RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2024, del conseller de Educación, Universidades y Empleo, de nombramiento de vocal en el Consejo Social de la Universitat de València-Estudi General. [2024/6237]

La Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, asigna a las comunidades autónomas la competencia para regular la composición y funcionamiento del Consejo Social, garantizando la presencia de personas propuestas por los diferentes sectores representativos de la vida económica, social y cultural del entorno, conocedoras de la actividad y dinámica universitarias, así como la ausencia de conflicto de intereses con la universidad.

La Ley 2/2003, de 28 de enero, de consejos sociales de las universidades públicas valencianas, regula en su artículo 5 la composición de los mismos, estableciendo en el apartado 4.d que un vocal será designado por el ayuntamiento en cuyo término municipal se encuentre ubicada la sede de la universidad, formando parte del grupo de representación de los intereses sociales, y que según el artículo 6 de la citada ley, serán nombrados por la persona que ostente la titularidad de la conselleria competente en materia de universidades. A su vez, el artículo 7 dispone que el mandato de los vocales del Consejo Social que representen a los intereses sociales tendrá una duración de cuatro años, a contar desde la publicación de su nombramiento en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, pudiendo ser nuevamente designados por otro período igual consecutivo, por una sola vez. Los vocales que representen los intereses sociales perderán su condición por expiración del mandato, fallecimiento o declaración de incapacidad, renuncia, revocación por quien los designó o apreciación por parte del Consejo Social de causa de incompatibilidad. En estos casos, el mandato del nuevo miembro designado tendrá una duración igual al tiempo que reste por cumplir a aquel miembro que sustituya.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de València, por acuerdo adoptado con fecha 8 de marzo de 2024, ha designado como vocal del Consejo Social de la Universitat de València– Estudi General, a M.ª José Ferrer San Segundo en sustitución de Javier Ismael Mateo García, nombrado por Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital (DOGV 9425, 12.09.2022).

Visto lo expuesto, de conformidad con los artículos 5.4 d), 6.1, 7 y 8 de la Ley 2/2003, de 28 de enero, de consejos sociales de las universidades públicas valencianas, el certificado del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de València, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, resuelvo:

Primero

Nombrar vocal del Consejo Social de la Universitat de València-Estudi General, en representación de los intereses sociales y designado por el Ayuntamiento de València, a M.ª José Ferrer San Segundo en sustitución de Javier Ismael Mateo García.

Segundo

El mandato tendrá una duración de cuatro años, a contar desde la publicación de su nombramiento en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Tercero

La resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

De conformidad con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la resolución, que pone fin en la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición debe interponerse ante el conseller de Educación, Universidades y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá interponerse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 25 de junio de 2024.– El conseller de Educación, Universidades y Empleo: José Antonio Rovira Jover.

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