RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2024, del director general de Centros Docentes, sobre la adscripción, a efectos de escolarización del alumnado, del centro privado concertado de Educación Infantil San Patricio, de Bétera, con código 46015320, al centro privado concertado de Educación Primaria y Secundaria Fundación San Vicente Ferrer, de San Antonio de Benagéber, con código 46023328. [2024/4051]
Antecedentes de hecho
La titularidad del centro privado concertado de Educación Infantil San Patricio, de Bétera, y la titularidad del centro privado concertado de Educación Primaria y Secundaria Fundación San Vicente Ferrer, de San Antonio de Benagéber, han solicitado conjuntamente la adscripción, a efectos de escolarización del alumnado, del centro privado concertado de Educación Infantil San Patricio, de Bétera, con código 46015320, al centro privado concertado de Educación Primaria y Secundaria Fundación San Vicente Ferrer, de San Antonio de Benagéber, con código 46023328.
La Dirección Territorial de Educación, Universidades y Empleo de Valencia, ha remitido la propuesta de modificación de la adscripción acompañada por el informe favorable de la Inspección Educativa y el acuerdo adoptado al respecto por del consejo escolar de los dos centros y por el consejo escolar municipal de ambas localidades.
Fundamentos de derecho
El Decreto 48/2024, de 23 de abril, de 2024, del Consell (DOGV Núm. 9.835 de 24.04.2024), por el cual se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunitat Valenciana, determina en el artículo 7 que, al efecto de la admisión, la conselleria competente en materia educativa podrá efectuar, a instancias de la titularidad, adscripciones entre centros privados concertados, con el estudio previo de las necesidades de escolarización y efectuada la correspondiente planificación educativa.
La Orden 8/2024, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo (DOGV número 9.836 de 25.04.2024), por la cual se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato y en los centros de educación especial en la Comunitat Valenciana, establece en el artículo 7 los criterios de adscripción de los centros privados concertados.
Así mismo, en el artículo 9 de la citada Orden 8/2024, se establece el procedimiento de adscripción entre centros privados concertados.
De acuerdo con el artículo 6 la Orden 8/2024, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 9.1 del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, resuelvo:
Primero
Estimar la petición de adscripción, a efectos de adscripción del alumnado, del centro privado concertado de Educación Infantil San Patricio, de Bétera, con código 46015320, al centro privado concertado de Educación Primaria y Secundaria Fundación San Vicente Ferrer, de San Antonio de Benagéber, con código 46023328.
Segundo
Esta adscripción se notificará a la titularidad de los centros educativos solicitantes y se hará constar en el Registro de centros de la Comunitat Valenciana.
Tercero
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Sin embargo, sus efectos se entenderán referidos al inicio de los procesos de escolarización del curso 2024-2025.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se crea oportuno.
València, 6 de mayo de 2024. El director general de Centros Docentes: Jorge Cabo Martínez.