Anuncio por el que se someten a información pública las solicitudes de autorización de implantación en suelo no urbanizable, autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y de ocupación de vías pecuarias, correspondientes a una central fotovoltaica denominada FV Villajoyosa 2 Next y su infraestructura de evacuación, con potencia a instalar 5 MW, a ubicar en el término municipal de Villajoyosa. Expediente ATALFE/2024/8/03. [2024/6569]

A los efectos previstos en:

– el Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica,

– la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico,

– el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,

– la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de impacto ambiental,

– la Ley 3/2014, de 11 de julio, de vías pecuarias de la Comunitat Valenciana,

– la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat, respecto a la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público,

– y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

se someten a información pública las solicitudes de autorización de implantación en suelo no urbanizable, de autorización administrativa previa, de autorización administrativa de construcción y de ocupación de vías pecuarias, de la instalación eléctrica que se indica:

Peticionario: Next Generation Investments, S., NIF B10684611 y con domicilio social en av. Fustera, 2, CP 03720, de Benissa (Alicante).

Tipo de central eléctrica: central fotovoltaica denominada FV Villajoyosa 2 Next, con potencia a instalar 5 MW, incluidas sus infraestructuras de evacuación.

Emplazamiento de los grupos generadores: polígono 14 parcela 44 del término municipal de Villajoyosa (Alicante).

Emplazamiento de la infraestructura de evacuación particular: del polígono 11 las parcelas 9005, 9019 y 9029, y del polígono 14 las parcelas 9005 y 9006; del término municipal de Villajoyosa (Alicante).

Emplazamiento/Ubicación del centro de seccionamiento y la línea que se cederá al Gestor de la red, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU: del polígono 11, las parcelas 9019 y 9029 del término municipal de Villajoyosa (Alicante).

Órgano competente para autorizar la instalación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.

Documentos sometidos a información pública:

– Proyecto. Denominación: «Proyecto de instalación solar fotovoltaica de conexión a red de 5000 kW de potencia, situada en el polígono 14, parcela 44, Villajoyosa, Alicante FV Villajoyosa 2 Next».

– Proyecto infraestructura evacuación que se cederá al gestor de la red. Denominación: «Proyecto de Centro de seccionamiento (3L1A) telemandado».

– Proyecto infraestructura evacuación que se cederá al gestor de la red. Denominación: «Proyecto de línea subterránea de alta tensión para conexión de centro de seccionamiento con red de empresa distribuidora para evacuación de la planta solar fotovoltaica FV Villajoyosa 2 Next»

– Estudio de integración paisajística.

– Estudio de impacto ambiental.

– Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios del Decreto ley 14/2020.

– Plan de desmantelamiento y restitución del terreno y entorno afectado.

– Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales (incluido en el proyecto de generación).

– Estudio sobre afección al patrimonio histórico.

– Separatas dirigidas a:

• Ayuntamiento de Villajoyosa.

• Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

• Diputación de Alicante.

• Confederación Hidrográfica del Júcar.

• Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio.

• i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.

– Documentación sobre ocupación de vías pecuarias.

Presupuesto: 1.511.306,43 €

Características principales:

Instalación fotovoltaica: la central fotovoltaica denominada FV Villajoyosa 2 Next de 5.775 MWp, está compuesta por un campo generador de 10.500 módulos fotovoltaicos de 550 Wp de potencia unitaria, montados sobre estructura fija con una inclinación de 25º. Estos módulos fotovoltaicos se conectan con 16 inversores de 330 kW de potencia unitaria, pero 5 de los inversores estarán limitados internamente de fábrica, con lo que en su conjunto la potencia de inversores será de 5.000 kW. A su vez los inversores se conectan con la parte de baja tensión de dos centros de transformación de 2.500 kVA para elevar la tensión de 800 V a 20 kV y celdas de media tensión. Junto con sus líneas de interconexión de 20 kV para conectar los centros de transformación.

Línea de evacuación particular con conductor desde los centros de transformación hasta el Centro de protección y medida con conductor HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm² H16 y longitud 200 metros.

Línea de evacuación particular con conductor HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm² H16 y longitud 1.547 metros, desde el Centro de protección y medida hasta el nuevo centro de seccionamiento.

Nuevo centro de seccionamiento independiente y telemandado, que se cederá al gestor de la red de distribución, desde donde se realiza la entrada y salida, a través de una línea eléctrica subterránea con conductor HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm² H16 y longitud 5 metros, en el tramo comprendido entre el CT Partidor 2 (904611584) y el apoyo número 880654 (5550161) de la línea 24 – Villajoyosa, de la ST Benidorm (20 kV).

El punto de conexión tiene afección sobre el nudo de transporte Jijona (220 kV).

Finalidad: generación de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica, así como su evacuación a la red de transporte/distribución de energía eléctrica.

Las vías pecuarias sobre las que se solicita la ocupación temportal son las siguientes:

– Colada dels Alfondonets al Matadero.

– Vereda de la Ermita.

La documentación será expuesta para consulta pública en la siguiente dirección electrónica: https://cindi.gva.es/es/web/energia/informacion-publica, en castellano y https://cindi.gva.es/va/web/energia/informacion-publica, en valenciano, en el apartado «Información pública», disponibles al día siguiente de la publicación.

Según la modificación realizada, en virtud del Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra de Ucrania, del artículo 33.1 del Decreto ley 14/2020, de 7 agosto, del Consell, los proyectos con una potencia de generación menor o igual a 10 MW tendrán carácter prioritario y se tramitarán por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con la Ley 39/2015, de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo ello, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia reduce a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, según se indica en el artículo 33 de la citada ley.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en la dirección electrónica indicada https://cindi.gva.es/es/web/energia/alacant, así como dirigir al citado servicio territorial las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, las cuales se podrán presentar vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al siguiente enlace https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15449&version=amp, o por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La incomparecencia en este trámite no impedirá a las personas que tengan la condición de interesadas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la interposición de los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.

Alicante, 26 de junio de 2024.– La jefa del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante: Rosa María Aragonés Pomares.

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