RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2024, del vicepresidente primero y conseller de Cultura y Deporte, por la cual se nombra un vocal de la Junta Calificadora de Documentos Administrativos. [2024/2500]
El Decreto 189/2005, de 2 de diciembre (DOGV n.º 5150, de 07.11.2005), del Consell de la Generalitat, por el cual se regula la Junta Calificadora de Documentos Administrativos y el procedimiento de valoración, conservación y eliminación del patrimonio documental de los archivos públicos, establece, en el capítulo II, la composición, la duración del mandato, las funciones y el funcionamiento de la Junta Calificadora de Documentos Administrativos. También está previsto que los miembros de la Junta Calificadora de Documentos Administrativos, según el artículo 8 del mencionado decreto, serán nombrados por el titular de la conselleria competente en materia de cultura.
De acuerdo con esto, mediante Resolución 11 de febrero de 2021 (DOGV n.º 9021, de 16.02.2021), del conseller de Educación, Cultura y Deporte, fue nombrado, como vocal de la Junta Calificadora de Documentos Administrativos, Emilio Olmos Gimeno.
Recientemente, este vocal propuesto por el centro directivo competente en materia de administraciones públicas finaliza en su mandato como de miembro de la Junta Calificadora de Documentos Administrativos, por lo cual es procedente su cese mediante resolución del titular del órgano que lo ha nombrado y su sustitución por otro funcionario/a propuesto por el mencionado centro directivo competente en materia de administraciones públicas.
Por todo esto, resuelvo:
Primero. Sustitución de vocal
El cese de Emilio Olmos Gimeno como vocal de la Junta Calificadora de Documentos Administrativos y el nombramiento en sustitución suya de César Herrero Pombo, a propuesta del centro directivo competente en materia de administraciones públicas.
Segundo. Recursos
En conformidad con el que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición o bien se podrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso potestativo de reposición tendrá que interponerse ante el vicepresidente primero y conseller de Cultura y Deporte, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
b) El recurso contencioso-administrativo tendrá que ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 14 de marzo de 2024. El vicepresidente primero y conseller de Cultura y Deporte: Vicente José Barrera Simó.