RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2024, del vicepresidente primero y conseller de Cultura y Deporte, por la que se elaboran las primeras listas parciales de deportistas de élite y de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana de 2024. [2024/5857]

La Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana determina, en los artículos 12 y 17, que para el acceso a los beneficios y medidas de apoyo que se establezcan, los deportistas de élite deberán figurar en la lista de deportistas de élite de la Comunitat Valenciana.

El Decreto 39/2020, de 20 de marzo, del Consell, de medidas de apoyo a deportistas de élite y al personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana, define, en los artículos 3 y 4, respectivamente, al deportista de élite de la Comunitat Valenciana y al personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana y establece cuáles son los criterios generales para acceder a estas condiciones.

Así mismo, el artículo 6.5 de este decreto establece la posibilidad de elaboración y publicación de listas parciales a lo largo del año en curso.

La Orden 44/2021, de 10 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen los criterios, condiciones y procedimiento para la inclusión en las mencionadas listas, establece en su Disposición adicional segunda los plazos de presentación de las solicitudes para la elaboración de las respectivas listas parciales.

Por Resolución de 24 de mayo de 2024, se constituye la comisión de evaluación de deportistas de élite y del personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana, entre cuyas funciones se establece la de elevar a la persona titular de la conselleria competente en materia de deporte la propuesta de las listas a las que se refiere el Decreto 39/2020.

Una vez reunida la comisión de evaluación de deportistas de élite y del personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana, elevada la propuesta de lista al vicepresidente primero y conseller de Cultura y Deporte y de acuerdo con ella, en virtud de lo establecido en el artículo 21 del citado Decreto 39/2020, de 20 de marzo, y haciendo uso de las atribuciones que me confiere la Ley 5/1983, del Consell, y el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero

La inclusión de los deportistas y las deportistas que se indican a continuación en la primera lista parcial de deportistas de élite de la Comunitat Valenciana correspondiente a resultados deportivos del año 2024, cuyas solicitudes se han presentado entre el 21 de enero y el 30 de abril de 2024.

Estos deportistas tendrán la condición de deportistas de élite de alta competición o de promoción.

Segundo

La inclusión de las personas que se indican a continuación en la primera lista parcial de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana correspondiente a méritos deportivos del año 2024, cuyas solicitudes se han presentado entre el 21 de enero y el 30 de abril de 2024.

Estas personas se clasificarán en personal técnico-entrenador y/o personal arbitral-juez.

Llista de personal tècnic, entrenador, arbitral i jutge d'elit de la Comunitat Valenciana:

Lista de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana:

Tercero

Las personas que, habiendo solicitado la inclusión entre el 21 de enero y el 30 de abril de 2024, no estén incluidas en las respectivas listas, no cumplen los criterios para acceder a la condición de deportistas de élite alta competición o promoción o de personal técnico, entrenador, arbitral y/o juez de élite de la Comunitat Valenciana.

Cuarto

Las personas que aparecen en el punto primero y segundo de esta resolución serán incluidas, respectivamente, en la lista de deportistas de élite de la Comunitat Valenciana y en la lista de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana que se publican anualmente en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición, o bien se podrá plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno:

a) El recurso potestativo de reposición deberá interponerse ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo tendrá que ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 14 de junio 2024.– El vicepresidente primero y conseller de Cultura y Deporte: Vicente José Barrera Simó.

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