RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2024, de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por el que se dispone el cese de la presidenta de la Junta Arbitral de Consumo de Alicante.
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El Real decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el sistema arbitral de consumo, establece en su artículo 5.1, que las juntas arbitrales de Consumo son los órganos administrativos de gestión del arbitraje institucional de consumo y prestan servicios de carácter técnico, administrativo y de secretaría, tanto a las partes como a los árbitros.
En el artículo 7.1 dispone que la presidencia de la Junta Arbitral de Consumo es un cargo que deberá recaer en personal al servicio de las administraciones públicas, y que será designado por la Administración de la que dependa la Junta, publicándose su nombramiento en el diario oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo.
La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, en el artículo 69.c), establece que la jubilación total es causa de pérdida de la condición de personal funcionario.
Por todo la anterior, de conformidad con las competencias en materia de consumo, establecidas en el Decreto 226/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, y lo dispuesto en el número 1 del artículo 7 del Real decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el sistema arbitral de consumo,
RESUELVO
Cesar como presidenta de la Junta Arbitral de Consumo de Alicante a Emilia González Carrión, con efectos 30 de junio de 2024, agradeciéndole la dedicación y los servicios prestados como presidenta de la Junta Arbitral de Consumo de Alicante.
Alicante, 28 de junio de 2024
Nuria Montes de Diego
Consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo