RESOLUCIÓN de 25 de abril, de la directora general de Personal Docente, por la que, en ejecución de sentencia judicial, se incluye a una aspirante en la lista de personas seleccionadas en el procedimiento selectivo para ingreso a cuerpos docentes convocado por la Orden 7/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. [2024/3865]

Por Orden 7/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (DOGV 8498), se convocó procedimiento selectivo de ingreso y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, profesores de Música y Artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño y profesores técnicos de Formación Profesional, en el que participó Maria Soledad Baños Pedros, por el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, ante el tribunal V9 de la especialidad de Orientación Educativa.

La señora Baños Pedrós no resultó seleccionada e interpuso recurso de alzada contra la baremación definitiva de méritos ante la Dirección General de Personal Docente, y contra su desestimación, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, el cual dictó sentencia núm. 697/2022, de fecha 4 de octubre, en cuyo fallo afirma:

«I. Se estima el recurso contencioso-administrativo 12/2020 interpuesto por M.ª Soledad Baños Pedros, contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada que, con fecha 28 de agosto de 2019, había planteado la actora contra el Acta de Valoración de la fase de concurso de méritos, de fecha 23 de julio de 2019, del tribunal V9, de la Especialidad Orientación Educativa, en el procedimiento selectivo de ingreso convocado por Orden 7/2019, de 28 de febrero, de 2019, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, para la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de Escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores de Artes plásticas y diseño y profesores técnicos de formación profesional y ampliado a la Resolución dictada en fecha 10 de marzo de 2020, de la directora general de centros y personal docente de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, por la que se desestima el referido recurso de alzada, que se anulan por ser contrarias a derecho»

II. «Se reconoce el derecho de la recurrente a que su experiencia docente previa sea valorada en el apartado 1.1a del anexo I de la Orden 7/2019, de 28 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, con los efectos que dicha valoración, en su caso pueda tener en la lista de aprobados.»

Aplicando la puntuación reconocida judicialmente en el apartado 1.1.a del baremo de méritos y hecha la ponderación prevista en la base 9 de la convocatoria, la señora Baños Pedrós obtiene una puntuación global de 6,9692 puntos, con lo que resulta como aspirante seleccionada de su tribunal.

En virtud de lo expuesto, resuelvo:

Primero

En ejecución de la sentencia núm. 697/2022 del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, modificar la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por la citada Orden 7/2019, en el sentido de incluir en la misma a María Soledad Baños Pedrós en el cuerpo docente de profesores de Enseñanza Secundaria, por la especialidad de Orientación Educativa, con una nota final de 6,9692 puntos.

Segundo

Modificar la Resolución de 12 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Personal Docente (DOGV 8636), por la que se nombra funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en dicho procedimiento selectivo, en el sentido de incluir en la misma a Maria Soledad Baños Pedrós, por la especialidad de Orientación Educativa del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria.

Dicho nombramiento quedará condicionado al cumplimiento por la aspirante de los requisitos exigidos en la base 2 de la convocatoria, lo que se verificará mediante el examen de la documentación que se establece en la base 10 de la misma, la cual deberá presentar en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Tercero

De acuerdo con la base 12 de la convocatoria, la realización del período de prácticas forma parte del proceso selectivo con una duración de un curso escolar, por lo que María Soledad Baños Pedros deberá llevarla a cabo durante curso 2024-2025, en los términos regulados en la Resolución de 12 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Personal Docente (DOGV 8636), para los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden 7/2019, de 28 febrero.

Frente a la presente resolución podrá promoverse, por las partes legitimadas, incidente de ejecución de sentencia ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

València, 25 de abril de 2024.– La directora general de Personal Docente: Sonia Amelia Sancho de Vicente.

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