RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2024, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de traslados para las funcionarias y los funcionarios del grupo C (subgrupo C1), de administración especial, de la escala técnica básica de arquitectura. [2024/6211]

  • Análisis documental

    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: concursos de traslados, Grupo C, subgrupo C1. Titulación de bachiller o técnico de formación profesional
  • Dado que hay varios puestos vacantes dotados presupuestariamente, y que se considera conveniente su provisión atendidas las necesidades de los servicios de esta universidad, la Universitat de València, de conformidad con el artículo 193 de sus Estatutos, el Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana y el Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, así como con la normativa propia de la Universitat de València, resuelve convocar un concurso de traslados para funcionarias y funcionarios del grupo C (subgrupo C1), sector de administración especial, de la escala técnica básica de arquitectura, para proveer los puestos de trabajo vacantes que se relacionan en el anexo I de esta convocatoria, de acuerdo con las siguientes:

    Bases de la convocatoria

    Primera. Participantes

    1.1. Podrán participar en el concurso de traslados, las funcionarias o funcionarios de carrera del grupo C, subgrupo C1, de administración especial, de la escala técnica básica de arquitectura, que presten servicios en esta universidad.

    1.2. Deberán participar obligatoriamente en este concurso las funcionarias y los funcionarios de carrera del grupo C (subgrupo C1), sector de administración especial, de la escala técnica básica de arquitectura de esta universidad, que se encuentren en situación de destino provisional y tengan el mismo grupo y nivel que los puestos convocados.

    Para los funcionarios o funcionarias de carrera que se encuentran en destino provisional y les sea aplicable el artículo 120.5 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, la Generalitat, de la función pública valenciana, deberán solicitar como mínimo el lugar que ocupan provisionalmente. Si no concurren quedarán sin destino y a disposición de la Gerencia.

    1.3. No podrá participar el personal en situación de suspensión en firme mientras dure la suspensión. El personal que, por sanción de demérito, esté imposibilitado para participar en procedimientos de provisión de los puestos convocados, mientras dure la sanción, y el personal excedente voluntario por interés particular durante el plazo legal obligatorio de permanencia en esta situación, según lo que dispone la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana.

    Segunda. Vacantes

    Las personas participantes pueden elegir los puestos de trabajo vacantes convocados que figuran en el anexo I de esta convocatoria, en el orden de prioridades que estimen más conveniente.

    Tercera. Solicitudes, lugar y plazo de presentación

    3.1. Las personas interesadas deben presentar la solicitud de participación utilizando la instancia interna que hay en la sede electrónica y adjuntar el pdf del orden de prioridades de los puestos de trabajo solicitados. Desde el momento en que se abra el plazo de presentación de solicitudes de participación, habrá una copia para rellenarla en la página web de la convocatoria del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas/

    La mecánica de la presentación es la siguiente:

    En primer lugar, se debe rellenar el documento denominado «orden de prioridades», que se encuentra en la página web de la convocatoria, y establecer el orden de preferencia de los puestos deseados. Una vez hecho esto, debe guardar este documento pdf en su propio ordenador.

    Es conveniente que las personas que participen en el concurso identifiquen y comprueben correctamente los puestos que deseen obtener y si cumplen los requisitos que requieren los puestos que se solicitan.

    Por tanto, al rellenar el orden de prioridades, es necesario fijarse en no incluir en la lista algún puesto para el que no tenga el requisito exigido de ocupación. Igualmente, deberá fijarse en no incluir más de una vez el mismo puesto de trabajo. Dado que el proceso de adjudicación se hará informáticamente, en caso que se le adjudique un puesto de trabajo para el que no posee alguno de los requisitos, no podrá tomar posesión en este puesto, ni se le podrá ofrecer ningún otro del concurso.

    En segundo lugar, se debe entrar en la sede electrónica a través del enlace:

    https://www.uv.es/einterna

    En tercer lugar, debe identificarse como usuario de la Universitat de València.

    En cuarto lugar, debe acceder a la instancia interna del registro electrónico. Hay 3 pestañas.

    De izquierda a derecha:

    En la primera pestaña, «Aceptación», se debe marcar «acepto las condiciones indicadas». Si no se rellena este campo no se podrá validar la solicitud.

    En la segunda pestaña, «General», debe identificarse y elegir a quien se dirige la solicitud.

    – En el campo «Tipo de unidad destinataria», se abre un desplegable y se debe seleccionar Servicios Universitarios, Generales y Centrales.

    – En el campo «Nombre de la unidad destinataria», se abre un desplegable y debe seleccionar el Servei de Recursos Humans (PAS).

    – En el campo «Grupo Destinatario», se debe marcar «CT24_C1_31_ETB_ARQUITECTURA».

    – En la descripción hay que indicar que quiere presentarse al concurso de traslados de la escala técnica básica de arquitectura.

    – En los ficheros adjuntos es donde debe adjuntar el documento pdf del orden de prioridades.

    En la tercera pestaña, «Acabar», solo hay que indicar que aceptáis las comunicaciones electrónicas, cuestión obligatoria para el personal funcionario público. Por tanto, se debe marcar en «sí» y finalizar la solicitud.

    3.2. Las personas que deseen presentarse al concurso no tienen que aportar ninguna documentación justificativa, puesto que el certificado de servicios prestados y los conocimientos de valenciano se adjuntarán de oficio a las solicitudes presentadas.

    En el portal del empleado se puede consultar la hoja de servicios, en el que aparecen de manera meramente informativa, los servicios prestados que constan en el Servei de RRHH (PAS) y los conocimientos de idiomas que se incorporan a la base de datos de personal por el Servei de Llengües i Política Lingüística.

    3.3. Los conocimientos de valenciano incluidos en la base de datos de personal son aquellos que se corresponden con las pruebas de nivel que realiza el Servei de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València y la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) de la Generalitat Valenciana. Las personas que tengan certificados de valenciano que no consten en la hoja de servicios porque son de otros organismos, como la Escuela Oficial de Idiomas, otra universidad u otra administración pública, deben dirigirse al Servei de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València para que les sean reconocidos e incluidos en la base de datos de personal. También los pueden presentar directamente junto con el resto de documentación.

    En caso de que los puestos que se desean obtener, precisen de otros requisitos que no consten en la hoja de servicios, estos se deberán aportar junto con la solicitud de participación en el concurso.

    3.4. Las solicitudes de participación y la documentación deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

    Cuarta. Baremo, adjudicación y desempates

    4.1. El concurso de traslados será resuelto por la valoración de la antigüedad y el conocimiento del valenciano, según el baremo aprobado por el Consell de Govern de esta universidad, de 20 de junio de 2019 (ACGUV 152/2019). En la página web del Servei de Recursos Humans (PAS) hay una copia del baremo y de la fórmula del logaritmo para la valoración de la antigüedad.

    La antigüedad se puntuará según la fórmula siguiente: 4log(1+núm.de años)/log(31). El tiempo máximo que se valorará será de treinta años y no se considerarán fracciones inferiores al año.

    4.2. La adjudicación se llevará a cabo por el orden de puntuación obtenida y según la prioridad manifestada por las personas participantes.

    Si se adjudica un puesto a una persona que no cumpla el requisito del puesto solicitado, la persona interesada no podrá tomar posesión en ese puesto y no se le podrá adjudicar ningún otro puesto en el concurso.

    4.3. Los casos de empate se resolverán teniendo en cuenta los siguientes criterios, con carácter sucesivo:

    Primero. Se adjudicará la plaza a la persona concursante que acredite un grado de discapacidad superior al 33 % frente a la que no lo acredite, si el empate se produjera entre personas con diversidad funcional, la plaza se adjudicará a la persona con un mayor porcentaje de discapacidad.

    Segundo. Se adjudicará a la persona concursante que haya obtenido mayor puntuación en alguno de los méritos que a continuación se señalan, según el orden de preferencia siguiente:

    a). Conocimientos de valenciano

    b). Antigüedad

    Tercero. De persistir el empate, la adjudicación de la plaza se resolverá por sorteo.

    Quinta. Comisión evaluadora

    5.1. La comisión evaluadora para la selección de los puestos de trabajo convocados a concurso debe tener la composición que figura en el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones para la provisión de puestos de trabajo de la plantilla de personal de administración y servicios, aprobado por el Consell de Govern (ACGUV 184/2012) de esta universidad:

    https://www.uv.es/sgeneral/Reglamentacio/Doc/ Pas/G8.pdf

    Su funcionamiento se deberá adaptar a lo que establece el Reglamento de composición y funcionamiento de las comisiones de valoraciones. Para todo aquello no previsto, se deberá ajustar a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

    Su composición se deberá ajustar al principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tender a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que se establece en el artículo 53 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el artículo 60.1 del Real decreto legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el III Plan de igualdad de la Universitat de València.

    5.2. Es aplicable a los miembros de la comisión evaluadora y al personal asesor, si lo hubiese, lo que se dispone en el Acuerdo del Consell de Govern de la Universitat de València (ACGUV 303/2021) que aprueba la Hoja de Ruta sobre las medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

    A tal efecto, los miembros de la comisión evaluadora deben de rellenar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) que debe ser adjuntada al acta de constitución de la comisión y formar parte del expediente administrativo. Hay disponible un modelo normalizado por la Universitat en la siguiente página web:

    https://www.uv.es/pas/nuevaWEB/MESURES%20ANTIFRAU/formulari-daci-convocat%20PAS_c.pdf

    5.3. Los nombres de las personas que formarán la comisión evaluadora se harán públicos antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación, en el tablón oficial de anuncios de la Universitat de València: https://webges.uv.es/uvTaeWeb/, en el apartado de personal de administración y servicios, y con carácter meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas

    Sexta. Irrenunciabilidad de los destinos

    6.1. Las personas participantes pueden desistir de la solicitud dentro del plazo de presentación de solicitudes. Después de que haya transcurrido este plazo, no se aceptará ningún desistimiento y las personas participantes quedarán vinculadas al resultado del concurso.

    6.2. El destino adjudicado será irrenunciable, excepto que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino por convocatoria pública y en este caso debería comunicarse por escrito a la Gerencia.

    Séptima. Participación

    La participación en el concurso implica la aceptación de estas bases.

    Octava. Toma de posesión

    La resolución de este concurso se hará pública en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios y, con carácter meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas.

    La resolución debe indicar expresamente la fecha de toma de posesión.

    Novena. Información respecto de los datos recogidos

    9.1. La Universitat de València es la entidad responsable de los datos facilitados por las personas que se presentan a este concurso. La información recibida se tratará exclusivamente para los fines objeto de la convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal de conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario.

    Parte de los datos pueden ser publicados en el Tablón Oficial de Anuncios de la Universitat de València y en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS). Además, también se cederán a los miembros de la comisión evaluadora para la valoración de los méritos y la resolución de reclamaciones planteadas, en su caso.

    9.2. Las políticas de privacidad de la Universitat de València se pueden consultar en la dirección:

    https://www.uv.es/uvweb/universitat/ca/politica-privacitat/politica-privacitat-1285919116700.html

    Para más información sobre el tratamiento de los datos, se puede acceder al siguiente enlace:

    https://www.uv.es/pasinvest/web/escrits-per-a-penjar-en-la-web/guia-presentacio-solicit/Proteccio-Datos-UV-cast.pdf

    Décima. Recursos

    Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, un recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien directamente interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana.

    Contra los actos de la comisión se puede interponer recurso de alzada, tal como prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    València, 21 de junio de 2024.– La rectora ( p. d. R 20.05.2022), el gerente: Juan Vicente Climent Espí.

    ANEXO I

    Puestos de trabajo de la escala técnica básica de arquitectura vacantes ofertados con indicación de sus características

    Puesto Denominación puesto Destino 1 Destino 2 Formación específica Turno

    1432 Delineante S. Técnico i de Mantenimiento 3 M

    1433 Delineante Gerencia Unidad Técnica 3 M

    Turno:

    M. Mañana.

    Requisitos de los puestos de trabajo (formación específica) según la RPT:

    3. Conocimiento de valenciano de nivel B1, o compromiso de adquirir este conocimiento en el plazo de un año desde la toma de posesión en el puesto (o en el tiempo que permita la programación del Servei de Llengües i Política Lingüística).

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