financiar este Programa.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma,
DISPONGO
Primero. Ordenar para el ejercicio 2023 la distribución de los créditos que deben satisfacerse por la Comunidad Autónoma de Andalucía a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios andaluces con población superior a veinte mil habitantes y las transferencias a los mismos, con cargo al crédito presupuestario del Servicio 01 y conforme se establece en el Anexo Único, en virtud de lo dispuesto en el citado Decreto 203/2002, de 16 de julio, y en la Orden de 10 de octubre de 2013.
Segundo. Para proceder a las transferencias de los fondos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.2 de la Orden de 10 de octubre de 2013, las Entidades Locales deberán haber entregado la ficha de evaluación del ejercicio anterior, así como la certificación emitida por la Intervención de la respectiva Entidad Local de que los fondos recibidos en concepto de financiación de las Ayudas Económicas Familiares de los Servicios Sociales Comunitarios para el mencionado ejercicio han sido destinados a la finalidad prevista.
Tercero. Asimismo, una vez se publique la presente orden, para iniciar el procedimiento administrativo correspondiente, las Entidades Locales habrán de dirigir la siguiente documentación a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad:
- Solicitud de la transferencia de acuerdo con la presente orden de referencia.
- Documento acreditativo de la persona que ostenta la representación legal de la entidad local o persona en quien delegue, para la firma del Convenio de Cooperación.
- Certificado de aportación económica al programa o de no aportación, en su caso.
Cuarto. La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad procederá a realizar las transferencias de financiación una vez suscrito el Convenio de Cooperación correspondiente y a medida que las Entidades Locales vayan dando cumplimiento al trámite referido en la disposición segunda.
Quinto. La presente orden tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de julio de 2023
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO | |
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad |
ANEXO ÚNICO
PROVINCIA | AEF 2023 ENTIDADES LOCALES | JUNTA 2023 |
---|---|---|
ALMERÍA | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA | 100.914 € |
ALMERÍA | AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA | 84.986 € |
ALMERÍA | AYUNTAMIENTO DE ADRA | 10.585 € |
ALMERÍA | AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO | 36.788 € |
ALMERÍA | AYUNTAMIENTO DE NÍJAR | 13.404 € |
ALMERÍA | AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR | 43.751 € |
ALMERÍA | AYUNTAMIENTO DE VÍCAR | 11.822 € |
CÁDIZ | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ | 84.228 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ | 44.895 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS | 56.477 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA | 15.441 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE BARBATE | 10.747 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS | 10.774 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA | 39.884 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA | 9.655 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA | 99.040 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN | 31.075 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA | 39.296 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL | 18.916 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE ROTA | 12.092 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO | 41.580 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE | 14.531 € |
CÁDIZ | AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA | 33.406 € |
CÓRDOBA | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA | 113.810 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA | 135.419 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE BAENA | 7.969 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE CABRA | 8.014 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE LUCENA | 18.759 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE MONTILLA | 8.726 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO | 8.956 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA | 8.914 € |
CÓRDOBA | AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL | 13.336 € |
GRANADA | DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA | 199.259 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE GRANADA | 91.764 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR | 10.259 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE ARMILLA | 10.420 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE BAZA | 7.870 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE LAS GABIAS | 10.031 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE GUADIX | 7.548 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE LOJA | 8.665 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE MARACENA | 9.492 € |
GRANADA | AYUNTAMIENTO DE MOTRIL | 25.011 € |
HUELVA | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA | 90.902 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE HUELVA | 61.347 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE | 9.203 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE ALMONTE | 11.408 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE | 8.209 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE CARTAYA | 8.069 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA | 9.430 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE LEPE | 11.665 € |
HUELVA | AYUNTAMIENTO DE MOGUER | 8.540 € |
JAÉN | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN | 135.791 € |
JAÉN | AYUNTAMIENTO DE JAÉN | 44.285 € |
JAÉN | AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL | 7.840 € |
JAÉN | AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR | 15.731 € |
JAÉN | AYUNTAMIENTO DE LINARES | 24.352 € |
JAÉN | AYUNTAMIENTO DE MARTOS | 9.832 € |
JAÉN | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | 13.817 € |
MÁLAGA | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA | 97.562 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA | 239.102 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN DE LA TORRE | 17.833 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE | 11.426 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA | 16.535 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA | 28.172 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA | 12.381 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE COÍN | 10.450 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA | 28.078 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA | 29.451 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE MARBELLA | 55.797 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE MIJAS | 35.995 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE NERJA | 7.966 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA | 20.439 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE RONDA | 13.541 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS | 27.017 € |
MÁLAGA | AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA | 34.615 € |
SEVILLA | DIPUTACION PROVINCIAL DE SEVILLA | 265.829 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE SEVILLA | 280.147 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAIRA | 34.782 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | 10.016 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE CAMAS | 12.710 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE CARMONA | 12.458 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RÍO | 13.949 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS | 61.305 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA | 17.932 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA | 12.559 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALCOR | 10.646 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE | 19.499 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA | 11.685 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA | 18.413 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA | 17.767 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE | 10.431 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE TOMARES | 10.213 € |
SEVILLA | AYUNTAMIENTO DE UTRERA | 24.367 € |
TOTAL | 3.569.998 € |
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