Consejería de Salud y Consumo - Autoridades y personal (BOJA 2023-59)

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Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo, por la que se nombra a la Coordinadora del Plan Integral de Atención Temprana de Andalucía.

La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que, de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.

La Ley 1/2023, de 16 de febrero, por la que se regula la atención temprana en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en el artículo 13 que la Consejería competente en materia de Salud elaborará un Plan Integral de Atención Temprana de forma conjunta con las Consejerías competentes en materia de servicios sociales y educación, con objeto de reducir el impacto de las alteraciones o trastornos en sus familias y entorno, que abordará la atención temprana de forma integral, e incluirá actividades dirigidas a la prevención primaria de las alteraciones del desarrollo, de prevención secundaria y las correspondientes a la prevención terciaria, fundamentalmente con programas de intervención.

El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, en el artículo 6.h), atribuye a la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo el diseño, seguimiento y evaluación de las estrategias, planes integrales y sectoriales, y el apartado q) del mismo artículo, la ordenación, seguimiento, gestión y evaluación de las actuaciones de atención infantil temprana en Andalucía.

En cumplimiento de la citada normativa, se estima conveniente nombrar a la persona que coordine los trabajos necesarios para la elaboración del Plan de forma participativa, y su posterior implementación y desarrollo.

Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 6.h) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,

DISPONGO

Primero. Nombrar a doña Esther Garrido Sánchez, como Coordinadora del Plan Integral de Atención Temprana de Andalucía.

Segundo. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo éstas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la coordinación del Plan Integral de Atención Temprana de Andalucía conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Tercero. Las indemnizaciones que procedan a favor de la persona Coordinadora del Plan Integral de Atención Temprana de Andalucía por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 21 de marzo de 2023.- La Secretaria General, María Luisa del Moral Leal.

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