Extracto de la Resolución de 10 de julio de 2024 de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se convocan las subvenciones para la promoción y la visibilización del valenciano en salas de teatro y en librerías para el ejercicio presupuestario de 2024.
Enlace copiado en portapapeles.
BDNS (identif.): 774347.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones
Primero. Entidades beneficiarias
Modalidad B. Las empresas o entidades empresariales privadas legalmente constituidas y radicadas en la Comunitat Valenciana que exploten salas de teatro que representen o produzcan obras de teatro en valenciano.
Modalidad C. Las librerías que, formalmente constituidas como empresas y ubicadas en la Comunitat Valenciana, tengan como actividad principal la venta de libros y dispongan, como mínimo, de un establecimiento físico, abierto al público en general, y los establecimientos de comercio al por menor que vendan libros, cuyo código sea el 4761 o el 4762 de acuerdo con la Clasificación nacional de actividades económicas (CNAE).
Segundo. Objeto
Las ayudas van dirigidas al fomento y la visibilización del valenciano en salas de teatro y en librerías.
Tercero. Bases reguladoras
La Orden 1/2018, de 28 de diciembre, de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para la promoción y la visibilización del valenciano en salas de exhibición cinematográfica, en salas de teatro, en librerías y en campañas publicitarias (DOGV 8211; 12.01.2018).
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de las subvenciones es de 650.000 euros.
Modalidades e importe que se asigna a cada una:
Modalidad B, empresas que explotan salas de teatro que representen o produzcan obras de teatro en valenciano, 350.000 euros.
Modalidad C, librerías y establecimientos de comercio al por menor que vendan libros, 300.000 euros.
Quinto. Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación que la acompaña, detallada en el modelo de solicitud, es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 10 de julio de 2024
Jose Antonio Rovira Jover
Conseller de Educación, Universidades y Empleo