RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2024, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca un concurso de méritos para la contratación de profesorado ayudante doctor para el programa «+Cantera UPV». [2024/5666]

De conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (LOSU), así como el Acuerdo de fecha 25 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno de esta universidad, por el que se aprueban los criterios de adaptación a la LOSU, de los procesos de selección de profesorado ayudante doctor de esta universidad, y el acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 21 de diciembre de 2023 por el que se aprueba el programa «+Cantera UPV»; el Real decreto legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Consell, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas; los Estatutos de la Universitat Politècnica de València (UPV); el convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y demás normativa de aplicación, se abre proceso de selección de profesorado ayudante doctor, para su contratación en régimen laboral, de acuerdo con las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión en esta universidad, mediante la contratación de profesorado ayudante doctor programa «+Cantera UPV», en la modalidad de jóvenes doctores, con las características que figuran en el anexo I.

2. Requisitos

Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

1.1. Tener cumplidos dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

1.2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las correspondientes a las plazas.

En caso de ser nacional de otro estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones correspondientes a las plazas convocadas.

2.4. Haber obtenido el título de doctor/a con posterioridad al 1 de julio de 2020. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extranjeras deberá acompañarse fotocopia de la credencial que acredite la homologación de la misma o de la correspondiente resolución de equivalencia.

2.5. Tener nacionalidad española o ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea, así como los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

Asimismo, se extiende igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Podrán participar los/las extranjeros/as no incluidos en los apartados anteriores con residencia legal en España.

2.6. Las personas aspirantes extranjeras deberán poseer un conocimiento de la lengua castellana equivalente al nivel C1. Asimismo, en caso que se requiera la impartición de asignaturas en otro idioma, según indique la convocatoria, el nivel de conocimiento de lenguas requerido es el equivalente al nivel C1. A tal efecto se podrá exigir en su caso, la superación de una prueba específica que lo acredite, siendo el resultado de apto o no apto teniendo los efectos, en su caso, de exclusión de las personas aspirantes al proceso selectivo.

A aquellas personas aspirantes que hayan incluido y justificado en sus respectivos currículos la posesión de un certificado de nivel C1 o superior en dicha lengua, habiéndolo obtenido en el caso del inglés con menos de cinco años de antigüedad, se les reconocerá como acreditado el conocimiento suficiente de dichos idiomas. Los títulos, diplomas y certificados con validez a estos efectos son los expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, por las universidades españolas acreditadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia lingüística, pudiéndose acceder a dicha información a través de la siguiente dirección web:

https://cdl.upv.es/el-centro/normativa/normativa-oficial-certificaciones-competencia-lingueistica

Caso de no acreditar en el currículo la posesión de certificado correspondiente deberán superar, ante la comisión de selección, una prueba específica para acreditar el conocimiento del idioma.

2.7. No haber agotado el plazo máximo de seis años de duración de contrato en esta misma categoría, en esta universidad o en cualquier otra universidad. A efectos del cómputo serán tenidos en cuenta los contratos como profesor ayudante doctor celebrados conforme al artículo 50 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades. Cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, podrá alcanzar una duración máxima de ocho años teniendo en cuenta su finalidad y el grado de las limitaciones en la actividad.

La concurrencia de los requisitos anteriores deberá estar referida a una fecha anterior a la expiración del plazo de presentación de instancias y mantenerse en el momento de la contratación.

3. Presentación de solicitudes

3.1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

3.2. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Universitat Politècnica de València (personal docente e investigador) disponible en la sede electrónica de la Universitat Politècnica de València en la siguiente dirección web:

https://sede.upv.es/oficina_tactica/#/login?idArbol=20&idPrehoja=18&idform=EINSTANCIA_PDI

Para el acceso a dicho formulario se requiere la identificación electrónica de la persona interesada, para lo cual será necesario disponer de alguno de los sistemas de identificación electrónica descritos en el anexo II de la presente convocatoria.

3.3. Deberá presentarse una solicitud para cada oferta de contratación en el que se desee participar, en caso de que la oferta comprenda varias plazas, se deberá presentar una única solicitud.

3.4. Para completar con éxito el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes pasos dentro del plazo estipulado:

a) Identificarse electrónicamente en la Sede electrónica.

b) Acceder y cumplimentar el formulario electrónico de solicitud de admisión.

c) Pagar la tasa correspondiente (si procede, en función de su situación personal), exclusivamente por esta aplicación, bien con tarjeta bancaria o en efectivo mediante el recibo que expide la aplicación, dentro del plazo de presentación de solicitudes, no aceptándose pagos por ningún otro medio.

d) La solicitud quedará registrada al finalizar el proceso.

3.5. No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que, habiendo abonado la tasa no hayan registrado la solicitud electrónicamente, sin perjuicio de lo que se indica seguidamente:

Excepcionalidad técnica:

Cuando por motivos técnicos excepcionales atribuibles a la Administración, no sea posible completar los pasos anteriores por medios electrónicos durante un periodo prolongado dentro del plazo estipulado, las personas interesadas podrán presentar su solicitud por medios no electrónicos (anexo III)

3.6. Los derechos de participación serán de 30,57 euros, por cada plaza a la que se desee concursar.

a) El pago de esta tasa podrá realizarse en efectivo, mediante recibo bancario, o con tarjeta de crédito.

b) En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará utilizando el recibo emitido por la aplicación mencionada.

c) El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar la instancia a través de la aplicación mencionada.

3.7. La falta de abono, total o parcial, dentro del plazo de presentación de solicitudes, de la tasa de admisión a estas pruebas selectivas determinará la exclusión de la persona aspirante, salvo que concurran una de las circunstancias de exención o bonificación y se haga constar en la solicitud de participación, debiendo aportar junto con la documentación justificativa, fotocopia cotejada de los documentos acreditativos de tal beneficio. En caso contrario, serán excluidos, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

3.8. Serán causa de exención las siguientes:

a) Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud.

b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Para ello seleccionarán en el apartado «otros» de la solicitud.

c) Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33 %. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Diversidad Funcional» de la solicitud.

d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Otros » de la solicitud.

3.9. Bonificaciones.

Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50 % del importe total de la tasa. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Familia Numerosa General» de la solicitud.

3.10. La presentación de la solicitud de participación en las pruebas por medios telemáticos tendrá una bonificación del 10 % de la cuota íntegra, acumulable a la fijada en el apartado anterior, que se aplicará de forma automática.

3.11. En ningún caso el pago realizado del recibo emitido, en las oficinas bancarias correspondientes a que se hace referencia, supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.12. De conformidad con lo establecido en el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de tasas, no procederá la devolución de las tasas por derechos de examen si el pago indebido de estas es por causas imputables exclusivamente a la persona candidata.

3.13. A cada solicitud deberá acompañarse, incorporándolos en un fichero digital para incluir en cada uno de los apartados existentes en la aplicación, la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae; deberá utilizarse, obligatoriamente, el modelo que podrán encontrar en la página web:

http://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/579900normalc.html

b) Formulario «Introducción de Datos» en formato Excel que constituirá la base para su baremación, incluyendo los méritos reflejados en el curriculum vitae y la referencia a dónde se encuentra la documentación justificativa, que podrá encontrar en la página web:

https://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/579900normalc.html

Estos dos documentos (currículum y formulario) deberán ser comprimidos en formato ZIP y adjuntar este último.

c) Documentación justificativa de los méritos alegados en el currículum. Se incluirá certificación académica personal o documento sustitutivo. Los concursantes cuya titulación no sea española, deberán presentar certificado de homologación de su título y certificado de la nota media de su expediente académico emitido por el Ministerio Español de Educación, y documentos acreditativos de cada uno de los méritos consignados en el currículum. Los méritos alegados en el currículum que no hayan sido justificados documentalmente no serán tenidos en cuenta. Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes no se admitirán nuevos méritos.

d) Documentación acreditativa de la exención o bonificación de tasas de acuerdo con lo dispuesto en la base 3.7.

Estos documentos deberán ser comprimidos en formato ZIP y adjuntar este último.

e) Justificación de los requisitos específicos de la convocatoria: titulación base 2.4

Los documentos en idioma diferente al castellano/valenciano deberán aportarse acompañados de su traducción por intérprete jurado a una de dichas lenguas.

4. Lista de admitidos

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la dirección del departamento hará pública en el tablón de anuncios del departamento y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del departamento o en el servidor UPV. noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV / PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c), la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada una de las plazas convocadas, con indicación en este último caso de la causa de exclusión.

4.1. Serán motivos de exclusión:

a) Presentar la solicitud fuera del plazo establecido.

b) No presentar la solicitud, el currículum y el formulario «Introducción de datos» según el modelo obligatoriamente establecido.

c) La falta o incorrecto abono de los derechos de participación, salvo que se haya declarado encontrarse exento del pago de los mismos. No acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de la convocatoria: base 2.4.

d) Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, no considerándose subsanable, entre otros, la falta de pago de los derechos de participación dentro del plazo de presentación de instancias. La solicitud de subsanación deberá presentarse exclusivamente en el departamento convocante de la plaza. Para ello debe utilizarse la presentación telemática a través del Registro Electrónico Común, cuya dirección es:

https://reg.redsara.es/

(Órgano de destino/Nivel de Administración: Universidades/Comunidad Autónoma: Comunitat Valenciana/Buscar: «Nombre del departamento») Asegúrese que el departamento corresponde a la Universitat Politècnica de València.

Para esta presentación, no será válido utilizar el procedimiento electrónico «Solicitud Genérica» existente en la Sede Electrónica de la UPV.

Este mismo plazo servirá para aportar la justificación de los méritos alegados en el currículum que no haya sido acreditados dentro del plazo de presentación de solicitudes.

e) Transcurrido el plazo de subsanación de errores u omisiones y resueltas las reclamaciones, se procederá a la publicación por el mismo procedimiento de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos. No obstante, a lo anterior, si en cualquier momento del procedimiento llegara a conocimiento de la Universitat que alguna de las personas aspirantes no reúne los requisitos legales para su admisión al concurso, el rector acordará su exclusión previa audiencia del interesado, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido.

f) En caso de no existir causa de exclusión de las personas aspirantes a una misma plaza la lista de admitidos se elevará a definitiva en el mismo acto.

5. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de dos fases:

5.1. Concurso de méritos en el que se valorarán los méritos acreditados por las personas aspirantes, hasta un máximo de 10 puntos, sin perjuicio de la puntuación por mérito preferente que pudiera corresponder. A tal efecto serán de aplicación los criterios generales y baremos establecidos en el anexo IV. Para superar esta fase del proceso de selección será necesario alcanzar un mínimo de 3 puntos.

5.2. Defensa del proyecto docente y entrevista. A las personas aspirantes que superen la fase de concurso de méritos, la comisión de selección las convocará a la entrevista personal y defensa del proyecto docente. La convocatoria para el acto de defensa del proyecto docente y entrevista señalará el lugar, fecha y hora de su celebración.

a) La comisión de selección, atendiendo al elevado número de personas aspirantes presentadas, podrá acordar que únicamente sean citadas, aquellas personas candidatas que hayan obtenido las mayores puntuaciones en la fase de concurso de méritos y que sumando los puntos obtenidos con el máximo posible de la fase segunda no puedan ser superadas por el resto de personas aspirantes.

b) El orden de realización de las entrevistas serán el alfabético, comenzando por la letra H, (de acuerdo con la resolución de 15/03/24 de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública).

c) Asimismo, en esta fase, las personas candidatas deberán presentar ante la comisión de selección, un proyecto docente de una asignatura troncal u obligatoria vinculada con el área de conocimiento/perfil de la plaza, para su valoración y defensa ante la misma. Las personas aspirantes extranjeras deberán poseer un conocimiento de la lengua castellana suficiente de acuerdo con lo dispuesto en la base 2.6 en su caso, también se deberá poseer el conocimiento del idioma en el que se requiera la impartición de las asignaturas, según indique la convocatoria.

d) La entrevista personal tiene como objeto perfilar la selección definitiva. Versará sobre los méritos, historial académico, investigador y profesional, transferencia de conocimiento, dominio de la materia y sobre todos aquellos aspectos que la comisión de selección considere relevantes relacionados con el perfil docente de la plaza, permitiendo contrastar sus capacidades para la exposición y el debate

e) Esta segunda fase del proceso de selección se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siendo necesario para superarla alcanzar un mínimo de 2 puntos.

f) Finalizada esta fase, la comisión de selección, realizará una valoración sobre cada persona candidata, ajustada, en todo caso, a los criterios generales y específicos previamente establecidos por la comisión.

Una vez finalizado el proceso de selección, la comisión de selección hará públicos en el tablón de anuncios del departamento y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del departamento o en el servidor UPV noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c), los resultados de la evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.

A la vista de las valoraciones, la comisión de selección, procederá a realizar la propuesta de las personas candidatas para su contratación teniendo en cuenta que no podrá proponerse un número de personas superior al de plazas convocadas.

El concurso podrá concluir con la propuesta de la comisión de selección de no provisión de plazas teniendo en cuenta lo dispuesto en la normativa de aplicación.

6. Comisión de selección

6.1. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por comisiones de selección cuyos miembros serán nombrados por el rector. Cada comisión estará compuesta por cinco personas con voz y voto y sus suplentes, de las cuales un máximo de dos, tanto titulares como suplentes, podrán pertenecer al profesorado de la Universitat Politècnica de València. El resto de los miembros serán externos, elegidos por sorteo público, de entre una lista cualificada de profesorado y personal investigador, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en el acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 25 de abril de 2024 «Criterios adaptación a la Losu de los procesos de selección del profesorado ayudante doctor en la UPV»:

https://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/U0958455.pdf

6.2. En los casos de renuncia justificada, abstención o recusación que impidan la actuación de cualquier persona de la comisión titular, se sustituirá por sus suplentes de acuerdo con las propuestas del departamento y atendiendo al orden de prioridad resultante del sorteo público.

6.3. La composición definitiva de cada comisión de selección, se publicará en el tablón de anuncios del departamento y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del departamento o en el servidor UPV. noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c) correspondiente, junto con las listas definitivas de admitidos y excluidos.

6.4. Las comisiones de selección se regirán, en cuanto a su funcionamiento, por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1. Publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, la comisión de selección se constituirá.

7.2. Los actos de constitución, reuniones y acuerdos de la comisión de selección se podrán realizar de forma presencial, semipresencial o no presencial, debiendo publicarse el acuerdo que a tal efecto se adopte para conocimiento de todas las personas aspirantes en el tablón de anuncios del departamento y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del Departamento o en el servidor UPV. noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c)

7.3. Asimismo, con carácter previo a la sesión de constitución, el presidente o la presidenta de la comisión de selección acordará con el resto de miembros el carácter presencial o semipresencial de los actos de constitución, defensa del proyecto docente y entrevista, con idénticas garantías de publicidad.

7.4. Las diferentes actuaciones no presenciales se deberán realizar siguiendo las instrucciones que, a tal efecto, dicte la Universitat, que serán publicadas y puestas en conocimiento de todas las personas aspirantes y en concreto cuando sean convocadas al acto de defensa del proyecto docente y entrevista ante la comisión de selección.

7.5. Con el fin de que pueda producirse la oportuna interacción entre las personas aspirantes y/o las personas integrantes de la comisión de selección que pudieran asistir de forma semipresencial, se debe hacer uso de herramientas que permitan una videoconferencia grupal en la que todos los asistentes puedan interactuar.

7.6. En la sesión de constitución, la comisión de selección procederá, de acuerdo con el baremo a la elaboración de los criterios de valoración de los méritos de los aspirantes, que deberán publicarse en el tablón de anuncios del departamento y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del departamento o en el servidor UPV. noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c).

7.7. Publicados los criterios de valoración, la comisión de selección se reunirá para valorar los méritos de los concursantes. La comisión podrá solicitar la aportación de documentación original para comprobar la validez de los méritos incluidos en el currículum.

7.8. Valorados los méritos de los aspirantes, la comisión de selección hará pública esta valoración en el tablón de anuncios del departamento, y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del Departamento o en el servidor UPV. noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c), haciéndose constar la calificación obtenida por cada uno de los aspirantes en cada apartado del baremo, caso de que, en aplicación de lo dispuesto en la base 3.13.c), no se haya valorado algún mérito alegado por un participante en su currículum, por no haber sido justificado documentalmente el mismo, se hará constar tal circunstancia en la resolución de valoración, concediéndose un plazo de cinco días hábiles, desde su publicación, para que se pueda subsanar aportando la documentación necesaria.

7.9. La solicitud de subsanación deberá presentarse exclusivamente ante el departamento convocante de la plaza que la hará llegar a la comisión de selección correspondiente. Para ello debe utilizarse la presentación telemática a través del Registro Electrónico Común, cuya dirección es:

https://reg.redsara.es/

(Órgano de destino/Nivel de Administración: Universidades/Comunidad Autónoma: Comunitat Valenciana/Buscar: «Nombre del departamento»/Asegúrese que el departamento corresponde a la Universitat Politècnica de València

7.10. Para esta presentación, no será válido utilizar el procedimiento electrónico «Solicitud Genérica» existente en la Sede Electrónica de la UPV. Cualquier otra reclamación por incorrecta valoración u error deberá ser realizada por los candidatos en este mismo plazo y del mismo modo.

7.11. Finalizado el plazo de subsanación y caso de que se hubieran presentado reclamaciones, la comisión de selección se reunirá para valorar las mismas, publicándose la valoración definitiva de la manera antes indicada.

7.12. Las personas aspirantes que superen la fase de concurso serán convocadas para la realización de la defensa del proyecto docente y entrevista ante la comisión de selección mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios del departamento, y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del departamento o en el servidor UPV. noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c), con una antelación de dos días hábiles a la fecha de realización de la misma, sin perjuicio de la utilización de otros medios de notificación que la comisión de selección estime procedentes. Al inicio de la celebración de esta fase, que será pública, los candidatos entregarán al/a Presidente/a de la comisión su proyecto docente en formato electrónico PDF.

8. Resolución del concurso

8.1. Finalizado el proceso de selección, cuya duración no será superior a seis meses, salvo situaciones excepcionales autorizadas por el rector, la comisión de selección conformará una relación con los aspirantes que han superado ambas fases del proceso, ordenándolos de mayor a menor según la puntuación total que se obtendrá sumando las calificaciones del concurso y la valoración de la defensa del proyecto docente y entrevista personal, así como, en su caso, la puntuación otorgada por mérito preferente.

En caso de empate entre candidatos en la puntuación final obtenida en el proceso, se priorizarán de acuerdo con el siguiente orden: en primer lugar, de acuerdo con la puntuación final obtenida en el apartado de valoración de méritos; en segundo por la puntuación obtenida en los correspondientes subapartados ordenados de mayor a menor peso; y en tercer lugar por la puntuación obtenida en la fase de exposición y defensa. De persistir el empate se seleccionará a los candidatos del género infrarepresentado, en la UPV, entre el PDI del departamento y especialidad. De seguir persistiendo la situación se procederá a un sorteo.

8.2. La comisión de selección elevará al rector la relación de aspirantes que han resultado aprobados, cuyo número no podrá ser superior al de las plazas convocadas. Para la confección de esta relación se atenderá a lo arriba indicado, interrumpiéndose la misma cuando el número de aspirantes coincida con el número de plazas convocadas.

8.3. La relación de aspirantes se publicará en el tablón de anuncios del departamento, y complementariamente y sin carácter oficial en la microweb del departamento o en el servidor UPV. noticias, grupo de noticias UPV. administración que puede ser consultado a través de la web de la UPV, en el menú Comunidad UPV/ PAS y PDI/ Herramientas y Recursos (http://www.upv.es/bin2/tablon?p_idioma=c), así como certificación en la que se haga constar el día de su publicación. Tendrá carácter de notificación a los aspirantes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015.

8.4. Finalmente, se trasladará al Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador las actas del concurso, incluyendo la propuesta de nombramiento al rector de la/s persona/s aspirantes con mayor puntuación, al objeto de formalizar la contratación laboral, constituyéndose con el resto de aspirantes que hayan superado las dos fases del proceso de selección, una lista de reserva, según el orden de puntuación final obtenido, que se utilizará únicamente en caso de renuncia del candidato/a propuesto/a, o cuando concurra cualquier otra causa que impida su contratación.

8.5. En el supuesto de que las plazas convocadas correspondan a varios centros, las personas aspirantes elegirán por orden de puntuación el centro de adscripción.

9. Características de los contratos

9.1. Tipo de contrato: contrato laboral temporal.

9.2. La duración del contrato será de seis años.

a) Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta universidad, por un tiempo superior a seis años, salvo que el contrato se concierte con una persona con discapacidad, en cuyo caso podrá alcanzar una duración máxima de ocho años teniendo en cuenta su finalidad y el grado de las limitaciones en la actividad.

b) En el caso de que la persona a contratar hubiera tenido anteriormente algún contrato de profesor o profesora ayudante doctor/a en cualquier universidad, el contrato que se suscriba en virtud de esta convocatoria tendrá la duración del tiempo que, una vez sumada la duración de todos los contratos anteriores de profesor o profesora, ayudante doctor/a, incluidos los celebrados conforme a la Ley orgánica de universidades, reste hasta completar el máximo de seis años previsto en la LOSU.

9.3. Transcurridos los tres primeros años del contrato, la Universitat realizará una evaluación orientativa del desempeño de las profesoras y los profesores ayudantes doctores, que podrá encargarse a las agencias de calidad competentes. Esta evaluación tendrá como objetivo valorar el progreso y la calidad de la actividad docente e investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio del conocimiento del profesorado, que deberán conducirle a alcanzar los méritos requeridos para obtener la acreditación necesaria para concursar a una plaza de profesorado permanente laboral una vez finalizado el contrato.

9.4. El cómputo del plazo límite de duración del contrato y de su evaluación se interrumpirá en las situaciones de incapacidad temporal y en los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos, licencias, flexibilidades horarias y excedencias por gestación, embarazo, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, lactancia, riesgo durante la gestación, embarazo o lactancia, violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer, así como por razones de conciliación o cuidado de familiares o personas dependientes.

Asimismo, cuando dichas situaciones dieran lugar a la reducción de la jornada, el contrato se prorrogará por el tiempo equivalente a la jornada que se hubiera reducido.

9.5. La dedicación será a tiempo completo con número de horas semanales de 37,5h.

9.6. Las funciones a desempeñar incluyen obligaciones docentes, hasta un máximo de 180 horas lectivas por curso académico, y de investigación, así como atención a las necesidades de gestión del departamento.

9.7. La finalidad del contrato será desarrollar las capacidades docentes y de investigación y, en su caso, de transferencia e intercambio del conocimiento, y de desempeño de funciones de gobierno de la universidad. Para el desarrollo de su capacidad docente, el profesorado ayudante doctor deberá realizar, en el primer año de contrato, un curso de formación docente inicial cuyas características serán establecidas por las universidades, de acuerdo con sus unidades responsables de la formación e innovación docente del profesorado.

9.8. Las retribuciones vienen determinadas en el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, modificado por el Decreto 83/2023, de 2 de junio del Consell, considerándose en su caso aquellas variaciones que aprueben las administraciones competentes, así como los órganos de la Universitat Politècnica de València.

10. Documentación

10.1. Las personas candidatas propuestas para la contratación de las plazas deberán presentar la siguiente documentación:

a) Si ostenta nacionalidad española, copia electrónica o fotocopia del documento nacional de identidad, y original para su cotejo.

b) Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, copia electrónica o fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.

c) Los familiares de los anteriores, referidos en el artículo 57.2 del EBEP, además, copia electrónica o fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano/a del país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que dicho vínculo subsiste y no existe separación legal o, en su caso, que la persona aspirante viva a sus expensas o esté a su cargo del DNI o pasaporte.

d) Original y fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada de: el título de doctor/a. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extranjeras deberá acompañarse fotocopia de la credencial que acredite la homologación de la misma o de la correspondiente resolución de equivalencia.

e) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones correspondientes.

f) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las correspondientes a las plazas.

g) En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

h) Declaración responsable jurada de no haber agotado el plazo máximo de duración de un contrato de la misma categoría en cualquier universidad.

i) Permiso de residencia, según se detalla en el requisito 5 Párrafo 3º del apartado 2º) «Requisitos de los Aspirantes»

10.2. Aquella documentación que obre en poder de la Universitat Politècnica de València no deberá ser aportada de nuevo por los aspirantes.

11. Formalización y firma de los contratos

El plazo general de incorporación del/de la candidato/a propuesto/a será el establecido en la resolución de adjudicación, no pudiendo ser superior a un mes desde dicha resolución, sin perjuicio del no cómputo del mes de agosto. En el plazo de incorporación y con anterioridad al inicio de la prestación de servicios, el/la candidata/a deberá presentar la documentación arriba indicada, que acredita que reúne todos los requisitos señalados en la convocatoria, así como los establecidos en la normativa aplicable y deberá proceder a la formalización y firma del contrato y alta en el régimen de seguridad social correspondiente.

En caso de no formalizarse el contrato en el plazo anteriormente indicado, el/la candidata/a propuesto/a decaerá en su derecho, procediéndose a la contratación del aspirante siguiente, por el orden de puntuación.

Con carácter extraordinario y por motivos justificados documentalmente, el Rectorado, a petición de la persona interesada, puede ampliar el plazo de la firma del contrato cuando, por motivos acreditados, la incorporación a la Universidad dentro de los plazos establecidos sea imposible para la persona seleccionada.

12. Información sobre protección de datos de carácter personal

La Universitat Politècnica de València (UPV), con domicilio en Camí de Vera, s/n, 46022 València, es la responsable del tratamiento de la información y de los datos personales.

La finalidad del tratamiento, a través de las diferentes unidades de gestión y órganos colegiados de la UPV, es la gestión de los procesos selectivos de concurrencia competitiva y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, acceso a la información y publicidad activa.

La conservación de los datos se prolongará durante el tiempo necesario para la finalidad, y el cumplimiento de las previsiones legales.

Los datos podrán ser objeto de cesión a otras Administraciones Públicas o transferencias internacionales de datos, para lo que la UPV ha adoptado las medidas de garantía y protección de un nivel adecuado a lo previsto por el Reglamento general de protección de datos (UE/2016/679).

El ejercicio del derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición o limitación al tratamiento o de portabilidad de los datos puede realizarse mediante comunicación a la Delegación de Protección de Datos de la UPV por el correo electrónico  dpd@upv.es

Se puede contactar con la Delegación de Protección de Datos de la UPV a través del correo electrónico dpd@upv.es.

En su caso, puede presentarse una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepad.es)

13. Recursos

Contra los acuerdos del departamento y de las comisiones de selección se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de dichas resoluciones, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Este recurso se podrá interponer ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como órgano competente para resolverlo.

Contra la presente convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGV. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otro recurso que para su derecho estime conveniente.

La instrucción de estos recursos administrativos cuya resolución compete al rector, se lleva a cabo por la comisión de reclamaciones de la Universitat Politècnica de València.

València, 10 de junio de 2024. El rector: José Esteban Capilla Romá.

ANEXO I

Relación y categoría de las plazas ofertadas

Convocatoria: C02/24 (2024/D/LDT/CC/2)

COMUNICACIONES

Área: Ingeniería Telemática

– Centro: E.T.S.I. de Telecomunicación

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7313

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Ciberseguridad. Ciberconciencia situacional

Área: Teoría de la Señal y Comunicaciones

– Centro: E.T.S.I. de Telecomunicación

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7314

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil:Inteligencia artificial para sistemas de comunicaciones y multimedia. Deep learning in medical imaging. Inteligencia artificial

CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS

Área: Construcciones Arquitectónicas

– Centro: E.T.S. Arquitectura

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7319

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil:Construcciones Arquitectónicas

DIBUJO

Área: Dibujo

– Centro: Facultad de Bellas Artes

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7326

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil:Fundamentos del dibujo. Movimiento

INFORMÁTICA DE SISTEMAS Y COMPUTADORES

Área: Arquitectura y Tecnología de Computadores

– Centro: E.T.S.I. Informática

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7347

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Estructura de computadores. Gestión de recursos en sistemas cloud y evaluación de prestaciones

INGENIERÍA GRÁFICA

Área: Expresión Gráfica en la Ingeniería

– Centro: E.T.S.I. Geodésica, Cartográfica y Topog

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7356

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil:Técnicas de representación gráfica

INGENIERÍA TEXTIL Y PAPELERA

Área: Ingeniería Textil y Papelera

– Centro: E.P.S. de Alcoy

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7361

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Estructuras de punto y el proceso de confección. Workshop textil

MATEMÁTICA APLICADA

Área: Matemática Aplicada

– Centro: E.T.S.I. Agronómica y Medio Natural-E.T.S. Arquitectura

Número de plazas: 2 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7367, 7369

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Matemáticas 2. Fundamentos matemáticos II. Variable compleja. Integral múltiple

MÁQUINAS Y MOTORES TÉRMICOS

Área: Máquinas y Motores Térmicos

– Centro: E.T.S.I Aeroespacial y Diseño Industrial

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7364

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Máquinas térmicas (ITI. 1,3,4). Motores térmicos

ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS

Área: Organización de Empresas

– Centro: E.P.S. de Alcoy

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7375

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Fundamentos de organización de empresas. Sistemas de control estratégico

PRODUCCIÓN VEGETAL

Área: Producción Vegetal

– Centro: E.T.S.I. Agronómica y Medio Natural

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7383

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Cultivos herbáceos. Horticultura

PROYECTOS DE INGENIERÍA

Área: Proyectos de Ingeniería

– Centro: E.T.S.I. Industrial

Número de plazas: 1 Códigos(s) de la(s) plaza(s): 7392

Categoría: ay. dr. Dedicación: C01

Perfil: Proyectos. Dirección de proyectos

ANEXO II

Sistemas de identificación y firma

Para cumplimentar su solicitud debe identificarse electrónicamente mediante cualquiera de los sistemas de identificación y firma aceptados en la Sede electrónica de la Universitat Politècnica de València, que figuran detallados en la siguiente dirección web:

https://sede.upv.es/oficina_tactica/?idioma=es_ES#/tramita/19/186

A continuación, se detallan las características principales de cada uno de ellos:

Cl@ve-Identificación (sistema recomendado): es la plataforma común del sector público administrativo estatal para la identificación y autenticación electrónicas mediante el uso de claves concertadas, abierta a su utilización por parte de todas las administraciones públicas.

Proporciona distintos sistemas de identificación electrónica, entre ellos: DNI electrónico, certificados electrónicos de autoridades de certificación reconocidas en España, sistema de clave permanente promovido por la GISS, sistema de clave temporal PIN24H promovido por la AEAT o nodo EIDAS (reconocimiento de certificados transfronterizos emitidos por autoridades de certificación de otros países en el entorno de la UE).

Debido a su mejor usabilidad, se recomienda como sistema preferente el uso del sistema basado en la clave permanente promovida por la GISS. Este sistema está orientado a accesos habituales a distintos organismos. Para usar este sistema, únicamente se necesita haber obtenido previamente la credencial electrónica de identificación mediante alguno de los procedimientos previstos. Para ello deberás registrarte en el sistema bien de forma presencial, en alguna de las oficinas de registro adheridas al sistema, o bien por internet, si ya dispones de un certificado electrónico reconocido vigente. Si eres miembro de la comunidad universitaria, la Universitat Politécnica de València dispone de un punto de registro de Cl@ve.

Más información: www.clave.gob.es

Certificados electrónicos:

Certificados electrónicos para persona física emitidos por distintas autoridades de certificación reconocidas en España. Todos ellos requieren de un proceso de acreditación personal previo en alguno de los puntos de registro asociados a la Autoridad de Certificación que lo emite (FNMT, ACCV, Camerfirma, etc…).

Si es miembro de la comunidad universitaria, la Universitat Politècnica de València dispone de un punto de registro asociado a la ACCV (Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat Valenciana.

Más información: https://www.accv.es/ciudadanos/

DNI electrónico (DNIe):

Tal y como recoge la Declaración de Prácticas de Certificación del DNI, los certificados electrónicos podrán utilizarse:

Como medio de Autenticación de la Identidad, el Certificado de Autenticación (Digital Signature) asegura al titular, en la comunicación electrónica, acreditar su identidad frente a cualquiera.

Como medio de firma electrónica de documentos, mediante la utilización del certificado de firma (non Repudition), el receptor de un mensaje firmado electrónicamente puede verificar la autenticidad de esa firma, pudiendo de esta forma demostrar la identidad del firmante sin que este pueda repudiarlo.

Como medio de certificación de Integridad de un documento, permite comprobar que el documento no ha sido modificado por ningún agente externo a la comunicación.

Más información: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/

Cuenta de usuario UPVNet:

Sistema de identificación personal basado en clave concertada (usuario y contraseña) proporcionado a todos los miembros de la comunidad universitaria.

Más información:

https://www.upv.es/entidades/ASIC/catalogo/346935normalc.html

ANEXO III

Excepcionalidad técnica

Cuando por motivos técnicos excepcionales atribuibles a la Administración, no sea posible completar los pasos anteriores por medios electrónicos durante un periodo prolongado dentro del plazo estipulado, las personas interesadas podrán presentar su solicitud por medios no electrónicos.

Para completar con éxito el proceso de solicitud en circunstancias de excepcionalidad técnica, deberá realizar los siguientes pasos dentro del plazo estipulado:

a) Descargar e imprimir un modelo de solicitud en blanco accesible en la siguiente dirección web:

b) (http://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/U0781102.doc)

c) Cumplimentar dicho modelo e incluir una firma manuscrita.

d) Pagar la tasa correspondiente (si procede, en función de su situación personal), mediante ingreso, dentro del plazo de presentación de instancias, en efectivo o transferencia bancaria, en la cuenta Universitat Politècnica de València, número ES49 2100 7084 5113 0002 1698, especificando en el resguardo el nombre y apellidos y el número de la plaza o plazas que conforman el concurso en que se desea participar.

e) Registrar presencialmente la solicitud y la documentación exigida, bien en el Registro General de la Universitat Politècnica de València, en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Alcoi, en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Gandía, o por cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 16.4 de la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que, no concurriendo circunstancias de excepcionalidad técnica demostrables, hayan registrado presencialmente su solicitud mediante el proceso antes descrito.

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