RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2024, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se dispone el funcionamiento del Colegio de Educación Infantil y Primaria Número 2, con código de centro 03020964, en la localidad de Castalla. [2024/3170]

  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza
  • El Decreto 110/2023, de 12 de julio, del Consell, por el que se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria Número 2 en la localidad de Castalla (DOGV 9639, 14.07.2023), procede a la creación del citado centro por desglose del Colegio de Educación Infantil y Primaria Rico Sapena, con código de centro 03003668. La disposición final primera del citado decreto faculta a la conselleria competente en materia de educación para que adopte cuantas medidas sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de lo establecido en dicho decreto.

    Vistos el informe de la Inspección de Educación, así como la propuesta de la Dirección Territorial de Educación, Universidades y Empleo de Alicante, es procedente ordenar el inicio de las actividades del centro de nueva creación, y adoptar las medidas necesarias para que pueda desarrollar su actividad académica.

    En uso de las competencias que me otorga el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell; en virtud del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, y a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes y de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, y en conformidad con esta, resuelvo:

    Primero

    1. El inicio de las actividades académicas del Colegio de Educación Infantil y Primaria Número 2, de Castalla (Alicante), con código de centro 03020964, con efectos del inicio del curso escolar 2023-2024.

    2. El centro impartirá el Programa de educación plurilingüe e intercultural, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat, por la cual se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano, en los mismos términos que el Colegio de Educación Infantil y Primaria Rico Sapena, con código de centro 03003668, del cual se efectúa el desglose.

    Segundo

    El centro aplicará el plan específico de organización de la jornada escolar y los planes y proyectos que actualmente estaban en vigor a la finalización del curso escolar 2023-2024 en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Rico Sapena, con código de centro 03003668, del cual se efectúa el desglose; todo ello, en tanto el consejo escolar del Colegio de Educación Infantil y Primaria Número 2, de Castalla (Alicante), con código de centro 03020964, se constituya y opte por la modificación de los citados planes y proyectos.

    Tercero

    Lo establecido en esta resolución se inscribirá en el Registro de centros docentes de la Comunitat Valenciana.

    Cuarto

    Se autoriza a los distintos órganos de esta conselleria para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, adopten las medidas necesarias para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en la presente resolución.

    Quinto

    Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana; no obstante, sus efectos académicos se entienden referidos al inicio del curso escolar 2023-2024.

    Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar, potestativamente, un recurso de reposición o bien plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

    a) El recurso de reposición se deberá interponer ante el conseller de Educación, Universidades y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

    b) El recurso contencioso-administrativo deberá interponerse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

    Todo ello conforme a lo establecido en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

    València, 2 de abril de 2024.– El conseller de Educación, Universidades y Empleo p. d. (R 13.04.2022 / DOGV núm. 9328, de 29 de abril), el secretario autonómico de Educación: Daniel McEvoy Bravo.

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