RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2024, del conseller de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se aprueba la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Arroz de Valencia. [2024/2558]

En fecha 26 de noviembre de 2023, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Arroz de Valencia presentó solicitud de modificación del pliego de condiciones y la documentación necesaria ante la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, con núm. de Registro GVRTE/2023/4734669. Dicha modificación tiene la finalidad de incluir 3 nuevas variedades. Se ha presentado la siguiente documentación:

– Solicitud de modificación

– Informe técnico sobre las nuevas variedades.

– Pliego de condiciones con las modificaciones introducidas.

– Documento único con las modificaciones introducidas.

Dicha modificación se justifica por la necesidad de incluir tres nuevas variedades: Campanar PV, Regina e Hispasur, directamente emparentadas con variedades ya incluidas en el pliego de condiciones y que tienen características similares a las ya incluidas pero que presentan mejoras agronómicas respecto a variedades ya amparadas manteniendo el mismo perfil organoléptico, como prueban los informes de sus obtentores adjuntados a la solicitud.

La tramitación de dicha modificación debe realizarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento (UE) número 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DOUE L343/1, 14.12.2012), y conforme al procedimiento previsto en el Real decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas (BOE 251, 18.10.2011), en su redacción vigente.

De acuerdo con lo previsto en el Real decreto 1335/2011, antes citado, se procedió a revisar la solicitud y la documentación aportada para comprobar que se cumplía con lo establecido en el artículo 53 del Reglamento (UE) 1151/2012 antes citado. Una vez finalizados los trámites anteriores, y vista la propuesta de resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, procede adoptar una decisión favorable a dicha modificación del pliego de condiciones, así como hacerla pública junto con el pliego de condiciones actualizado, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) número 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

Por lo expuesto, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 10/2023, de 19 de julio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones (DOGV 9643, 19.07.2023), en relación con las competencias que corresponden a esta conselleria, resuelvo:

Primero

Aprobar la decisión favorable a la modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de origen protegida Arroz de Valencia, una vez comprobado que se cumplen los requisitos del Reglamento (UE) número 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

Segundo

Publicar la versión del pliego de condiciones y documento único en la que se ha basado esta decisión favorable, en el portal agrario de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, en los siguientes enlaces:

https://breu.gva.es/b/N2TenARUTI

https://breu.gva.es/b/BpLBi1tJFz

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa

València, 15 de marzo de 2024.– El conseller de Agricultura, Ganadería y Pesca: José Luis Aguirre Larráuri.

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