RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2024, de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública de reprogramación de anualidades de las subvenciones concedidas en la convocatoria 2023 destinadas al apoyo a grupos de investigación en economía pública de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana. [2024/5943]

Por Orden 2/2019, de 7 de febrero, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al apoyo de grupos de investigación en economía pública de los centros de investigación de la Comunidad Valenciana (DOGV 8486, 14.02.2019). Por Orden 11/2021, de 7 de octubre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico se modificaron las bases reguladoras (DOGV 9196, 18.10.2021).

En aplicación de estas bases reguladoras, mediante Resolución de 11 de abril de 2023, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, se convocaron para el ejercicio 2023, las subvenciones destinadas al apoyo de grupos de investigación en economía pública de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana (DOGV 9578, 19.04.2023).

La disposición adicional primera de la Orden 2/2019, de 7 de febrero, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, dispone que las subvenciones a grupos de investigación en economía pública tendrán alcance plurianual y que la resolución de estas establecerá el importe por cada una de las anualidades de vigencia de la subvención, condicionado a los créditos que con esta finalidad se consignan en cada una de las anualidades en el presupuesto de la Generalitat. Asimismo, el artículo 8.1 de las bases reguladoras establece que la subvención tendrá una duración máxima de cuatro años.

Una vez finalizado el proceso de evaluación, por la Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública (DOGV 9716, 02.11.23) se concedieron tres subvenciones a grupos de investigación a los beneficiarios que se indican a continuación y por los importes siguientes:

La resolución de concesión establece que los beneficiarios de estas subvenciones estarán obligados a presentar copia de los contratos del personal contratado con cargo a esta ayuda y un nuevo presupuesto por anualidades, en el plazo de dos meses naturales desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención que finalizó el 28 de diciembre de 2023. A tal efecto, los beneficiarios han presentado la siguiente documentación:

Expediente HIECPU/2023/4: con fecha 10 de enero de 2024 se ha presentado el informe sobre el personal a contratar en el que se aporta copia del contrato del personal investigador predoctoral, cuya fecha de formalización es el 8 de enero de 2024, así como un nuevo presupuesto por anualidades. En consecuencia, el periodo de ejecución abarcará desde el 28 de diciembre de 2023 al 27 de diciembre de 2027.

Expediente HIECPU/2023/1: con fecha 20 de diciembre de 2023 se ha presentado informe sobre el personal a contratar en el que se informa que el procedimiento de formalización del contrato de personal está en su fase inicial y el 11 de diciembre de 2023 se ha publicado en el DOGV núm. 9742 la oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a en formación y, tras esta, se iniciará el proceso de selección. Una vez finalizado el procedimiento, con fecha 18 de enero de 2024 se ha formalizado el contrato por parte de la persona seleccionada. En consecuencia, el periodo de ejecución abarcará desde el 28 de diciembre de 2023 al 27 de diciembre de 2027.

Expediente HIECPU/2023/2: con fecha 20 de diciembre de 2023 se ha presentado informe sobre el personal a contratar en el que se informa que el procedimiento de formalización del contrato de personal está en su fase inicial y el 11 de diciembre de 2023 se ha publicado en el DOGV núm. 9742 la oferta pública de un puesto de trabajo de investigador/a en formación y, tras esta, se iniciará el proceso de selección. Una vez finalizado el procedimiento, con fecha 17 de enero de 2024 se ha formalizado el contrato por parte de la persona seleccionada. En consecuencia, el periodo de ejecución abarcará desde el 28 de diciembre de 2023 al 27 de diciembre de 2027.

Por Acuerdo del Consell de 23 de abril de 2024 se autorizó la ampliación del límite cuantitativo que fija el artículo 40.3 de la Ley 1/2015, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, para asumir compromisos de gasto con cargo a la línea de subvención S0312, «Subvenciones destinadas al apoyo de grupos de investigación en economía pública de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana», del capítulo 7 del programa presupuestario 611B00, Financiación Autonómica, de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.

En virtud de las funciones establecidas en el artículo 14 de la Resolución de 11 de abril de 2023, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se convocan para el ejercicio 2023, las subvenciones destinadas al apoyo de grupos de investigación en economía pública de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana (DOGV 9578, 19.04.2023), y de conformidad con el artículo 18 de la Orden 2/2019, de 7 de febrero, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, y haciendo uso de la delegación conferida, dicto la siguiente, resolución:

Primero

Reprogramar las anualidades de las subvenciones concedidas en la convocatoria 2023 destinadas al apoyo a grupos de investigación en economía pública de los centros de investigación de la Comunitat Valenciana, mediante la publicación de los siguientes importes y anualidades presupuestarias, que se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria G01060203 capítulo 7, subconcepto 74002 línea de subvención S0312 del subprograma 611B00, Financiación autonómica, siendo su distribución como a continuación se indica:

Segundo

Ordenar la publicación de esta resolución en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, en https://sede.gva.es/. En virtud de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, esta publicación surtirá todos los efectos de notificación practicada.

De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición o bien plantear directamente un recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

b) El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

València, 31 de mayo de 2024.– El director general de Financiación (por delegación, Resolución de 12/02/24 (DOGV 9792, 20/02/24): Nicolás Jannone Bellot.

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