RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Pesca por la que se autoriza la modificación del establecimiento de acuicultura marina, reg. 12, de Niordseas SL frente al término municipal de Villajoyosa. Expediente AMIA/03.0029. [2024/2892]

Vista la solicitud de fecha 14 de octubre de 2021, presentada por Rubén Tahíche Lacomba Sobrino como representante legal de NIORDSEAS, SL, con CIF: B62144076, para la modificación no sustancial de acuicultura en la instalación con número de registro 12, frente al término municipal de Villajoyosa (Alicante).

Visto el informe favorable del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental de fecha 20 de junio 2022.

Vista la resolución favorable de la Dirección General de la Costa y del Mar del Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico de fecha 27 de diciembre 2022, sobre la modificación no sustancial consistente en la redistribución del tamaño y número de jaulas y la reestructuración del fondeo de la barcaza de alimentación existente de la concesión de la que es titular, otorgada inicialmente a Gramamed, SL, por OM de 5 de noviembre de 1999, para ocupar 504.000 m² de dominio público marítimo-terrestre frente al término municipal de Villajoyosa (Alacant), así como otorgar a Niordseas, SL, la prórroga extraordinaria de la concesión de DPMT hasta el 5 de noviembre de 2074.

Visto el informe propuesta de la directora territorial de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca de Alicante de autorización de modificación no sustancial de fecha 22 de enero 2024.

De conformidad con lo establecido en el artículo 26 (autorización de actividades), de la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de la Generalitat, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Comunitat Valenciana y el Decreto 236/2022, de 30 de diciembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de autorización de la actividad de acuicultura, esta Dirección General de Pesca, resuelve:

Primero

Otorgar la autorización administrativa para la modificación no sustancial del establecimiento granja marina NIORDSEAS, SL, con CIF.: B62144076 en terrenos de dominio público marítimo terrestre frente a las costas del término municipal de Villajoyosa (Alicante).

Dicha modificación consiste en el cambio de la estructura de las instalaciones del establecimiento, quedando las características del establecimiento la siguiente manera:

Tipo de establecimiento: Granja marina

Tipo de instalación: 44 jaulas flotantes distribuidas en dos grupos de 2x6 celdas (jaulas de ø25m), un grupo de 1x6 celdas (jaulas de ø25m) y un grupo de 14 jaulas (ø32m) distribuidas en un grupo de 3x5, dejando vacía la celda central.

Tipo de explotación: engorde

Especies: Dorada (Sparus aurata), lubina (Dicentrarchus labrax), corvina (Argyrosomus regius) y seriola (Seriola dumerili).

Capacidad de producción anual: 200 t/año de dorada, 50 t/año de lubina, 3.200 t/año de corvina y 50 t/año de seriola

Capacidad máxima de carga del establecimiento: 6.342 t.

Ubicación vértices del establecimiento (coordenadas geográficas Datum WGS84/ETRS89, fus 30 Datum WGS84/ETRS89, huso 30):

LATITUD LONGITUD

A: 38º 29,992 N 0º 11,938 W

B: 38º 29,794 N 0º 11,834 W

C: 38º 29,672 N 0º 12,188 W

D: 38º 29,870 N 0º 12,299 W

E: 38º 29,543 N 0º 11,701 W

F: 38º 29,423 N 0º 12,056 W

Superficie ocupada: 504.000 m²

Volumen del conjunto de recintos: 422.801m³

El diseño de la estructura será según el especificado en el proyecto y su anexo, visados con fecha 5 de octubre 2021 (2021/000499/AA/VA-N) y 12 de noviembre 2021 (2021/000499/AB/VA-N) respectivamente, suscritos por el técnico Guillermo Estalrich Mezquida.

Segundo

Deberán cumplirse las condiciones y prescripciones establecidas en los instrumentos habilitantes expedidos por los órganos competentes, y en particular los condicionantes indicados en las resoluciones de Declaración de Impacto Ambiental, y de concesión de dominio público.

Tercero

En base al artículo 29 de control administrativo de la Ley 5/2017, los organismos competentes podrán inspeccionar la marcha de las obras a realizar, así como del funcionamiento del establecimiento, obligándose el titular a franquear la entrada a los inspectores y técnicos correspondientes.

Cuarto

La vigencia de esta autorización se concede con un carácter indefinido.

Las causas de extinción serán las dispuestas en el artículo 17 del Decreto 236/2022.

Quinto

La primera venta de las producciones obtenidas podrá realizarse en las lonjas de los puertos, en los propios centros de producción u otros establecimientos que se encuentren autorizados por la comunidad autónoma correspondiente.

Para poder efectuar la venta en el lugar de cría o producción, se requiere la obtención de la correspondiente autorización como establecimiento de primera venta.

Si la primera venta no se realizara en el lugar de cría, se autoriza el transporte de los lotes al establecimiento autorizado para realizar su primera venta, siempre que quede acreditada la trazabilidad de los mismos.

El titular del establecimiento deberá enviar al órgano competente de su comunidad autónoma, un resumen mensual donde se refleje el volumen de ventas expresado en kilogramos y el precio medio por kilogramo para cada una de las especies puestas a la venta. La remisión se realizará en la primera quincena del mes siguiente al que se refieren las operaciones de venta.

La información indicada en el párrafo anterior será remitida por el titular del establecimiento de producción en soporte informático, formato de fichero normalizado, en la primera quincena del mes siguiente al que se refieren los datos a la Subdirección General de Pesca de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Sexto

De acuerdo con lo establecido en el Capítulo III. Registro de establecimientos de acuicultura del Decreto 236/2022, en desarrollo del artículo 31 de la Ley 5/2017 por el que se crea y se regula el Registro de Establecimientos de Acuicultura de la Comunidad Valenciana, este establecimiento de acuicultura marina cuyo titular es NIORDSEAS, SL, con CIF.: B62144076 queda registrado con el número 03/012/000.

Séptimo

El incumplimiento de las prescripciones o condiciones aquí establecidas se sancionará administrativamente de conformidad con la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Comunitat Valenciana.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Agricultura Ganadería y Pesca en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el art 121 y 122 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

València, 25 de marzo de 2024.– El director general de Pesca: Francisco J. Espinós Gutiérrez.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
14186 {"title":"RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Pesca por la que se autoriza la modificación del establecimiento de acuicultura marina, reg. 12, de Niordseas SL frente al término municipal de Villajoyosa. Expediente AMIA\/03.0029. [2024\/2892]","published_date":"2024-04-10","region":"valencia","region_text":"Comunidad Valenciana","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-valencia","id":"14186"} valencia Actos administrativos,Conselleria de agricultura, ganadería y pesca,DOGV,DOGV 2024 nº 9825 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/valencia/boa/2024-04-10/14186-resolucion-25-marzo-2024-direccion-general-pesca-se-autoriza-modificacion-establecimiento-acuicultura-marina-reg-12-niordseas-sl-frente-termino-municipal-villajoyosa-expediente-amia-03-0029-2024-2892 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.