RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2024, de la Presidencia de la Generalidad, por la que se provee el puesto de trabajo anunciado por la convocatoria 71/24, de 15 de abril de 2024 (DOGV 9833, 22.04.2024). [2024/5464]

Visto el informe preceptivo y vinculante emitido por la Dirección General de Función Pública sobre el cumplimiento de los requisitos de participación de la persona interesada para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de naturaleza funcionarial anunciado por la convocatoria 71/2024 (DOGV 9833, 22.04.2024), resulta lo siguiente:

Para el puesto núm. 25070, director/a Gabinete de Estudios, se ha presentado una sola persona que cumple con los requisitos exigidos. Teniendo en cuenta los méritos acreditados, especialmente su trayectoria profesional, se considera idóneo para el puesto convocado a José Antonio Gras Roselló.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, así como la base cuarta de la resolución de la convocatoria mencionada, y el artículo 62 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana; y en virtud de lo dispuesto en el apartado sexto de la Resolución de 8 de noviembre de 2023, del presidente de la Generalitat, por la que delega determinadas atribuciones en diferentes órganos de la Presidencia (DOGV 9723, 13.11.23), resuelvo:

Primero

Nombrar a José Antonio Gras Roselló, funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat con NRP *** 1636***O0, director Gabinete de Estudios, puesto número 25070, subgrupo A1, complemento de destino nivel 30 y complemento específico E050.

Segundo

El cese en el actual puesto de trabajo de la persona nombrada se producirá de oficio el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y la toma de posesión en el puesto adjudicado se producirá al día siguiente de esta publicación.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer, potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación o bien, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de València, o ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124, en relación con la disposición transitoria tercera, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

València, 30 de mayo de 2024.– El subsecretario (p. d. R 08.11.2023; DOGV 9723, 13.11.23): Joaquín Vañó Gironés.

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