RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2024, de la directora del Institut Cartogràfic Valencià, por la que se aprueba la mejora en la precisión geométrica de la línea límite entre los municipios de Aielo de Rugat y Benicolet. [2024/5298]

Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de mejora geométrica, se exponen los siguientes hechos.

Con fecha 15 de enero de 2021, el Ayuntamiento de Aielo de Rugat solicita al Institut Cartogràfic Valencià (en adelante ICV), la mejora geométrica de las líneas que delimitan el término municipal (2021/E231686).

Con fecha 5 de octubre de 2023, el ICV comunica al Ayuntamiento de Aielo de Rugat (2023/S53645) y con fecha 6 de octubre de 2023 al Ayuntamiento de Benicolet (2023/S53719), que se han iniciado los trabajos para la mejora geométrica de la línea objeto de esta resolución, informa a los ayuntamientos sobre la naturaleza de los mismos y solicita su colaboración.

Con fecha 30 de octubre de 2023, se notifica al Ayuntamiento de Aielo de Rugat (CART1-2023-57268) y al Ayuntamiento de Benicolet (CART1-2023-57278) la finalización de los trabajos, por parte del ICV, de ejecución y control de calidad de la mejora geométrica de la línea entre los municipios de Aielo de Rugat y Benicolet situados en la provincia de València.

Fundamentos de derecho

1. Es función del ICV, de acuerdo con la letra i) del artículo 4.2 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià, la elaboración y el mantenimiento del mapa municipal, que consiste, de acuerdo con el artículo 41.1 de la misma ley, en la recuperación de las líneas límite de todos los municipios de la Comunitat Valenciana. En ese sentido el artículo 4.2.i también establece que es función del ICV el impulso de los trabajos de mejora geométrica de las líneas que delimitan los términos municipales de la Comunitat Valenciana.

2. Dado el carácter exclusivamente técnico de la mejora geométrica de las líneas de término, el artículo 43.3 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià establece que el ICV planificará anualmente los trabajos y los ejecutará, previa comunicación a los ayuntamientos beneficiados y, una vez concluidos los trabajos de mejora geométrica se informará de las geometrías actualizadas a los ayuntamientos afectados.

3. Así el segundo párrafo del artículo 43.3 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià establece que las geometrías mejoradas reflejarán fielmente la descripción de las líneas de término contenidas en las actas de delimitación originales aprobadas en su momento por los plenos de los ayuntamientos implicados y la mejora geométrica en ningún caso supondrá una alteración de la línea de término.

Vistos los fundamentos de derecho señalados, resuelvo:

Primero

Aprobar la mejora de la precisión geométrica de la línea límite entre los municipios de Aielo de Rugat y Benicolet, situados en la provincia de València, manteniendo lo acordado en el acta de delimitación municipal levantada por el Instituto Geográfico y Estadístico/Instituto Geográfico Nacional de 1904 y posterior acta adicional de 1958, entre los citados términos municipales.

Los mojones que delimitan los términos municipales resultantes de la mejora geométrica ejecutada se incluyen en el siguiente listado. El nombre establecido para cada punto es correlativo (M1, M2...) en la dirección de avance de la línea, y en el caso de mojones de inicio y final de la línea, se indica el número de términos municipales adyacentes (M3T). Las coordenadas de los puntos se proporcionan en el sistema geodésico de referencia ETRS89, proyección cartográfica UTM, huso 30. La forma de unión entre dos mojones consecutivos se especifica en el campo de observaciones.

Coordenadas ETRS89 UTM Huso 30 (metros)

NOMBRE X Y Observaciones

M1-M3T 728665,587 4309084,189 Es común a Aielo de Rugat, Benicolet y Montichelvo.

M2-M3T 728006,080 4309459,085 Recta, eje de vertiente y de camino.

Es común a Aielo de Rugat, Benicolet y Llutxent.

En los casos en los que la geometría que define la línea límite entre mojones consecutivos no sea la línea recta, sino que se corresponde con un elemento geográfico: río, barranco, rambla, divisoria, camino, linde, etc., se proporcionan las coordenadas de los puntos de inflexión de la línea límite que separan los mojones definidos en el listado anterior. Los puntos de inflexión se denominan de manera correlativa con el prefijo del mojón precedente (M1-1, M1-2,...).

NOMBRE X ETRS89

UTM HUSO 30 (m) Y ETRS89

UTM HUSO 30 (m)

TRAMO ENTRE MOJÓN 1 Y MOJÓN 2

M1-1 728666,426 4309113,518

M1-2 728663,270 4309113,644

M1-3 728657,747 4309114,352

M1-4 728649,007 4309115,318

M1-5 728644,863 4309115,774

M1-6 728642,911 4309116,251

M1-7 728641,393 4309116,772

M1-8 728638,117 4309118,095

M1-9 728636,013 4309118,984

M1-10 728633,497 4309120,156

M1-11 728631,241 4309121,240

M1-12 728629,028 4309122,455

M1-13 728624,472 4309124,841

M1-14 728621,088 4309126,533

M1-15 728617,097 4309128,702

M1-16 728610,763 4309132,000

M1-17 728601,125 4309136,889

M1-18 728595,404 4309139,562

M1-19 728592,378 4309140,976

M1-20 728590,766 4309141,881

M1-21 728572,753 4309153,272

M1-22 728566,799 4309157,442

M1-23 728562,404 4309160,496

M1-24 728558,761 4309163,104

M1-25 728554,997 4309165,175

M1-26 728551,563 4309166,609

M1-27 728548,556 4309167,226

M1-28 728545,888 4309167,525

M1-29 728542,423 4309167,724

M1-30 728535,577 4309168,400

M1-31 728532,626 4309169,007

M1-32 728531,325 4309169,441

M1-33 728528,895 4309170,786

M1-34 728525,693 4309172,676

M1-35 728520,435 4309175,949

M1-36 728515,701 4309178,580

M1-37 728511,720 4309180,941

M1-38 728506,928 4309184,181

M1-39 728501,460 4309188,168

M1-40 728495,891 4309192,471

M1-41 728492,387 4309195,320

M1-42 728490,261 4309197,012

M1-43 728486,595 4309199,377

M1-44 728483,900 4309200,874

M1-45 728478,159 4309203,750

M1-46 728471,976 4309206,577

M1-47 728465,031 4309209,725

M1-48 728457,867 4309212,730

M1-49 728450,356 4309215,697

M1-50 728427,900 4309224,079

M1-51 728412,428 4309230,133

M1-52 728404,887 4309233,236

M1-53 728396,400 4309236,830

M1-54 728386,603 4309241,326

M1-55 728375,941 4309246,456

M1-56 728362,327 4309253,805

M1-57 728350,930 4309259,981

M1-58 728343,359 4309264,315

M1-59 728334,921 4309269,391

M1-60 728319,489 4309280,255

M1-61 728305,171 4309290,798

M1-62 728293,070 4309300,007

M1-63 728288,656 4309303,783

M1-64 728284,449 4309307,990

M1-65 728274,923 4309318,895

M1-66 728264,306 4309332,351

M1-67 728258,844 4309338,830

M1-68 728254,560 4309342,799

M1-69 728249,750 4309346,548

M1-70 728244,391 4309349,529

M1-71 728239,234 4309351,760

M1-72 728230,966 4309354,851

M1-73 728219,886 4309358,709

M1-74 728214,941 4309360,553

M1-75 728209,729 4309362,862

M1-76 728205,284 4309365,116

M1-77 728201,453 4309367,411

M1-78 728198,020 4309369,696

M1-79 728192,637 4309373,941

M1-80 728186,510 4309379,007

M1-81 728180,237 4309383,762

M1-82 728173,453 4309388,430

M1-83 728161,972 4309396,269

M1-84 728152,590 4309402,843

M1-85 728147,065 4309406,917

M1-86 728142,991 4309409,509

M1-87 728138,666 4309411,854

M1-88 728134,953 4309413,290

M1-89 728131,414 4309414,277

M1-90 728126,094 4309415,342

M1-91 728118,671 4309416,561

M1-92 728105,956 4309418,351

M1-93 728096,573 4309419,942

M1-94 728090,867 4309421,218

M1-95 728085,106 4309423,029

M1-96 728077,068 4309426,005

M1-97 728067,891 4309429,709

M1-98 728042,227 4309440,847

M1-99 728029,004 4309446,800

M1-100 728014,930 4309453,302

M1-101 728009,581 4309455,771

M1-102 728007,256 4309457,344

Segundo

Acordar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y su notificación a los municipios interesados, a la Diputación Provincial de València, a la Dirección General de Administración Local, al Instituto Geográfico Nacional y al Registro de entidades locales del Ministerio de Política Territorial.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación o desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Así mismo, se podrá interponer recurso ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

València, 4 de junio de 2024.– La directora del Institut Cartogràfic Valencià: Montserrat Tello Millán.

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