Extracto de la Resolución de 4 de julio de 2024, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se convoca concesión subvenciones a las mancomunidades de municipios, a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana y a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para actuaciones relacionadas con el desarrollo y la difusión del Estatuto de Autonomía, la recuperación y divulgación del Derecho Foral Civil Valenciano y las señas de identidad del Pueblo Valenciano durante el ejercicio 2024
Enlace copiado en portapapeles.
.
BDNS (identif.): 774211.
De conformidad con el que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/774211)
Primero. Beneficiarios
Podrán solicitar estas subvenciones las mancomunidades de municipios, los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana y las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. Segundo. Finalidad La realización de actuaciones en materia de fomento del autogobierno, despliegue estatutario, Derecho Foral Civil Valenciano y señales de identidad del Pueblo Valenciano durante el ejercicio 2024.
Tercero. Bases reguladoras
Decreto 14/2024, de 29 de mayo, del presidente de la Generalitat, por el cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las mancomunidades de municipios, en los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana y a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones relacionadas con el despliegue y la difusión del Estatuto de Autonomía, y la recuperación y la divulgación del Derecho Foral Civil Valenciano y las señales de identidad del Pueblo Valenciano (DOGV n.º 9866, de 07.06.2024).
Cuarto. Importe
La presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la línea presupuestaria S0409, incluida en la aplicación presupuestaria G01050202, subprograma 126D00, de la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, con un crédito máximo de 75.000,00 € (setenta y cinco mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales y se computará desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 4 de julio de 2024
(P.d. Res. de 8.11.2023, del president de la Generalitat, DOGV núm. 9723, de 13.11.2023)
Santiago Lumbreras Peláez
El secretario autonómico de Relaciones Institucionales y Transparencia