El Tribunal General de la UE anula la prohibición de los preparados de la hoja de especies de Aloe que contengan derivados hidroxiantracénicos (DAH).
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El Tribunal General de la UE anula la prohibición de los preparados de la hoja de especies de Aloe que contengan derivados hidroxiantracénicos (DAH).
El 13 de noviembre, el Tribunal General de la UE anuló la decisión de la Comisión Europea que prohibía los preparados de la hoja de especies de Aloe que contengan derivados hidroxiantracénicos (DAH). Asunto T-189/21
El Tribunal ha decidido anular el artículo 1, punto 1, tercera mención, del Reglamento (UE) 2021/468 de la Comisión, de 18 de marzo de 2021, por el que se modifica el anexo III del Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las especies botánicas que contienen derivados hidroxiantracénicos, mediante el que se incluyeron los «preparados de la hoja de especies de Aloe que contengan derivados hidroxiantracénicos» en el anexo III, parte A, del Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos.