Anuncio por el que se someten a nueva información pública las solicitudes de autorización de implantación en suelo no urbanizable, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, ocupación de vías pecuarias, y la declaración de utilidad pública, en concreto, correspondientes a una central fotovoltaica denominada FV Monforte I, y su infraestructura de evacuación, con potencia instalada de 4989 kW, a ubicar en el término municipal de Monforte del Cid. Expediente ATALFE/2022/48/03. [2024/3165]

A los efectos previstos en:

– el Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica,

– la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico,

– la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de impacto ambiental,

– la Ley 3/2014, de 11 de julio, de vías pecuarias de la Comunitat Valenciana,

– la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes,

– la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat, respecto a la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público,

– y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

se someten a nueva información pública las solicitudes de autorización de implantación en suelo no urbanizable, de autorización administrativa previa y de autorización administrativa de construcción, ocupación de vías pecuarias, y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se indica.

Peticionario: Amber Solar Power Treinta y Cinco, SL, CIF B88594072 y con domicilio social C/ Núñez De Balboa, 33 1ºa 28001 Madrid.

Tipo de central eléctrica: Central fotovoltaica denominada FV Monforte I, con potencia máxima total de los módulos fotovoltaicos: 5995,08 kW, potencia nominal del inversor: 4989 kW y capacidad de acceso concedida: 4500 kW.

Emplazamiento: término municipal de Monforte del Cid (Alicante).

Planta generadora: parcelas 42 y 239 del polígono 14 del término municipal de Monforte del Cid (Alicante).

Emplazamiento infraestructura de evacuación: Parcelas 9002 y 9014 del polígono 11; parcelas 28, 29, 36, 37, 38, 39, 40, 45, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 9003, 9004, 9006 y 9017 del polígono 12; parcelas 9001 y 9002 del polígono 13; parcelas 239 y 9001 del polígono 14; parcelas 511, 512, 507, 516, 517, 519, 520, 526, 546, 547, 579, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 610, 611, 612, 673, 678, 695, 9001, 9004, 9005, 9008 y 9019 del polígono 16; parcelas 18, 19, 21, 34, 38, 44, 45, 46, 47, 150, 151, 194, 9003, 9006 y 9007 del polígono 17 del término municipal de Monforte del Cid; parcelas 9024 y 9025 del polígono 20; parcelas 52, 9001 y 9005 del plígono 21; parcelas 16 y 9004 del polígono 22; parcela 262 del polígono 24 del término municipal de Novelda.

El expediente inicialmente fue sometido al trámite de información pública y consultas correspondientes por un plazo de quince (15) días, de acuerdo con las previsiones de los artículos 23 y 24 del Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell de la Generalitat. A tal efecto, se publicó anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 28 de octubre de 2022 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante de fecha 18 de octubre de 2022. Debido a las modificaciones sustanciales producidas en la infraestructura de evacuación por diferentes informes y/o consultas realizadas a los organismos/administraciones con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación eléctrica, se procede a esta nueva información pública de la instalación modificada.

Órgano competente para autorizar la instalación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.

Documentos sometidos a información pública:

– Proyecto de Instalación Solar Fotovoltaica FV Monforte I de 4,989 MWn (potencia instalada) Mediante Seguidor 1 eje.

– Proyecto de Centro de Entrega 20 kV FV Monforte

– L.M.T. 20 kV FV Monforte

– Estudio de integración paisajística

– Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios del Decreto ley 14/2020

– Estudio de impacto ambiental

– Pliego de prevención de riesgos forestales

– Plan de desmantelamiento y restitución del terreno y entorno afectado

– Documentación para la ocupación de vías pecuarias.

– Separatas dirigidas a:

• Ayuntamiento de Monforte del Cid.

• Ayuntamiento de Novelda.

• Confederación Hidrográfica del Júcar.

• ADIF.

• i-DE Redes eléctricas inteligentes, SAU.

• Red Eléctrica de España, SAU.

• Telefónica de España, SAU.

• Diputación de Alicante. Área de Carreteras.

• Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio. Dirección General del Medio Natural y Animal. Sección Forestal.

• Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio. Dirección General de Infraestructuras y Proyectos Urbanos.

• Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana.

– Relación de bienes y derechos afectados

– Memoria justificativa de la declaración de utilidad pública

Presupuesto: 3.344.731,40 €

Características principales:

Instalación fotovoltaica de 5995,08 kW de potencia en módulos fotovoltaicos ubicada en el municipio de Monforte del Cid, provincia de Alicante, ocupando una superficie vallada de 7,6794 hectáreas. Los módulos generan corriente continua que se transforma a corriente alterna y eleva a 30 kV, y que se evacúa mediante circuitos soterrados hasta el centro de entrega del cual partirá una línea aéreo-subterránea hasta la ST Novelda.

– Central fotovoltaica de 9516 módulos fotovoltaicos de 630 W cada uno, conectados en 366 series de 26 módulos, sobre seguidor a 1 eje (171 seguidores de 52 módulos y 32 seguidores de 26 módulos).

– Tensión de la central de 0,64/20 kV.

– Potencia nominal del inversor: 4989 kW, 3 inversores de 1663 kW y se limitarán con PPC para que no se supere la capacidad de acceso concedida.

– Potencia máxima total de los módulos fotovoltaicos (pico): 5995,08 kWp (en condiciones estándar).

– Capacidad de acceso concedida: 4500 kW.

– Potencia que consta en la garantía económica: 5000 kW

Finalidad: Generación de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica, así como su evacuación a la red de distribución de energía eléctrica.

Las vías pecuarias sobre las que se solicita la ocupación temporal son las siguientes:

– Vereda de Castilla.

– Vereda de los Frailes.

– Vereda del Cid.

La documentación será expuesta para consulta pública en la dirección electrónica https://cindi.gva.es/es/web/energia/alacant, en castellano y https://cindi.gva.es/va/web/energia/alacant, en valenciano, en el apartado Información pública, disponibles al día siguiente de la publicación.

El proyecto cuenta con informe de determinación de afecciones ambientales emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 19 de mayo de 2023, según lo establecido en el artículo 19.bis del Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica, donde resuelve la continuación del procedimiento al no apreciarse efectos significativos sobre el medio ambiente que requieran su sometimiento a un procedimiento de evaluación ambiental. Dicho informe se encuentra expuesto para consulta pública en la siguiente dirección electrónica https://agroambient.gva.es/es/web/evaluacion-ambiental/seguiment-d-expedients-d-avaluacio-d-impacte-ambiental-

Según establece el artículo 19bis.6 del Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, añadido por el Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, del Consell, se declaran de urgencia por razones de interés público los procedimientos de autorización de los proyectos de centrales fotovoltaicas y parques eólicos que hayan obtenido el informe favorable de determinación de afección ambiental, siempre que se presenten las solicitudes de autorización administrativa antes del 31 de diciembre de 2024. A estos proyectos les será aplicable la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Según la modificación realizada, en virtud del Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunidad Valenciana por la guerra de Ucrania, del artículo 33.1 del Decreto ley 14/2020, de 7 agosto, del Consell, los proyectos con una potencia de generación menor o igual a 10 MW tendrán carácter prioritario y se tramitarán por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con la Ley 39/2015, de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo ello, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia reduce a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, según se indica en el artículo 33 de la citada ley.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en la dirección electrónica indicada https://cindi.gva.es/es/web/energia/alacant, así como dirigir al citado servicio territorial las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, las cuales se podrán presentar vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al siguiente enlace https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15449&version=amp, o por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La incomparecencia en este trámite no impedirá a las personas que tengan la condición de interesadas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la interposición de los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.

Alicante, 2 de abril de 2024.– La jefa del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante: Rosa M.ª Aragonés Pomares.

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