Anuncio de aprobación inicial y apertura del trámite de información pública del Plan de ordenación pormenorizada de Castelló. [2024/5682]

Por Resolución de Alcaldía núm. 2024-0922 de fecha 06.06.2024 se adoptado el siguiente acuerdo:

Visto que, por Acuerdo de Junta de Gobierno Local, con competencia delegada por Resolución de Alcaldía número 2024-0184 de fecha 16 de febrero de 2023 publicada al BOP número 43 de fecha 29 de febrero de 2024, se concluyó que la propuesta de Plan de ordenación pormenorizada de Castelló no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, conforme a los criterios establecidos en el anexo VIII del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell.

El mismo acuerdo resuelve favorablemente la evaluación ambiental y territorial estratégica por el procedimiento simplificado de la propuesta de Plan de ordenación pormenorizada de Castelló, designando como alternativa más idónea medioambientalmente en la actuación la alternativa 1 descrita en el fundamento de derecho cuarto del informe ambiental, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el fundamento de derecho quinto y sexto del citado informe

Visto que la resolución del informe ambiental y territorial estratégico por el procedimiento simplificado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, a los efectos previstos en el artículo 53 del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, estuvo publicada en fecha de 5 de junio de 2023 al DOGV núm. 9864.

Vista la documentación técnica del Plan de ordenación pormenorizada de Castelló, con CSV 3SDAJJETH2E3S56YLY666NLJQ,

Visto que el arquitecto municipal ha emitido informe núm. 2024-0093 de fecha 5 de junio de 2024, en relación a la procedencia del sometimiento a información pública por un periodo de 30 días hábiles, con CSV 4TNDRN7TXWT26YHD6K2P9KH4C,

Visto el informe del Servicio Municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Medio Ambiente de fecha 5 de junio de 2024 respecto de las administraciones públicas afectadas, personas interesadas y compañías suministradoras que hay que notificar conforme al artículo 55.2 del TRLOTUP, con CSV 7PJDYMJMAA7W6Z32Z46EJ42XL.

Fundamentos de derecho

Primero. El inicio del procedimiento será conforme el artículo 61.1.a, con el sometimiento a información pública de la propuesta Plan de ordenación pormenorizada por un periodo de 30 días hábiles. Las medidas de publicidad deberán de garantizar las condiciones exigidas en el artículo 55.2 del TRLOTUP.

Este precepto dispone que el alcalde procederá a la aprobación inicial del Plan de ordenación pormenorizada, acordando la apertura del trámite de información pública por plazo de mínimo treinta días hábiles (arte. 61.1.a) y 30.2 de la Ley 39/2015), porque puedan ser examinados y presentadas las alegaciones procedentes.

La información publica se practicará mediante anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, según disponen los artículos 61.1.ª) y 55.2 del TRLOTUP.

Segundo. Durante el mismo plazo de información pública se consultará a los organismos afectados, con petición de los informes exigibles conforme a la legislación sectorial, así como a las entidades suministradoras de los servicios públicos urbanos que pudieran resultar afectadas. La falta de emisión de estos informes en el plazo de un mes permitirá proseguir la tramitación de las actuaciones.

En este caso, consta en el expediente informe del Servicio Municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Medio Ambiente, de fecha 5 de junio de 2024, donde se detallan los organismos y administraciones afectadas, conformo la legislación sectorial, las personas interesadas y las empresas suministradoras.

Tercero. Concluido el periodo de información pública, presentadas las alegaciones e informadas las mismas, recibidos los informes sectoriales y de las entidades suministradoras de los servicios públicos, el Pleno procederá a la aprobación definitiva del Plan de ordenación pormenorizada de Castelló, con las modificaciones que procedieron según establecen los artículos 61.1 d) de del TRLOTUP, y 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Cuarto. Una vez aprobado definitivamente, se notificará a los interesados y se publicará el Acuerdo de aprobación definitiva del Plan de ordenación pormenorizada de Castelló en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo establecido por los artículos 61.2 de del TRLOTUP y 164 del Reglamento de planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana, aprobado por Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

Así mismo, se remitirá una copia digital a la conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo para su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento Urbanístico.

Quinto. La competencia para la tramitación del Plan de ordenación pormenorizada de Castelló, es de Alcaldía en virtud del artículo 21.1.j de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

La Alcaldía, vistos los documentos e informas obrando al expediente y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, que aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, resuelvo:

Primero

Aprobar inicialmente para el sometimiento de información pública del Plan de ordenación pormenorizada de Castelló, por un periodo de 30 días hábiles y conformo las medidas de publicidad establecidas en el artículo 55.2 del TRLOTUP.

Segundo

Ordenar la publicación del anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Tercero

Solicitar los correspondientes informes a las compañías las administraciones y organismos afectados, así como a las personas interesadas y las empresas suministradoras, conformo aquello dispuesto en el artículo 61.1.b del TRLOTUP.

Cuarto

Dar traslado al Pleno en la próxima sesión que se celebre.

Castelló, 13 de junio de 2024.– La alcaldesa-presidenta: M.ª Hortensia Gómez Llácer.

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