RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2024, de la Universitat de València, por la cual se convoca la oferta pública de diferentes plazas de este organismo con contrato laboral a cargo de varias líneas de investigación.

          El Rectorado de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le concede el artículo 50, en relación con el artículo 3.2 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario,
 
 
RESUELVE
 
          Convocar la oferta pública de diferentes plazas de este organismo con contrato laboral a cargo de diversas líneas de investigación, según figuran en los anexos de esta resolución, de acuerdo con las siguientes bases:
 
          Primera. Normas generales
          1.1. Esta oferta tiene por objeto la selección de personal para cubrir un puesto de personal laboral para las líneas de investigación mediante el sistema de concurso.
          1.2 De acuerdo con lo que establece el artículo 89 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, la realización de este proceso selectivo se debe ajustar a lo que dispone la citada ley y la normativa de desarrollo.
          También le será de aplicación la normativa específica universitaria recogida en la Ley orgánica del sistema universitario, la Ley de la ciencia y en los Estatutos de la Universitat de València, así como en las bases de esta convocatoria.
          1.3. El proceso selectivo que se realice en la convocatoria tendrá lugar mediante un concurso que consistirá en la valoración de los méritos, y, en su caso, la realización de una entrevista.
          1.4. La adjudicación de los puestos, a las personas aspirantes que superen estos procesos selectivos, se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenida, siempre que reúnan los requisitos exigidos en el anexo de la convocatoria correspondiente.
          1.5. Esta convocatoria se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  (DOGV), en el tablón oficial de anuncios
          https://webges.uv.es/uvTaeWeb/CambiarLenguajeDoAction.do?idioma=es&servicioNavegacion=-1&grupoNavegacion=-1  de la Universitat de València, y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), Sección de PAS Investigación
          La publicación en el DOGV se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación.
          El resto de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios oficial y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), sección investigación.
 
          Segunda. Requisitos generales de las personas aspirantes
          Para ser admitidas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
          2.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
          Así mismo, se podrán presentar personas aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.
          2.2. Tener cumplidos, al menos, 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
          2.3. Poseer las titulaciones académicas que figuran en los anexos de las convocatorias que se quiera a solicitar, o estar en condiciones de obtener el título correspondiente, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
          En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia de la misma. Cuando no se encuentren homologadas, ni se hayan declarado su equivalencia.
          Se podrá sustituir este requisito, por la acreditación de haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento. Se rescindirá el contrato si la autoridad académica competente deniega la homologación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.
          2.4. Cuando se exija como requisito un nivel de idioma, se utilizará para su evaluación la Tabla de Equivalencias de acreditación de L2 de la UV
          aprobada por un acuerdo del Consell de Govern del 10 de julio de 2018 (ACGUV 156/2018). No se valorarán los cursos de idiomas, sólo los niveles adquiridos.
          2.5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.
          2.6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier Administración o trabajo público. En el caso de personas aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública o, en defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de la declaración jurada por parte de las personas interesadas.
          Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.
          Las personas aspirantes son responsables de la veracidad de todos los datos que hagan constar en la solicitud y en la documentación aportada, pudiendo exigírseles la responsabilidad correspondiente en caso de falsedad en los mismos, sin perjuicio, en su caso, de su exclusión del proceso selectivo.
 
          Tercera. Solicitudes
          3.1. Las personas interesadas han de reunir los requisitos señalados en el anexo de la convocatoria que se va a solicitar. Deberán presentar la solicitud, junto con el currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, obligatoriamente, a través de la solicitud electrónica que la Universitat pondrá a su disposición, y cuyo enlace (URL), se publicará en la página web de la Sección de PAS Investigación
a partir de la publicación de esta resolución en el DOGV.
          Para rellenar la solicitud, la Universitat tiene a disposición de las personas interesadas una guía, a la que puede acceder a través del siguiente enlace:
          Quienes tengan dificultades para realizar la tramitación electrónica, pueden acceder a la herramienta de apoyo TIC de la Universitat de València a través del siguiente enlace:
          https://www.uv.es/sede-electronica/es/incidencies-comunicacions/incidencies-comunicacions.html. Para cualquier otra duda sobre los detalles de esta convocatoria puede contactar con el equipo de la sección de Gestión de Investigación del Servicio de Recursos Humanos PAS, a través del siguiente enlace:
          3.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del siguiente hábil al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  (DOGV).
 
          Cuarta. Documentación que se debe adjuntar electrónicamente
          En el formulario electrónico se requerirá que se adjunte diversa documentación, preferentemente, en formato PDF. Dicha documentación deberá insertarse en las pestañas y en el espacio reservado para ello. Se ha de hacer de la siguiente manera:
          4.1. Se insertará en la pestaña cuarta el documento PDF del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o equivalencia correspondiente o haber iniciado los trámites para la misma.
          También se insertará en esta misma pestaña, el resto de documentos PDF, que acrediten cualquier otro requisito que se exija en la convocatoria.
          4.2. Se insertará en la pestaña quinta el documento PDF del DNI, pasaporte o NIE. Éstos dos últimos documentos, solo si se presenta una persona que no tenga la nacionalidad española.
          4.3. También se insertará en la pestaña quinta el currículum, en un documento PDF, o un ZIP,  pudiendo utilizar para ello el modelo establecido en este enlace:
          No será necesario que los documentos adjuntados se encuentren debidamente acreditados, en este momento del procedimiento, siendo suficiente la declaración jurada de la persona interesada, sobre la autenticidad de todo lo dicho en la solicitud y en los documentos anexados, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la Universitat pueda requerir a las personas aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.
 
          Quinta. Sistema selectivo
          5.1. El proceso selectivo constará de un concurso que consistirá en la valoración de los méritos curriculares de las personas aspirantes por la comisión evaluadora, y, en su caso, de la realización de una entrevista.
          Los méritos se valorarán, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo de la convocatoria que se va a solicitar. Los méritos que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.
          5.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a las personas aspirantes. El número de aquellas que pasen a la fase de entrevista, se determinará por criterio de la comisión evaluadora.
          5.3. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de las personas aspirantes, y se hará la propuesta de contratación y de la formación de la bolsa, en el tablón oficial de anuncios
          de la Universitat de València, y en la página web.
          5.4. La adjudicación de los puestos convocados se realizará por resolución de la gerencia, y se publicará igualmente en el tablón de anuncios y en la página web mencionados en el punto 5.3. de esta base.
          5.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajusta en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades de la línea de investigación.
          5.6. Las bolsas de trabajo que deriven de estos procesos selectivos permanecerán vigentes mientras dure la línea de investigación para el que fueron convocados. Los llamamientos a las personas aspirantes se realizarán por el orden de la bolsa.
 
          Sexta. Comisión evaluadora
          6.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo de la convocatoria correspondiente.
          6.2. Será de aplicación a los miembros de esta comisión lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de València (ACGUV/303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
          A tal efecto, sus miembros deberán cumplimentar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) que será adjuntada al acta de constitución de la comisión, y formarán parte del expediente administrativo. Habrá un modelo normalizado por la Universidad en la siguiente página web:
          6.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.
          6.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
          6.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el lugar indicado en el anexo correspondiente a la convocatoria.
 
          Séptima. Contratación
          7.1. Finalizados los procesos selectivos derivados de esta convocatoria, los contratos se formalizarán por escrito, y se utilizará la modalidad contractual más adecuada al objeto del mismo, de entre las que se encuentren vigentes en el momento de dicha formalización.
          7.2. La fecha de inicio vendrá fijada en la propuesta de contratación, en función de las necesidades de la línea de investigación y siempre que sea viable administrativamente.
          7.3. La finalización de los contratos podrá realizarse por cualquiera de las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores, o en el resto de legislación aplicable, y también las consignadas en el propio contrato, entre las que se establecerán las siguientes:
          7.3.1. Finalización o agotamiento de la consignación presupuestaria.
          7.3.2. Finalización de las tareas consignadas al puesto del empleado o empleada dentro del proyecto.
          7.3.3. Finalización del proyecto.
 
          Octava. Información sobre los datos recogidos
          8.1. La Universitat de València es la entidad responsable de los datos facilitados por las personas que se presentan a este proceso selectivo. La información recibida, se tratará exclusivamente para los fines objeto de la convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal de conformidad con lo dispuesto en la en la normativa de protección de datos vigente.
          Parte de los datos podrán ser publicados en el tablón oficial de la Universitat de València y en la página web de la Sección de Gestión de la Investigación. Además, también se cederán a los miembros de la comisión evaluadora para la valoración de los méritos y la resolución de reclamaciones planteadas, en su caso.
          8.2. Quienes deseen acceder al expediente del proceso selectivo y consultar datos de otras personas aspirantes deberán solicitarlo previamente, a la comisión evaluadora o al Servicio de RRHH (PAS), Sección de PAS-Invest.
          En dicha solicitud se comprometen a mantener el deber de confidencialidad de los datos y a guardar la oportuna reserva de los mismo, pudiendo hacer solo uso de éstos a efectos de argumentar o plantear una posible reclamación o alegación.
          El uso o divulgación de estos datos fuera de los casos mencionados podrá implicar la exigencia de responsabilidades de conformidad con la legislación vigente.
          8.3. Para más información sobre el tratamiento de los datos, puede acceder al siguiente enlace:
 
          Novena. Cláusula de idioma
          El texto íntegro de esta resolución, así como los documentos incluidos como anexos, han sido redactados en los idiomas inglés, valenciano y castellano, considerándose las tres versiones como oficiales, si bien se fija como prioritaria para su interpretación en caso de discrepancia la versión en castellano.
 
          Décima. Recursos
          Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.
          Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
          Así mismo, la Administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.
 
 
ANEXO I
 
          Proyecto: «Nuevos modelos multicelulares 3D para el estudio de los mecanismos de la enfermedad del hígado graso no alcohólico. CPI-24-333». Financiado por la Agencia Estatal de Investigación -AEI-, Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER-, a cargo de la línea de investigación: «Nuevos modelos multicelulares 3D para el estudio de los mecanismos de la enfermedad del hígado graso no alcohólico».
 
          Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a no doctor/a.
 
          1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado
          1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:
          Investigador/a no doctor/a.
          Grupo: A.
          Subgrupo: A1.
          1.2. Jornada de trabajo: 35 horas semanales.
          1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo completo, será de 1.651,13 euros (12 pagas).
          1.4. Funciones y tareas a desarrollar:
          -  Preparación y mantenimiento de cultivos 2D y 3D (monocultivos y co-cultivos) de células hepáticas.
          -  Caracterización del fenotipo hepático de los modelos celulares generados mediante técnicas inmunocitoquímicas, qRT-PCR y pruebas funcionales.
          - Evaluación de los efectos de fármacos seleccionados sobre los modelos celulares hepáticos (ensayos de citotoxicidad, actividad funcional y expresión génica).
          - Redacción de informes y trabajos científicos.
          1.5. Objeto y periodo: generación y caracterización funcional de células hepáticas en cultivos 3D en hidrogeles.
          El contrato estará determinado por la duración de la línea de investigación y la disponibilidad presupuestaria.
          Una vez finalizada la duración de este primer proyecto o su disponibilidad presupuestaria, la persona a la que se le adjudique la plaza se podrá incorporar a otros proyectos pertenecientes a la misma línea de investigación financiada.
          1.6. Requisitos:
          1.6.1. Titulación: Grado en Bioquímica y Ciencias Biomédicas, o titulación equivalente.
          Según el artículo 9 del Reglamento del personal investigador de la Universitat de València, la obtención del título de doctor determinará la extinción del contrato en el plazo de 30 días desde la fecha de obtención del mencionado título.
          1.6.2. Inglés: Certificado de nivel B1, o titulación equivalente.
          2. Baremo
          2. 1. Méritos preferentes:
          2.1.1. Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.
          2.1.2. Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos.
          2.1.3. Premio extraordinario de diplomatura, licenciatura, grado o máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos.
          2.1.4. Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):
          2.1.4.1. Por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos.
          2.1.4.2. Por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos.
          2.1.4.3. Por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos.
          2.2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).
          - Máster en Investigación y Desarrollo en Biotecnología y Biomedicina.
          - Experiencia en el cultivo de líneas celulares de origen hepático (HepG2, HepaRG).
          - Experiencia en técnicas de cultivo tridimensional (3D) de células hepáticas (preparación de esferoides y uso de hidrogeles) y en su aplicación a ensayos de viabilidad y hepatotoxicidad.
          - Experiencia en la caracterización funcional de células hepáticas en cultivo (actividades enzimáticas, ELISA).
          - Experiencia en técnicas de inmunocitoquímica y técnicas básicas de Biología Molecular (qRT-PCR).
          - Se valorarán títulos de conocimiento de valenciano.
          La comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.
          3. Comisión evaluadora titular
          Presidente: Luis Torres Asensi, profesor del Departament de Bioquímica i Biologia Molecular.
          Vocal 1: Maria Teresa Donato Martin, profesora del Departament de Bioquímica i Biologia Molecular.
          Vocal 2: Julian Carretero Asuncion, profesor del Departament de Fisiologia.
          Vocal 3: Gloria Vta. Segarra Irles, profesora del Departament de Fisiologia.
          Secretaria: Consuelo Borras Blasco, profesora del Departament de Fisiologia.
          4. Comisión evaluadora suplente
          Presidente: Juan Bautista Saus Mas, profesor del Departament de Bioquímica i Biologia Molecular.
          Vocal 1: Ramiro Jover Atienza, profesor del Departament de Bioquímica i Biologia Molecular.
          Vocal 2: Manuel Mata Roig, profesor del Departament de Patologia.
          Vocal 3: Maria Carmen Terencio Silvestre, profesora del Departament de Farmacologia.
          Secretaria: Maria Jesus Sanz Ferrando, profesora del Departament de Farmacologia.
          Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Departament de Bioquímica i Biologia Molecular de la Facultat de Medicina i Odontologia, de la Universitat de València.
          
 
ANEXO II
 
          Proyecto: «Integración auditivo-visual durante el habla y su relación con la adquisición de la lectura en trastornos del neurodesarrollo. CPI-24-335». Financiado por la Agencia Estatal de Investigación -AEI-, Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER-. A cargo de la línea de investigación: «Integración auditivo-visual durante el habla y su relación con la adquisición de la lectura en trastornos del neurodesarrollo».
 
          Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a doctor/a júnior.
 
          1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado
          1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:
          Investigador/a doctor/a júnior.
          Grupo: A.
          Subgrupo: A1.
          1.2. Jornada de trabajo: 37 horas semanales.
          1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo completo, será de 2.392,82 euros (12 pagas).
          1.4. Funciones y tareas a desarrollar:
          - Reclutamiento de participantes.
          - Recolección de datos («eye tracker» y pruebas estandarizadas).
          - Corrección de pruebas estandarizadas.
          - Filtrado y análisis estadístico de datos «eye tracker».
          - Redacción de informes de devolución a familias y entidades participantes.
          1.5. Objeto y periodo: recogida y análisis de datos estadísticos sobre prerrequisitos lectores en niños de 5 a 8 años con TEA, déficit auditivo y discapacidad intelectual.
          El contrato estará determinado por la duración de la línea de investigación y la disponibilidad presupuestaria.
          Una vez finalizada la duración de este primer proyecto o su disponibilidad presupuestaria, la persona a la que se le adjudique la plaza se podrá incorporar a otros proyectos pertenecientes a la misma línea de investigación financiada.
          1.6. Requisitos:
          1.6.1. Titulación: Doctorado en campo de Psicología y/o Logopedia, o titulación equivalente.
          Obtención del título con una antelación máxima de 4 años con respecto a la publicación de la convocatoria; se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor la fecha de lectura y aprobación de la tesis doctoral.
          2. Baremo
          2.1. Producción Científica (hasta 40 puntos): la dirección de tesis, publicación de artículos científicos, libros, capítulos de libro y monografías y presentación de trabajos en reuniones científicas se valorará de acuerdo con el Baremo para la valoración de la Memoria Anual de Investigación vigente en el momento de la publicación de la convocatoria.
          2.2. Méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta 20 puntos): el Tribunal podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.
          - Graduado en Psicología y/o Logopedia, o titulación equivalente.
          - Máster en programa de neurociencias.
          - Dominio inglés alto oral y escrito.
          - Experiencia en aplicación de pruebas estandarizadas de lenguaje y lectura.
          - Experiencia en uso de Eyetracker con población infantil (niños de 5 a 10 años).
          - Experiencia en análisis de datos (estadística inferencial, uso de R).
          - Experiencia en evaluación de población escolar.
          2.3. Participación en proyectos de investigación competitivos (hasta 15 puntos):
          2.3.1. Por cada año de participación acreditada como miembro del equipo a tiempo completo en proyectos de investigación de convocatorias competitivas del Plan nacional de I+D o programas autonómicos, se asignarán 3 puntos.
          2.3.2. Por cada año de participación acreditada como miembro del equipo en proyectos de investigación europeos, se asignarán 5 puntos.
          2.4. Participación en actividades de transferencia del conocimiento (hasta 15 puntos):
          2.4.1. Por cada año de participación acreditada como miembro del equipo a tiempo completo en contratos y convenios para realizar proyectos de investigación, se asignarán 3 puntos. Quedan excluidas de este baremo las prestaciones de servicios, asesorías y actividades formativas.
          2.4.2. Por figurar como co-inventor/coautor en patentes, modelos de utilidad u otro tipo de propiedad industrial o intelectual, se asignarán 5 puntos.
          2.5. Estancias posdoctorales en otra universidad y centros de investigación diferentes del centro de obtención de la tesis doctoral (hasta 10 puntos):
          2.5.1. Por cada año acreditado de estancia en otras universidades y centros de investigación, financiada por convocatorias competitivas del Programa Marco Europeo, Plan nacional de I+D o programas autonómicos, se asignarán 5 puntos. Las estancias deberán tener una duración mínima de 30 días consecutivos.
          2.5.2. Por cada año acreditado de estancia en otras universidades y centros de investigación, sin financiación competitiva, se asignarán 2 puntos. Las estancias deberán tener una duración mínima de 30 días consecutivos.
          3. Comisión evaluadora titular
          Presidenta: Marta Vergara Martinez, profesora del Departament de Psicologia Evolutiva i de l'Educació.
          Vocal 1: Inmaculada Fajardo Bravo, profesora del Departament de Psicologia Evolutiva i de l'Educació.
          Vocal 2: Vicente Javier Prado Gasco, profesor del Departament de Psicologia Social.
          Vocal 3: Mariano Jesus Choliz Montañes, profesor del Departament de Psicologia Bàsica.
          Secretaria: Maria Amparo Oliver Germes, profesora del Departament de Metodologia de les Ciències del Comportament.
          4. Comisión evaluadora suplente
          Presidente: Ladislao Salmeron Gonzalez, profesor del Departament de Psicologia Evolutiva i de l'Educació.
          Vocal 1: Vicenta Avila Clemente, profesora del Departament de Psicologia Evolutiva i de l'Educació.
          Vocal 2: Juan C. Ruiz Ruiz, profesor del Departament de Metodologia de les Ciències del Comportament.
          Vocal 3: Carmen Dasi Vivo, profesora del Departament de Metodologia de les Ciències del Comportament.
          Secretario: Pedro Rafael Gil Monte, profesor del Departament de Psicologia Social.
          Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en la Estructura de Recerca Interdisciplinar de Lectura de la Universitat de València.
          
 
ANEXO III
          
          Proyecto: «Valorización de materiales primarios en productos importantes mediante diazocompuestos redox activos CPI-24-337». Financiado por la Agencia Estatal de Investigación -AEI-, Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER-, a cargo de la línea de investigación: «Valorización de materiales primarios en productos importantes mediante diazocompuestos redox activos».
          
          Oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a no doctor/a.
 
          1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado
          1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:
          Investigador/a no doctor/a.
          Grupo: A.
          Subgrupo: A1.
          1.2. Jornada de trabajo: 35 horas semanales.
          1.3. Dotación de la ayuda: se destinará a financiar, entre otros conceptos, la retribución. La retribución bruta mensual, a tiempo completo, será de 1.651,13 euros (12 pagas).
          1.4. Funciones y tareas a desarrollar:
          - Síntesis y caracterización de nuevos compuestos orgánicos, incluyendo nuevas moléculas foto-electroactivas.
          - Utilización de equipos científicos tales como NMR, HPLC, GC, UV-VIS, Fluorescence spectroscopy.
          - Investigación dirigida al desarrollo de nuevos procesos foto (organo) catalíticos activados por luz visible y metales de transición para obtener librerías de compuestos funcionales orientados a salud, energía y gestión de datos.
          - Elaboración de cálculos y documentación científica, informes y presentaciones.
          - Comunicación con proveedores y colaboradores internacionales.
          - Participación en actividades formativas de divulgación científica.
          1.5. Objeto y periodo: investigación en el área de química orgánica sostenible.
          El contrato estará determinado por la duración de la línea de investigación y la disponibilidad presupuestaria.
          Una vez finalizada la duración de este primer proyecto o su disponibilidad presupuestaria, la persona a la que se le adjudique la plaza se podrá incorporar a otros proyectos pertenecientes a la misma línea de investigación financiada.
          1.6. Requisitos:
          1.6.1. Titulación: Grado en Química, o titulación equivalente.
          Según el artículo 9 del Reglamento del personal investigador de la Universitat de València, la obtención del título de doctor determinará la extinción del contrato en el plazo de 30 días desde la fecha de obtención del mencionado título.
          2. Baremo
          2. 1. Méritos preferentes:
          2.1.1. Nota media del expediente académico de los estudios de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, en base 10, calculada, de acuerdo con Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones con carácter oficial, sobre la totalidad de los créditos evaluados del 1º y del 2º ciclo.
          2.1.2. Beca de Colaboración del Ministerio de Educación: 0,05 puntos.
          2.1.3. Premio extraordinario de diplomatura, licenciatura, grado o máster: por la obtención de cualquiera de estos premios se asignará un único valor de 0,25 puntos.
          2.1.4. Publicaciones científicas relacionadas con el objeto del contrato (hasta un máximo de 1,70 puntos):
          2.1.4.1. Por cada publicación en una revista relacionada al Índice Citation, o, en el caso de las Ciencias Sociales y Humanidades, en una revista considerada como equivalente por la Comisión de Investigación: 0,5 puntos.
          2.1.4.2. Por cada publicación en revistas científicas no relacionadas en los listados mencionados en el punto anterior: 0,25 puntos.
          2.1.4.3. Por cada participación en congresos u otras reuniones científicas, con carácter nacional o internacional, mediante comunicación, ponencia o póster: 0,05 puntos.
          2.2. Otros méritos preferentes relacionados con el objeto del contrato (hasta un máximo de 3 puntos).
          Máster en Química y/o Máster en Química Orgánica.
          Conocimientos acreditados (mediante certificados y/o expediente curricular) y evaluados (acreditar documentalmente calificaciones) en:
          - Síntesis orgánica.
          - Química orgánica avanzada.
          Experiencia experimental en:
          - Técnicas de análisis y determinación estructural prioritariamente en disolución (resonancia magnética nuclear).
          - Química analítica enfocada en análisis instrumental.
          - Química física y química orgánica física.
          Formación en otros campos relacionados con la química orgánica.
          Experiencia reciente en:
          - Síntesis, separación, análisis estructural y caracterización de nuevos compuestos orgánicos (acreditado con tesis de Máster y/o investigación original publicada en revistas peer-review en química orgánica o química general).
          Utilización de equipos científicos tales como NMR, HPLC, GC, UV-VIS, luminiscescencia.
          Desarrollo de nuevas reacciones químicas para síntesis orgánica.
          Formación parcial en Universidades y Centros de Investigación de conocido prestigio internacional.
          Experiencia en investigación en Universidades y Centros de Investigación de conocido prestigio internacional.
          Conocimientos específicos en: química radicalaria y estado excitado, materiales moleculares nanoestructurados.
          Conocimientos avanzados de: catálisis homogénea y fotoquímica.
          La comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.
          3. Comisión evaluadora titular
          Presidente: Eugenio Coronado Miralles, profesor del Departament de Química Inorgànica.
          Vocal 1: Abraham Mendoza Valderrey, investigador del Institut de Ciència Molecular.
          Vocal 2: Amparo Chafer Ortega, profesora del Departament d'Enginyeria Química.
          Vocal 3: Rossella Cecilia Mello Centonze, profesora del Departament de Química Orgànica.
          Secretaria: Laura Escuder Gilabert, profesora del Departament de Química Analítica.
          4. Comisión evaluadora suplente
          Presidente: Enrique Orti Guillen, profesor del Departament de Química Física.
          Vocal 1: Julia Pérez Prieto, profesora del Departament de Química Orgànica.
          Vocal 2: Salvador Garrigues Mateo, profesor del Departament de Química Analítica.
          Vocal 3: Carmen Molins Legua, profesora del Departament de Química Analítica.
          Secretario: Enrique Garcia-España Monsonis, profesor del Departament de Química Inorgànica.
          Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en el Institut de Ciència Molecular (ICMOL), de la Universitat de València.
 

València, 2 de julio de 2024
 
(p. d., R 20.05.2022; DOGV 30.05.2022)
Juan Vicente Climent Espí
Gerente

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