RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2024, de la directora general de Dependencia y de las Personas Mayores, por la que se aprueba el Plan de control aplicable a las subvenciones de concurrencia competitiva otorgadas con cargo a las dotaciones presupuestarias de la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores en las líneas correspondientes a ayudas correspondientes al ejercicio 2024. [2024/3310]

El artículo 165.2.j) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, determina que las bases reguladoras de la concesión de subvenciones contendrán, entre otros aspectos, un método de comprobación de la realización de la actividad a través del correspondiente plan de control que se apruebe.

Por su parte, el artículo 169 de la citada Ley 1/2015, de 6 de febrero establece que el órgano concedente comprobará la adecuada justificación de la subvención, la realización de la actividad o el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención, así como si ha podido haber concurrencia con otras subvenciones, en los términos establecidos en el plan de control que al efecto deberá elaborar todo órgano que gestione una línea de ayudas financiada con fondos públicos. El mencionado plan deberá ser aprobado por el órgano concedente con carácter previo a su ejecución y en el mismo deberá constar como mínimo la información que exige dicho artículo.

En virtud de los preceptos mencionados, y de conformidad con las competencias atribuidas a esta dirección general en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, así como en el Decreto 132/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, resuelvo:

Primero

Aprobar el plan de control que se incorpora como anexo a esta resolución, elaborado por la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores, que será aplicable durante el procedimiento de concesión, ejecución y verificación de la justificación de subvenciones de concurrencia competitiva otorgadas con cargo a las dotaciones presupuestarias de este centro directivo en el 2024.

Segundo.

Publicar la presente resolución y el Plan de control en la página web de la Conselleria competente en materia de personas mayores, en la página: https://inclusio.gva.es/es/web/mayores/ajudes-i-subvencions, y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, que producirá efectos al día siguiente de su publicación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Familia y Servicios Sociales en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

València, 12 de abril de 2024.– La directora general de Dependencia y de las Personas Mayores: Beatriz Simón Castellets.

ANEXO

Plan de control aplicable a las subvenciones de concurrencia competitiva otorgadas con cargo a las dotaciones presupuestarias de la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores en el ejercicio 2024.

De conformidad con las previsiones establecidas en los artículos 165.2.j) y 169 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, durante el procedimiento de concesión y justificación de subvenciones deben adoptarse las medidas necesarias con la finalidad de comprobar y verificar la efectiva realización de las actividades subvencionadas, el cumplimiento de la finalidad o finalidades que motiven la concesión y la adecuada acreditación del destino dado a las cuantías otorgadas.

Para el subprograma presupuestario 313F00, Personas mayores, las líneas de ayuda sobre las que se aplicarán las medidas de control aquí establecidas son las que se relacionan a continuación:

Código de línea: S0280 PEIde emergencia y desarrollo

Código de línea: S0281 Actuaciones enfermedades neurodegenerativas

Código de línea: S0214 Programas de envejecimiento activo y soledad no deseada.

Código de línea: S0266 Programas tercera edad y asociacionismo

Código de línea: S0215 Becas profesionales DG

Código de línea: S0332 Premios Buenas Prácticas Centros de Mayores

Código de línea: S0233 Premios relatos enfermedades neurodegenerativas

Código de línea: S1485 Programa de termalismo valenciano

Código de línea: S1486 Programa de vacaciones sociales GVA

Sin perjuicio de las previsiones contenidas en las respectivas bases reguladoras y en las correspondientes resoluciones de convocatoria y de las que, asimismo este plan contempla, y que deberá ser interpretado, de forma conjunta y sistemática, se establecen los siguientes parámetros de control:

a) El tipo de control a realizar será preferentemente administrativo, basado en la documentación aportada junto con la solicitud y como justificación de la subvención a otorgar. A tal fin, se supervisará toda la documentación exigida en las bases reguladoras y en la resolución de las convocatorias, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones que como beneficiarios de estas subvenciones deben cumplir. Se requerirá, si procede, la aportación de los documentos complementarios que resulten precisos para comprobar, verificar y esclarecer cuantos extremos así lo exijan. Además, si se estima necesario, podrán llevarse a cabo comprobaciones in situ de la documentación establecida en las bases y en las respectivas convocatorias, o se les requerirá la información adicional que permita determinar el grado efectivo de ejecución del programa o actividad objeto de subvención.

b) El tipo de control material, que se realizará con posterioridad al control administrativo y al pago de la ayuda; dentro del conjunto de solicitudes presentadas a una misma convocatoria, se podrá seleccionar una muestra aleatoria, pero suficientemente representativa de cualesquiera documentos y otros elementos acreditativos de la realización de la actividad o actividades programadas. Adicionalmente, de forma debidamente motivada, se podrán aplicar criterios dirigidos a la realización de un muestreo específico para la comprobación de aspectos técnicos, económicos o administrativos determinados que se estimen de especial relevancia en el marco de una convocatoria.

Las actuaciones que se efectúan en desarrollo de este plan de control se realizarán a través de medios propios, personales y materiales.

En relación con los medios personales, corresponde a las direcciones territoriales de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda la realización de las actividades de control de las ayudas para la comprobación material de la realización efectiva de las actividades objeto de subvención, en las siguientes líneas de ayuda:

Código de línea: S0280 PEI de emergencia y desarrollo

Código de línea: S0281 Actuaciones enfermedades neurodegenerativas

Código de línea: S0214 Programas de envejecimiento activo y soledad no deseada.

Código de línea: S0266 Programas tercera edad y asociacionismo

Como resultado de las comprobaciones derivadas de este plan de control, las Direcciones Territoriales de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda podrán elaborar un informe de ejecución y evaluación de resultados en el que se haga constar la adecuación de la subvención a los objetivos propuestos. La direcciones territoriales darán traslado de dichos informes a la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores.

Corresponde a la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores la realización de las actividades de control de las ayudas para la comprobación material de la realización efectiva de las actividades objeto de las subvenciones, así como la posible elaboración del informe de ejecución y evaluación de los resultados indicados en el párrafo anterior, en las siguientes líneas de ayuda:

Código de línea: S0215 Becas profesionales DG

Código de línea: S0332 Premios Buenas Prácticas Centros de Mayores

Código de línea: S0233 Premios relatos enfermedades neurodegenerativas

Código de línea: S1485 Programa de termalismo valenciano

Código de línea: S1486 Programa de vacaciones sociales GVA

c) El porcentaje mínimo de subvención a controlar será del 5% del importe financiado en cada una de las líneas presupuestarias de la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores.

d) Reintegro: se exigirá el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago, en los casos en que se haya producido una alteración de las condiciones tenidas en cuenta para conceder la ayuda, en los términos previstos en el título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

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