RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2024 , de la Dirección General de Justicia, por la que se hace pública la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunitat Valenciana que se ofrecen a las personas aspirantes aprobadas en las pruebas selectivas para ingreso en el cuerpo de gestión procesal y administrativa de la Administración de justicia, turno libre, convocada por la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

          De conformidad con lo establecido en la base decimonovena de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo (BOE de 15 de marzo) por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios/as al servicio de la Administración de justicia, en la base 8.1.a) de la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre (BOE de 19 de diciembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el cuerpo de gestión procesal y administrativa de la Administración de justicia, y en el Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (BOE de 27 de diciembre), por el que se aprueba el reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia,
 
 
RESUELVO
          Primero
          Hacer pública, por orden alfabético de localidades, la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (anexo I), que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el cuerpo de gestión procesal y administrativa convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
 
          Segundo
          Las solicitudes de destino de los/las aspirantes de este ámbito se presentarán en el registro electrónico de la Generalitat Valenciana https://www.gva.es/es/epub95218  , de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Aquellas personas que conforme a lo dispuesto en el artículo anteriormente mencionado, no tengan obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas y no puedan presentar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter excepcional, en el Registro general de la Conselleria de Justicia e Interior, Oficina PROP Nou d'Octubre, c/ de la Democràcia, 77, Ciutat Administrativa Nou d'Octubre, Edifici A, 46018 València , o por los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el Boletín Oficial del Estado, según lo establecido en la base 8.1.a) de la convocatoria del proceso selectivo mencionada anteriormente.
 
          Tercero
          Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como anexo II de esta resolución de acuerdo con las siguientes instrucciones:
          a) En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de los órganos judiciales ofertados, indicando el órgano, la función, la localidad y la provincia. Con la sola petición de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las plazas ofertadas en el mismo.
          b) Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido por la persona aspirante en todo el proceso selectivo y por la prioridad establecida.
          c) De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las relacionadas en su instancia, por no solicitar un número suficiente de plazas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas siguiendo el orden alfabético de localidades publicado en el Boletín Oficial del Estado.
 
          Cuarto
          No se podrá anular ni modificar la solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
 
          Quinto
          La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
 
          Sexto
          Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley orgánica 6/1985 de 1 de julio del poder judicial.
 
          Contra la presente resolución podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de València, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
 
 

València, 8 de julio de 2024
 
Cristina Gil Fabregat
Directora general de Justicia

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