RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2024, de la consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera a las personas que han superado las pruebas selectivas de acceso al cuerpo de la Abogacía de la Generalitat, A1-02, por el sistema de oposición, turno libre, convocatoria 22/22, correspondientes a la oferta de empleo público ordinaria de 2022 para el personal de la Administración de la Generalitat. [2024/6517]

Vista la Orden 27/2022, de 28 de octubre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo de la Abogacía de la Generalitat, A1-02, por el sistema de oposición, turno libre, convocatoria 22/22 correspondientes a la oferta de empleo público ordinaria de 2022 para el personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9460 / 31.10.2022)

Vista la Resolución de 26 de marzo de 2024, de la consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública, por la que se publica la relación definitiva de personas que han superado las pruebas selectivas de acceso al cuerpo de la Abogacía de la Generalitat, A1-02, por el sistema de oposición, turno libre, convocatoria 22/22, correspondientes a la oferta de empleo público ordinaria de 2022 para el personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9822 / 05.04.2024).

Visto el apartado 1 de la disposición transitoria sexta de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, que dispone que las personas aspirantes que accedan a la función pública de la Administración de la Generalitat, mediante las convocatorias en curso a la entrada en vigor de la ley quedarán integradas en el cuerpo, escala o agrupación funcionarial correspondiente al puesto de trabajo al que optan, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente ley. De conformidad con la correspondencia prevista en el anexo II, de la citada Ley 4/2021, las personas aprobadas en la convocatoria 22/22 se integrarán en el cuerpo de la abogacía de la Generalitat A1-02.

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos y movilidad del personal de la función pública valenciana, y vista la base 10 de la orden de convocatoria, quienes no hayan acreditado sus conocimientos de valenciano de Grau Mitjà o C1, mediante certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, deberán realizar el ejercicio específico que se convoque al efecto y, en caso de no superarlo, asistir a los cursos de perfeccionamiento que a este fin se organicen.

Comprobado que las personas aprobadas en la convocatoria 22/22 han presentado la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, procede su nombramiento como personal funcionario de carrera, tal y como se establece en la base 11 de la orden de convocatoria, y en el artículo 68.1.b) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.

En su virtud, y en uso de la competencia establecida en el artículo 8.1.o) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana, resuelvo:

Primero. Nombramiento

Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo de la Abogacía de la Generalitat, A1-02 a quienes han superado las pruebas selectivas de acceso por el sistema de oposición, turno libre, convocatoria 22/22 correspondientes a la oferta de empleo público ordinaria de 2022 para el personal de la Administración de la Generalitat, y que se relacionan en el anexo de esta resolución.

Segundo. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera

Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, las personas nombradas mediante la presente resolución deberán tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, dentro del plazo establecido y previo el juramento o promesa a que se refiere el apartado c del artículo 68.1 de la Ley 4/2021. de 16 de abril, de la función pública valenciana.

Tercero. Efectos administrativos y económicos

Los efectos económicos y administrativos del presente nombramiento serán del día de la toma de posesión.

Cuarto. Registro de personal.

Por el Registro de personal de la Administración de la Generalitat se efectuarán las anotaciones que corresponda en las hojas de servicio de las personas interesadas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

València, 2 de julio de 2024.– La consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública: Ruth María Merino Peña.

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