RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2024, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se convoca la solicitud de asignaciones económicas extraordinarias para la creación y el mantenimiento de aulas de emprendimiento en los centros docentes de titularidad pública de la Conselleria de Educación,Universidades y Empleo, dentro del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU. [2024/3707]

El Plan para la Formación Profesional, el crecimiento económico y social, y la empleabilidad, derivado de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, que el Gobierno de España ha asumido, tiene como misión ofrecer respuesta a las necesidades de cualificación y recualificación de jóvenes y trabajadores futuros y actuales, en estos momentos de creación de un nuevo modelo de crecimiento económico y productivo.

Este plan, impulsado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes incorpora los planteamientos de Comunicaciones de la Comisión Europea al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, tales como una nueva agenda de capacidades para Europa: trabajar juntos para reforzar el capital humano, la empleabilidad y la competitividad, y de las recomendaciones del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea en materia de Formación Profesional y de competencias clave para el aprendizaje permanente.

El plan apuesta por el capital humano y el talento, y pretende garantizar una formación y cualificación profesional a toda la población, desde estudiantes de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo hasta la población activa. Se trata de convertir la Formación Profesional en una palanca para la modernización del país, incorporando, entre otras cosas, la digitalización, la innovación y el emprendimiento en el sistema de Formación Profesional.

Las aulas de emprendimiento no deben perder de vista los objetivos generales planteados por el Plan estatal de modernización de la Formación Profesional, que se detallan a continuación:

1. Sensibilizar al alumnado del centro educativo en el emprendimiento en general y en sus vertientes social, sostenible o colaborativo.

2. Consolidar las soft-vocational skills (habilidades personales, sociales y profesionales) como habilidades transversales y necesarias en el alumnado para triunfar como emprendedores y potenciar su autonomía, confianza y empleabilidad.

3. Crear un espacio-físico que incentive la creatividad, la innovación, el trabajo en equipo y, como consecuencia, la innovación y el emprendimiento.

4. Crear una red de colaboración, cooperación y alianzas entre centros educativos, empresas, instituciones y organizaciones del entorno comprometidos con el emprendimiento.

5. Generar experiencias reales e iniciales de emprendimiento en el alumnado participante.

Y, centrándonos en el objetivo 4, fiel reflejo de un programa que se va consolidando en la Comunitat Valenciana, hemos de añadir:

6. Organizar y/o participar en ferias de emprendimiento de mayor ámbito geográfico en colaboración con otras aulas de emprendimiento del entorno.

7. Participar en convocatorias de premios comarcales, regionales o nacionales de proyectos relacionados con el emprendimiento y las startups.

8. Ampliar el ecosistema emprendedor del centro educativo con semilleros o viveros de empresas en los que los proyectos nacidos en las aulas de emprendimiento puedan evolucionar

De conformidad con el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, serán subvencionables, a partir del 1 de febrero de 2020, las medidas de los planes de recuperación y resiliencia, entre las que se encuentra el Programa de cooperación territorial correspondiente al Plan de Formación Profesional para el crecimiento económico y social y la empleabilidad aprobado en Consejo de Ministros de fecha 15.12.2020.

El Reglamento establece las medidas de información, comunicación y publicidad, en particular, indica que los preceptores de fondos de la Unión harán mención del origen de la financiación y velarán por darle visibilidad, incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU».

Fruto de este plan, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 3 de mayo de 2023, y por Resolución de 21 de junio de 2023, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 7 de junio de 2023, que aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas, para el Plan de Modernización de la Formación Profesional, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y Formación Profesional 2023 y en el marco del componente 20 «Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional», del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (BOE 157, 03.07.2023), la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo ha recibido crédito por importe de 755.000,00 €, cantidad consignada en la aplicación presupuestaria 18.5005.32TB.4550 de los Presupuestos Generales del Estado para 2023, para financiar la actuación «Aulas de emprendimiento en Formación Profesional», objeto de uno de los subproyectos incluidos en el componente 20 del plan, a saber, el subproyecto C20.I02P.P03.

El hito del subproyecto citado, para el presente ejercicio económico, es el de financiar un total de 1.275 aulas, de las cuales 444 aulas de nueva creación, que se sumarán a las 457 creadas con fondos del ejercicio 2021 y a las 374 creadas con fondos del ejercicio 2022.

En la Comunitat Valenciana, en concreto, con el crédito recibido, se podrá financiar, por un lado, el mantenimiento de las aulas de emprendimiento creadas en los ejercicios anteriores, es decir 49 a cargo de los fondos del 2021 y 32 a cargo de los fondos del 2022, y por otro lado la creación de 70 aulas nuevas. En definitiva, la Comunitat Valenciana quiere disponer de un total de 151 aulas al finalizar esta convocatoria. Con dicha inversión se pretende canalizar las iniciativas emprendedoras del alumnado de los centros educativos, así como de los titulados en los últimos cursos y de los egresados, mediante un sistema de orientación, guía y tutela de las propuestas emprendedoras que ellos mismos aporten. Se trata de facilitar un apoyo técnico y de infraestructuras en estas fases iniciales críticas, especialmente para el alumnado más joven, y de crear un marco de desarrollo de tipo startup.

La Formación Profesional, que en el último periodo se ha presentado como uno de los ámbitos estratégicos de las políticas de esta Conselleria, ha dado muestra de su capacidad de incorporar innovación con la agilidad que los sectores productivos necesitan y contando con su apoyo. De ahí que la Formación Profesional se muestre, ahora también de una relevancia esencial, como una de las palancas del crecimiento económico y social tras esta crisis.

Así mismo, el Plan valenciano de impulso y mejora de la Formación Profesional tiene como objetivo central reforzar el nivel de competencias del conjunto de la ciudadanía, propiciando un modelo flexible que favorezca la cohesión social y que impulse nuevas capacidades profesionales relacionadas con las necesidades de los sectores productivos, e incentivar un sistema de evaluación de la formación y mejora de la calidad de la Formación Profesional.

Estos objetivos, marcados por las organizaciones e instituciones, y recogidos claramente en la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, obligan a implantar un modelo de gestión de la educación de Formación Profesional desde una óptica distinta a la usada hasta la actualidad: n modelo que facilite la integración de toda la Formación Profesional, que favorezca que cualquier ciudadano se forme a lo largo de la vida, y que tenga como objetivo fundamental la adquisición de competencias de una forma ágil y relacionada con las necesidades de los sectores productivos, incluyendo un seguimiento de la calidad de los resultados

En la Comunitat Valenciana, la creatividad, la innovación aplicada y la cultura emprendedora, son factores diferenciadores e imprimen unas características a las economías comarcales que dinamizan el territorio de forma segura y con perspectivas de futuro, sobre todo en territorios alejados de las grandes urbes.

Para intentar coordinar todos estos objetivos y crear sinergias entre todos los centros educativos que participan en las iniciativas de mejora de la Formación Profesional valenciana, el 29 de diciembre de 2021 la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte aprobó la creación de la Red Novigi y reguló los requisitos de participación y reconocimiento de centros docentes y profesorado adheridos a esta en la Comunitat Valenciana (Orden 47/2021 publicada en el DOGV núm. 9252 de 10.01.2022).

La Red Novigi impulsa el trabajo en equipo, estableciendo redes colaborativas entre centros de Formación Profesional y entre el profesorado que imparte docencia en dicho ámbito. El objetivo es la dinamización y la consolidación de la innovación pedagógica y organizativa como elemento clave de cambio de los modelos de aprendizaje en el conjunto del sistema público de Formación Profesional de la Comunitat Valenciana, evolucionando de modelos tradicionales a metodologías activas en las que el alumnado interviene como protagonista activo en su proceso de adquisición de competencias.

Los centros que se integren en la Red Novigi llevarán a cabo programas de metodologías activas de aprendizaje, de iniciativa emprendedora y de formación profesional integrada, adquiriendo el compromiso de participar activamente en un proceso continuo de mejora que conlleva innovar en todas las facetas educativas de los centros. Esta integración supone un distintivo que da visibilidad a su compromiso con los objetivos la red.

A los efectos de pertenecer a la Red Novigi, uno de los programas que se pretende que los centros educativos incorporen a su proyecto educativo es el programa «Emprén», dirigido a promover la cultura emprendedora y la creación de empresas en el entorno de los centros.

En consecuencia, mediante la presente resolución se convoca el procedimiento para realizar la solicitud de financiación extraordinaria con cargo a los fondos derivados del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU), siendo la finalidad de estas asignaciones en concreto la de mejorar los recursos de los centros para el mantenimiento o la creación de aulas de emprendimiento.

Vista la propuesta de la directora general de Formación Profesional y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, resuelvo:

Convocar la solicitud de asignaciones económicas extraordinarias para la creación y mantenimiento de aulas de emprendimiento en los centros docentes de titularidad pública de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, dentro del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, en base a lo siguiente:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación

Convocar procedimiento de solicitud de asignaciones económicas para los centros docentes de titularidad pública de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo que imparten Formación Profesional en la Comunitat Valenciana, estando destinadas las mismas a dar soporte por una parte a aulas de emprendimiento de nueva creación y por otra al mantenimiento de aquellas aulas de emprendimiento creadas en el año 2022, mediante procedimiento convocado por la Resolución de 7 de junio de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, y en el año 2023 mediante procedimiento convocado por la Resolución de 5 de abril de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

En cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de mayo quedan por tanto excluidos del procedimiento que se propone convocar mediante esta resolución los centros que crearon su aula de emprendimiento en el año 2021 con arreglo a Resolución de 20 de julio de 2021, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte al haber superado el periodo de tres años al que hace referencia el Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 3 de mayo de 2023.

Segundo. Financiación

La financiación de las cantidades asignadas a los centros públicos, con carácter de gasto extraordinario de funcionamiento, se abonará a cargo del capítulo 2 de la aplicación presupuestaria G01099900.422M00 del presupuesto de la Generalitat Valenciana del año 2024, por un importe global máximo de 755.000,00 euros.

Tercero. Objetivos

1. Canalizar iniciativas de emprendimiento del alumnado actual y del egresado.

2. Implantar procesos de orientación, guía y tutela de las ideas emprendedoras del alumnado.

3. Ofrecer soporte técnico e infraestructuras en las fases iniciales críticas de emprendimiento.

4. Desarrollar un marco de incubación e implementación de startups en los centros.

Cuarto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

1. El centro público que desee acogerse a esta resolución formalizará la solicitud mediante el formulario, según anexo I de la presente resolución, disponible en la página web siguiente: https://ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/empren

2. La solicitud será formalizada por la persona que tenga la representación legal del centro.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

4. Así mismo, se deberá haber reunido el claustro del centro y haber manifestado estar mayoritariamente de acuerdo con la tramitación de la solicitud. También se tendrá que haber reunido el consejo escolar o consejo social del centro y haber sido informado del contenido de esta resolución y del acuerdo del claustro de tramitar la solicitud, debiéndose acreditar documentalmente ambas circunstancias.

Quinto. Órgano instructor

La Dirección General de Formación Profesional.

Sexto. Procedimiento de dotación

1. Para efectuar el procedimiento de dotación, se atenderá la solicitud que el centro realice de forma telemática en la web indicada anteriormente.

2. Solo serán considerados centros solicitantes y, como tales, podrán ser seleccionados, aquellos que hayan presentado la solicitud completa y correctamente cumplimentada en los plazos y en la forma establecidos, ordenados según los siguientes criterios de baremación:

– Participación previa en el programa «Emprén»: 8 puntos.

– Aplicar metodologías activas de aprendizaje en el aula: 4 puntos.

– Tener implantado un proyecto de emprendimiento para el aula, atendiendo a los 8 objetivos reseñados en el preámbulo: hasta 8 puntos, 1 punto por objetivo contemplado.

– Estar desarrollando un proyecto de creación de espacios de emprendimiento en el centro: 3 puntos.

– Haber desarrollado proyectos de innovación en los últimos 5 años: 1 punto por cada proyecto hasta un máximo de 3 puntos.

3. Los centros que hayan creado su aula de emprendimiento en las dos convocatorias anteriores estarán exentos de baremación y para manifestar su voluntad de solicitar la asignación económica de mantenimiento del aula, tendrán que cumplimentar solo los apartados a), b) y d) de la solicitud. Por otro lado, tendrán que adjuntar la documentación requerida en el artículo 4.4 de esta norma.

4. El órgano instructor verificará que se han atendido los requisitos establecidos en la resolución. En caso contrario, la solicitud quedará excluida de manera definitiva.

5. Se ordenarán las solicitudes por puntuación. Los empates se dirimirán atendiendo al mayor número de alumnado cursando enseñanzas de Formación Profesional en el centro.

6. La asignación a recibir por cada centro es de 5.000 euros.

Séptimo. Inversión de la dotación

Las dotaciones económicas que se concedan se destinarán a cubrir gastos imputables hasta el 31 de diciembre de 2024 con las finalidades siguientes:

– Formación del profesor responsable del aula y su movilidad, estrictamente asociada a aulas de emprendimiento.

– Gastos derivados de las acciones y proyectos de emprendimiento puestos en marcha por el centro o en colaboración con otras organizaciones.

– Gastos directos en bienes y servicios, siempre y cuando no sean gastos de inmovilizado. En este caso, se podrá recurrir al arrendamiento, sin opción a compra. Los gastos de alquiler deberán ser conformes a los precios de mercado. En el caso de gastos por servicio integral de alquiler de bienes sin opción de compra, renting, su precio no podrá ser superior al coste de un alquiler más la contratación de servicios adicionales.

– Gastos relacionados con la información y difusión de la actuación.

Octavo. Resolución definitiva de la convocatoria

1. El plazo máximo para resolver la presente convocatoria es de cuatro meses desde la fecha de efectos. Vencido el plazo sin que se haya notificado resolución expresa, los centros interesados tendrán que considerar desestimada su solicitud.

2. A efectos de notificaciones, la resolución definitiva de la selección se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

3. La resolución definitiva contendrá la relación de centros docentes seleccionados y cuantías asignadas.

Noveno. Percepción de las dotaciones económicas

La entrega de la asignación económica se realizará, una vez concedida, por transferencia bancaria al centro docente por medio de orden de pago en firme, a propuesta de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, a cargo del presupuesto anual del ejercicio 2024.

Décimo. Justificación

1. Dado el carácter de sobredotación por gasto extraordinario de funcionamiento, el centro docente especificará los ingresos y gastos que se produzcan por razón de esta convocatoria en los documentos de control de la actividad económica.

Los centros adjuntarán la justificación del importe de la asignación económica concedida al balance anual que tienen que efectuar, de acuerdo con lo dispuesto por la Orden de 18 de mayo de 1995, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (DOGV 2526, 09.06.1995).

2. El centro guardará las facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa de los gastos efectuados para posteriores comprobaciones de la inversión con fecha comprendida entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

3. Tanto la dotación percibida por el centro como los gastos a cargo suyo se inscribirán tan pronto como sea posible, desde la fecha de efectos, en los apartados correspondientes de la gestión económica en ITACA y hasta el 31 de diciembre de 2024.

4. La dotación percibida por el centro educativo se inscribirá en el apartado de ingresos de la gestión económica de ITACA, concretamente, como recurso A, recursos procedentes de Conselleria, subcuenta 013 Extraordinarios, código 013EMPREN.

5. Los gastos se inscribirán, asimismo, dentro de la gestión económica de ITACA, desde la fecha de efectos, en la subcuenta justificativa específica con código 22601XNEMP.

6. El centro tendrá que invertir en el fin previsto la totalidad de la cantidad económica que se le asigne.

7. La remisión de la documentación contable justificativa deberá realizarse hasta el 31 de enero de 2025, mediante el procedimiento que establezca por instrucción la Dirección General de Formación Profesional.

8. Asimismo, hasta dicho 31 de enero de 2025, el centro habrá de remitir una memoria con la relación del material adquirido y una breve explicación de la finalidad y las actividades a las que se ha destinado la dotación. La memoria deberá incluir necesariamente las mediciones de los indicadores de rendimiento y calidad que se establecerán vía instrucciones por la Dirección General de Formación Profesional. Se deberá entregar también un certificado de que dicha memoria ha sido presentada al consejo escolar y al claustro del profesorado.

9. La memoria y la correcta inversión de la dotación podrán ser tenidas en cuenta en la baremación que se efectúe a los centros en futuras actuaciones que la Conselleria competente en materia de educación programe.

10. Los centros deberán poner en un lugar visible la placa publicitaria que reciban de la Dirección General de Formación Profesional que indicará que se trata de la actuación «Aulas de emprendimiento en centros de Formación Profesional», financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en el marco del Plan de modernización de la FP, dentro del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, mediante los fondos de la Unión Europea – NextGenerationEU.

Undécimo. Reconocimiento para el profesorado coordinador de aula de emprendimiento

1. La Subdirección general de Formación del Profesorado reconocerá 30 créditos al profesorado coordinador de la creación o mantenimiento del aula de emprendimiento, así como de la implementación del programa, y que haya presentado la memoria final con la debida justificación del gasto de la cantidad económica recibida.

2. Una vez recibida de la Dirección General de Formación Profesional la valoración final del desempeño del profesorado en el programa, el Servicio de Registro y Acreditación Docente registrará de oficio en su cuenta de formación los créditos referidos.

Duodécimo. Delegación

Se delega en la persona titular de la dirección general competente en materia de Formación Profesional del sistema educativo la facultad de resolver la convocatoria y conceder las asignaciones económicas a los centros docentes seleccionados, y se le autoriza a adoptar las medidas oportunas para el cumplimiento y la aplicación de esta resolución y también para resolver y notificar todas las incidencias que se planteen en su interpretación y ejecución.

Decimotercero. Efectos

Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente de ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Decimocuarto. Información y difusión

1. La Dirección de Formación Profesional realizará, en el marco de su competencia, las acciones convenientes para la información, difusión y visibilidad del programa.

2. Los equipos directivos de los centros docentes de titularidad pública establecerán las medidas necesarias para que esta resolución sea conocida por los miembros de la comunidad educativa.

3. Asimismo los centros docentes designados en la concesión garantizaran la visibilidad de la financiación de la Unión Europea-Next Generation EU y serán responsables de garantizar que el alumnado destinatario final del espacio de emprendimiento reconozca el origen de la financiación de la Unión Europea-Next Generation EU en el marco del Mecanismo de recuperación y resiliencia (MRR).

València, 25 de abril de 2024.– El conseller de Educación, Universidades y Empleo: José Antonio Rovira Jover.

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