Anuncio de la consulta pública previa del proyecto de orden de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica parcialmente la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), en materia de I+D e innovación empresarial. [2024/3029]

En cumplimiento de lo que disponen los artículos 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 15.2 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de participación ciudadana y fomento del asociacionismo de la Comunitat Valenciana y 165.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, se plantea una consulta pública antes de la modificación parcial de la Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), en materia de I+D e innovación empresarial, con el fin de recabar la opinión de las personas y las organizaciones potencialmente afectadas, teniendo en cuenta el impacto que puede tener este texto.

A continuación se describen los problemas que se pretenden resolver con esta iniciativa reguladora, las razones de su necesidad y la oportunidad de su aprobación, los objetivos que se pretenden conseguir y un análisis de otras posibles alternativas (tanto de tipo normativo como de otra naturaleza) para dar solución a la problemática detectada. Las aportaciones y las opiniones referidas al proyecto se realizarán dentro del plazo antes citado a través del portal de participación ciudadana de la Generalitat GVA Participa, apartado «Legislación colaborativa» cuyo enlace es: https://gvaparticipa.gva.es/legislation/processes. También podrán presentarse a través de la dirección de correo electrónico: departamento_juridico@ivace.gva.es

València, 5 de abril de 2024.– El secretario autonómico de Industria, Comercio y Consumo (p. s. de la Dirección General del IVACE, R 27.10.2023, de la presidenta del IVACE): Felipe Javier Carrasco Torres.

Antecedentes

Orden 27/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de I+D e innovación empresarial por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, IVACE (DOGV 7927, 29.11.2016), modificada por la Orden 17/2018, de 23 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 8410, 25.10.2018) y por la Orden 11/2022, de 13 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 9450, 17.10.2022).

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma.

La modificación de las bases reguladoras persigue actualizar los programas de innovación, especialmente los relacionados con las tecnologías de la información y la transformación digital de las empresas. Además, adaptarse al nuevo Reglamento de minimis cuya entrada en vigor fue el 1 de enero de 2024.

Por otro lado, la ejecución de algunas convocatorias ha sido inferior a lo previsto debido a que las condiciones de otras ayudas autonómicas, nacionales y europeas han podido resultar más atractivas, en términos de intensidad o requisitos, para las potenciales empresas beneficiarias.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Durante el tiempo de vigencia de las bases reguladoras se han identificado posibles mejoras que podrían redundar en una mayor eficacia e impacto de las ayudas previstas:

1. Como consecuencia de la publicación del Reglamento (UE) 2831/2023 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis y relativo al alcance del apartado 1 del artículo 7 Disposición transitoria del citado reglamento respecto a las convocatorias publicadas por el Área de Empresas y Asociaciones recientemente, resulta conveniente por seguridad jurídica una modificación de las bases reguladoras.

2. A la vista de la importancia que tiene para la digitalización de las pymes poder contar con mayor apoyo para sus proyectos de implantación de soluciones innovadoras basadas en la incorporación y asimilación de tecnologías digitales y considerando, además, la componente innovadora de los citados proyectos, resulta necesario equiparar las intensidades de ayuda del programa DIGITALIZA-CV a las aplicadas en el programa INNOVA-CV.

3. Para la actuación subvencionable INNOVATeiC-CV del programa INNOVA-CV en la que se apoya el desarrollo de proyectos innovadores basados en las tecnologías de la electrónica, información y comunicaciones, se pretende ampliar el espectro de potenciales empresas beneficiarias (empresas intensivas en conocimiento en las que su actividad investigadora inicial generalmente la llevan a cabo los propios socios promotores) al eliminar el requisito de que también las empresas innovadoras con una antigüedad inferior a 5 años deban contar necesariamente con 2 personas trabajadoras por cuenta ajena.

4. Al objeto de facilitar que las empresas beneficiarias puedan abordar en mejores condiciones la preparación de las cuentas justificativas de subvención basadas en la aportación de informe de auditor ROAC, se prevé que el gasto derivado del informe de revisión de la cuenta justificativa realizado por un auditor de cuentas sea subvencionable hasta una cuantía máxima que se pueda precisar en las respectivas convocatorias

Objetivos de la norma

Son objetivos de la norma regular los requisitos y condiciones de acceso a las ayudas que se convocarán por el IVACE en materia de I+D e innovación empresarial para conseguir la máxima eficacia e impacto.

Posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras

Actualmente no existe otra posible solución ni alternativa reguladora y no reguladora.

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