Anuncio de la consulta pública previa del proyecto de orden de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo por la que se modifica parcialmente la Orden 12/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), dirigidas a la dinamización territorial para una nueva industria sostenible en la Comunitat Valenciana. [2024/3006]

En cumplimiento de lo que disponen los artículos 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 15.2 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de participación ciudadana y fomento del asociacionismo de la Comunitat Valenciana y 165.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, se plantea una consulta pública antes de la modificación parcial de la Orden 12/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), en materia de dinamización territorial para una nueva industria sostenible, con el fin de recabar la opinión de las personas y las organizaciones potencialmente afectadas, teniendo en cuenta el impacto que puede tener este texto.

A continuación se describen los problemas que se pretenden resolver con esta iniciativa reguladora, las razones de su necesidad y la oportunidad de su aprobación, los objetivos que se pretenden conseguir y un análisis de otras posibles alternativas (tanto de tipo normativo como de otra naturaleza) para dar solución a la problemática detectada. Las aportaciones y las opiniones referidas al proyecto se realizarán dentro del plazo antes citado a través del portal de participación ciudadana de la Generalitat GVA Participa, apartado «Legislación colaborativa» cuyo enlace es: https://gvaparticipa.gva.es/legislation/processes. También podrán presentarse a través de la dirección de correo electrónico: departamento_juridico@ivace.gva.es

València, 5 de abril de 2024.– El secretario autonómico de Industria, Comercio y Consumo (p. s. de la Dirección General del IVACE, R 27.10.2023, de la presidenta del IVACE): Felipe Javier Carrasco Torres.

Antecedentes

Orden 12/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), dirigidas a la dinamización territorial para una nueva industria sostenible en la Comunitat Valenciana (DOGV 8055, 05.06.2017)

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma.

La modificación de las bases reguladoras persigue actualizar el programa de dinamización territorial para una nueva industria sostenible en la Comunitat Valenciana. Además, adaptarse al nuevo Reglamento de minimis cuya entrada en vigor fue el 1 de enero de 2024.

Por otro lado, la relevancia que la revisión de las estrategias de las entidades beneficiarias previstas en estas bases reguladoras va adoptando ante los escenarios socioeconómicos cada vez más cambiantes, aconseja introducir algunos ajustes en sus criterios de concesión, para hacer más efectivas las futuras convocatorias de programas de ayuda que puedan producirse y asimismo mejorar la eficiencia en su instrucción.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Durante el tiempo de vigencia de las bases reguladoras se han identificado posibles mejoras que podrían redundar en una mayor eficacia e impacto de las ayudas previstas:

1. Como consecuencia de la publicación del Reglamento (UE) 2831/2023 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis y relativo al alcance del apartado 1 del art. 7 Disposición transitoria del citado reglamento respecto a las convocatorias publicadas por el Área de Empresas y Asociaciones recientemente, resulta conveniente por seguridad jurídica una modificación de las bases reguladoras.

2. Debido a la reformulación de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (RIS3 CV) que pasa a identificarse como S3CV, se propone actualizar las referencias a la misma y contemplar el apoyo a proyectos relacionados con las medidas previstas en esta y sus futuras reformulaciones.

3. Como resultado de la relevancia que está teniendo en el tejido empresarial el impacto derivado de cuestiones sociales, medioambientales y tecnológicas, ampliar el alcance de una de las actuaciones subvencionables previstas, consistente en la preparación y desarrollo de proyectos con efecto demostrador o tractor, contemplando aquellos de carácter estratégico que impulsen nuevas actividades innovadoras dentro de las empresas y que sean de interés para un colectivo amplio de empresas.

4. Al objeto de facilitar que las empresas beneficiarias puedan abordar en mejores condiciones la preparación de las cuentas justificativas de subvención basadas en la aportación de informe de auditor ROAC, se prevé que el gasto derivado del informe de revisión de la cuenta justificativa realizado por un auditor de cuentas sea subvencionable hasta una cuantía máxima que se pueda precisar en las respectivas convocatorias

Objetivos de la norma

Son objetivos de la norma regular los requisitos y condiciones de acceso a las ayudas que se convocarán por el IVACE en materia de Dinamización Territorial para conseguir la máxima eficacia e impacto.

Posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras

Actualmente no existe otra posible solución ni alternativa reguladora y no reguladora.

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