RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Financiación, por la que se dispone la publicación de la relación de entidades adheridas al Código de Actuación de entidades financieras para las personas afectadas por el incendio del inmueble de Campanar. [2024/2569]
Se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el resuelvo tercero de la Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Financiación, por la que se dispone la publicación del Código de Actuación de entidades financieras para las personas afectadas por el incendio del inmueble de Campanar, mediante la publicación de la relación de entidades adheridas al mismo.
Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 133/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, en redacción dada por el Decreto 169/2023 de 3 de octubre del Consell, por el que se atribuye la materia de política financiera a la Dirección General de Financiación, y del artículo 70 de la ley 5/1983 de 30 de diciembre de Gobierno Valenciano, resuelvo:
Único
Publicación de la relación de entidades adheridas al Código de Actuación.
El anexo a la presente resolución contiene la relación de entidades adheridas al Código de Actuación de entidades financieras para las personas afectadas por el incendio del inmueble de Campanar. El referido anexo será objeto de periódica actualización a medida que se registren altas o bajas.
València, 22 de marzo de 2024.- El director general de Financiación: Nicolás Jannone Bellot.
ANEXO
Relación de entidades adheridas al Código de Actuación aplicable a las personas afectadas por el Incendio de Campanar
Código BDE Entidad
0049 BANCO SANTANDER, SA
0128 BANKINTER, SA
0182 BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA
0216 TARGOBANK, SA
2080 ABANCA CORPORACION BANCARIA, SA
2085 IBERCAJA BANCO, SA
2100 CAIXABANK, SA
3058 CAJAMAR CAJA RURAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO
3159 CAIXA POPULAR-CAIXA RURAL, S. COOP. DE CREDITO V.