CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 29 de abril de 2024, del director general del Institut Valencià de Cultura, por la que se da publicidad a la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y se designan las personas integrantes del órgano técnico de selección del proceso de selección para el ingreso como personal fijo en el puesto de trabajo número 248 del IVC, operador o operadora de equipos, correspondiente al proceso de estabilización previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Vista la Resolución de 29 de abril de 2024, del director general del Institut Valencià de Cultura, por la que se da publicidad a la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y se designan las personas integrantes del órgano técnico de selección del proceso de selección para el ingreso como personal fijo en el puesto de trabajo n.º 248 del IVC, operador/a de equipos, correspondientes al proceso de estabilización previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de la oferta de empleo público de 2022 de la citada entidad. Convocatoria 21/2022 (DOGV 9851, 17.05.2024).
Reunido el órgano técnico de selección de la citada convocatoria en fecha 4 de julio de 2024, y advertido error en el texto de la mencionada resolución, por error material en la comprobación del cumplimiento por las personas aspirantes del requisito previsto en la base segunda 4.ª de la citada convocatoria, relativo a la titulación de acceso o un mínimo de 18 meses de experiencia como personal laboral fijo con categoría de auxiliar de explotación en Televisión Autonómica Valenciana, SA.
Visto que con base en lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
De acuerdo con las atribuciones que a esta dirección general le atribuye el artículo 8.2.e del Decreto 5/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de CulturArts Generalitat (actual Institut Valencià de Cultura),
RESUELVO
Primero
Modificar la resolución mencionada en lo que afecta al requisito previsto en la base segunda 4.ª de la citada convocatoria, por lo que la persona aspirante Jaime José Jaén Caballero, con DNI ***0107**, queda excluida del procedimiento por no quedar suficientemente acreditado el requisito de titulación o un mínimo de 18 meses de experiencia como personal laboral fijo con categoría de auxiliar de explotación en Televisión Autonómica Valenciana SA.
Segundo
Conceder a la persona aspirante un nuevo plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente corrección en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, para poder subsanar el defecto que ha motivado la exclusión. Preferentemente, la subsanación, en su caso, se realizará a través de la sede electrónica del Institut Valencià de Cultura, mediante instancia genérica, en https://sede.ivc.gva.es/.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá formalizar demanda ante el juzgado de lo social de València en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar, si es el caso, cualquier otro que estime procedente.
València, 8 de julio de 2024
Álvaro López-Jamar Caballero
Director general del Institut Valencià de Cultura