RESOLUCIÓN 2024-RRHH-888-JUR, de 22 de enero de 2024, de la Presidencia del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón (CHPCS), por la cual se aprueban las bases y convocatoria para la provisión de los puestos de personal directivo director o directora gerentes, director o directora médicos y director o directora de enfermería, por el procedimiento de libre designación. [2024/2273]

  • Análisis documental

    Origen disposición: Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: concursos de traslados
  • El presidente del Consejo de Gobierno del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, en virtud de las atribuciones establecidas en el Acuerdo de delegación de atribuciones, aprobado por el Consejo de Gobierno del Consorcio de fecha 31 de mayo de 2021, apartado primero A, 2 y 4.

    Vista la necesidad de proceder a la provisión reglamentaria de los puestos de personal directivo del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón (en lo sucesivo CHPCS) correspondientes a Dirección Gerencia, Dirección Médica y Dirección de Enfermería

    Resultando que la plantilla y relación de puestos de trabajo (en lo sucesivo RPT) de CHPCS cuenta con los puestos de trabajo de personal directivo correspondientes a Dirección Gerencia (núm. 988), Dirección Médica (núm. 238), y Dirección de Enfermería (núm. 847), y que estos puestos están vacantes, y contemplados en los Estatutos del Consorcio y en el Decreto 30/2012, de 3 de febrero, del Consejo por el cual se modifica la estructura, funciones y régimen retributivo del personal directivo de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad, como puestos de personal directivo.

    Dado que la provisión de estos puestos de trabajo se tiene que efectuar por el sistema de libre designación atendiendo el que establece el artículo 115 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana, en conformidad con su clasificación a la RPT del CHPCS.

    Dado que previa negociación en sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación del CHPCS de fecha 23 de noviembre de 2022, el Consejo de Gobierno del CHPCS reunido en fecha 14 de diciembre de 2022 aprobó las bases generales para la provisión de plazas de carácter directivo, plazas de libre designación así como del resto de jefaturas de servicio, sección, grupo, equipo y puestos singularizados no asistenciales del CHPCS, y que este acuerdo fue publicado por Resolución 2022-RRHH-1366-JUR en el DOGV número 9508 de 10.01.2023.

    Visto que los Estatutos del CHPCS, DOGV número 7098 de 28.08.2013 en su artículo 24 establece que el nombramiento y cese de personal directivo es competencia del Consejo de Gobierno, y que, además, en el caso de personal directivo diferente al lugar de gerencia, escuchado el director gerente.

    Visto que el Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el cual se delegan atribuciones en materia de personal en varios órganos del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón atribuye competencia a la presidencia del Consejo de Gobierno para la aprobación de bases y convocatoria de los procesos de provisión de puestos de trabajo.

    Resultando que el Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón está adscrito a la Generalitat Valenciana a través de la Conselleria de Sanidad, Administración sanitaria responsable de la gestión de los servicios sanitarios en su ámbito territorial de actuación, y los actos del Consorcio sujetos directa o indirectamente al poder de decisión de esta administración.

    Resultando que de conformidad el artículo 80 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, el mencionado artículo 115 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana y la RPT del CHPCS, los puestos de personal directivo tienen que ser proveídos por el sistema libre designación la convocatoria del cual consistirá en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de las personas candidatas en relación con los requisitos y las funciones para el desempeño de la plaza, teniendo en cuenta el principio de igualdad real de mujeres y hombres y la prohibición de discriminación por razón de género, y tendiendo a la paridad de mujeres y hombres en este tipo de nombramientos y que se tendrán que resolver su adjudicación a la persona que considere más idónea para el lugar o declararlo desierto, aunque exista personal que reúna los requisitos exigidos si considera que ninguna resulta idónea para ejercerlo.

    En virtud de las consideraciones expuestas, la Presidencia del CHPCS resuelve:

    Primero. Convocatoria

    Convocar, mediante el sistema de libre designación, la provisión de los puestos de la RPT del CHPCS que se especifican al anexo II de acuerdo con las bases generales para la provisión mediante el sistema de libre designación de puestos directivos aprobados por Consejo de Gobierno del CHPCS en fecha 14 de diciembre de 2022, y publicadas mediante Resolución 2022-RRHH-1366-JUR en el DOGV número 9508 de 10.01.2023, respecto del objeto y fases del cual se especifica un resumen en el anexo I.

    Segundo. Publicidad

    Publicar la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

    Tercero. Recursos

    Esta resolución es definitiva en vía administrativa. Las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia del CHPCS en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Castelló de la Plana, de acuerdo con el que disponen los artículos 114 y 115 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo esto sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime conveniente.

    Lo manda y firma el presidente del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón.

    Castelló de la Plana, 22 de enero de 2024.– El presidente del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón (acuerdo delegación de competencias del Consejo de Gobierno del CHPCS de 31 de mayo de 2021; DOGV 9107, 15.06.2021): Marciano Gómez Gómez.

    ANEXO I

    Bases de la convocatoria

    1. Objeto

    Estas bases tienen por objeto regular la provisión, mediante el sistema de libre designación, de los puestos de la relación de puestos de personal directivo del CHPCS que se especifica al anexo II, atendiendo a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, garantizando la publicidad y concurrencia.

    2. Requisitos que tienen que reunir las personas aspirantes

    Además de reunir los requisitos generales del apartado 3 de las bases generales para la provisión de plazas de carácter directivo (...) aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno del CHPCS en fecha 14 de diciembre de 2022 y publicadas mediante Resolución 2022-RRHH-1366-JUR en el DOGV 9508 de 10.01.2023, tendrán que reunir los requisitos específicos contenidos para cada uno de los puestos, que se establecen al anexo II.

    3. Acreditación de los requisitos

    Los requisitos de admisión se tendrán que reunir a fecha del último día de plazo de presentación de instancias y mantener-se a lo largo de todo el proceso hasta la toma de posesión que sigue al nombramiento o firma del contrato de alta dirección.

    4. Solicitudes

    4.1. No obstante determinar las bases generales que la solicitud se realizará telemáticamente, por motivos informáticos temporales que dificultan su trámite electrónico y para garantizar la eficiencia del procedimiento, las solicitudes se tendrán que realizar a través del Registro de Entrada del CHPCS. Las personas interesadas rellenarán la solicitud de participación, conforme al modelo que figura en el anexo III, y la presentarán preferiblemente en el Registro General del CHPCS (av. Dr. Clarà 19, 12003 Castelló de las Plana), o mediante cualquier de las formas previstas en la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

    4.3. El correo electrónico que figure en las solicitud se considerará válido a efectos de notificación en relación con todos los trámites del procedimiento y será responsabilidad exclusiva de la persona interesada solicitante los errores en la consignación de los mismos y la comunicación al Consorcio de cualquier cambio que se produzca.

    4.4. Junto con la instancia de participación, las personas interesadas tendrán que aportar la siguiente documentación, original o copia debidamente compulsada:

    a) Documento nacional de identidad, o documento equivalente para las personas nacionales de otros estados.

    b) Certificado válido o documento bastante que acredite la condición de empleado/a público/a, con carácter laboral fijo, o funcionario/a de carrera, o estatutario/a fijo, ocupando plaza después de superación de proceso selectivo bien en el Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, en otra administración pública, en los servicios de salud o en centro sanitario de titularidad pública o en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud en los términos exigidos en los requisitos específicos.

    En el supuesto de personal funcionario de carrera, laboral fijo o estatutario fijo del CHPCS, la acreditación de tal condición, una vez declarada en la instancia por el solicitante, se aportará de oficio por el negociado de gestión de RRHH del CHPCS.

    c) Título universitario correspondiente al grupo de clasificación profesional A1 o A2 en el caso de la Dirección de Enfermería, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título y haber realizado el depósito para su expedición. Todo esto en los términos regulados para cada puesto de trabajo en los requisitos específicos contenidos en el anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas al extranjero, credencial que acredite la homologación que corresponda.

    d) Documentación expedida por el órgano competente que acredite el grado de carrera desarrollo profesional que se exige para cada puesto de trabajo como requisito específico en el anexo II.

    e) Currículum profesional o historial profesional de competencias y capacidades del personal aspirando, en el cual se resuma la formación y méritos académicos, la experiencia profesional y de gestión en el desempeño de cargos directivos en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud de gestión directa o indirecta a través de consorcios o contratos de gestión de servicio público conforme al establecido en Ley 15/1997, de 25 de abril, Servicios de Salud, centros sanitarios de titularidad pública, administraciones publica, o bien puestos de trabajo con funciones similares a las del lugar que se concursa, así como documentación justificativa de los méritos alegados, junto con una memoria explicativa de las líneas fundamentales y objetivos a conseguir en la plaza que se pide análisis del lugar, características, condiciones, medios necesarios, propuestas de mejora en el desarrollo de funciones y todas aquellas cuestiones que el aspirante considere de interés o importancia, la extensión de las cuales no podrá exceder de 20 folios.

    5. Valoración y resolución

    La Gerencia con una Comisión, de al menos 2 miembros nombrados para tal fin, comprobarán el cumplimiento de los requisitos de participación y en caso de proceder, podrá requerir a las personas interesadas porque en un plazo de 10 días hábiles realicen las alegaciones que procedan, procediendo a valorar los méritos acreditados por las personas solicitantes en relación con su currículum profesional así como una memoria explicativa de las líneas fundamentales a seguir y los objetivos a lograr en la plaza que se pide. Esta dirección emitirá informe propuesta de adjudicación, preceptivo y no vinculante, de entre la relación de las solicitudes que cumplen los requisitos y lo elevará al Consejo de Gobierno que resolverá conforme al dispuesto en el párrafo siguiente.

    En conformidad con el informe propuesta de valoración de las candidaturas presentadas y adjudicación, elevadas por la Dirección Gerencia al Consejo de Gobierno del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, y según el que establecen los estatutos del Consorcio en relación con nombramiento y cese de directivos, este órgano colegiado, escuchada la Dirección Gerencia del mismo, procederá a adoptar el acuerdo de nombramiento.

    En el supuesto de la provisión del lugar directivo de director/a gerente, las funciones atribuidas a la Dirección Gerente serán asumidas por la Dirección Económica a excepción del trámite de audiencia previa de la Dirección Gerencia a la resolución del Consejo de Gobierno del lugar de director/a gerente dado que estatutariamente no hay lugar al mencionado trámite (art. 24 de los Estatutos del CHPCS; DOGV 7098, 28.08.2013).

    Del actuado se dará traslado a los órganos competentes porque se ejecute el contenido de la resolución que se dicte.

    6. Resolución y nombramiento

    La persona aspirante seleccionada será nombrada mediante acuerdo del Consejo de Gobierno del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, que será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) mediante Resolución de la Presidencia del Consorcio y que servirá de notificación a todas las personas interesadas a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

    Las convocatorias podrán ser declaradas desiertas individualmente, por acuerdo motivado, cuando no concurran aspirantes idóneos para el desempeño de alguno de cada uno de los puestos convocados

    En el supuesto que las personas elegidas en cada uno de ellos renunciara al cargo antes de la toma de posesión, se formulará nueva propuesta de nombramiento.

    La persona que hubiera sido seleccionada para ocupar el lugar objeto de la presente convocatoria quedará en la situación administrativa que le corresponda según su vinculación y régimen jurídico de procedencia.

    7. Incorporación en la plaza

    En la resolución de la convocatoria por acuerdo del Consejo de Gobierno del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón se indicará el procedente en relación con la incorporación en la plaza de la persona seleccionada y el plazo o fecha para la toma de posesión.

    La persona nombrada para el desempeño por el procedimiento de libre designación, si se tercia, tendrá que ser cesada discrecionalmente por el mismo órgano que la nombró, sin perjuicio de la previsión del artículo 84.3 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.

    8. Vinculación

    Las presentes bases y en el que en ellas no se disponga expresamente y esté contenido en las bases generales publicadas en el DOGV 9508 de 10.01.2023 vinculan al CHPCS, al Consejo de Gobierno del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón y a quienes participan en este proceso.

    En todo aquello no expresamente regulados en las bases de la presente convocatoria o en las bases generales de provisión de puestos del CHPCS, resultará de aplicación la normativa autonómica, legal o reglamentaria, que regule los procesos selectivos de libre designación de personal directivo de instituciones sanitarias o centros sanitarios de titularidad pública y, en su defecto, normativa de personal directivo que resulte de aplicación.

    ANEXO II

    Puestos que se convocan

    Denominación: director/a gerente

    Número de puestos convocados: 1

    Número: 988

    Área funcional: Dirección Gerencia CHPCS

    Titulación: estar en posesión de titulación universitaria correspondiente al grupo de clasificación profesional A1, en conformidad con el que dispone el Decreto 30/2012, de 3 de febrero, del Consejo, así como ostentar capacidad adecuada para el desempeño del cargo.

    Nivel mínimo de carrera/desarrollo profesional: nivel 3

    Sugrupo A1

    Complemento de destino: 30

    Complemento específico: 2.263,76

    Forma de provisión: libre designación.

    Ubicación del lugar: CHPCS

    Denominación: director/a médico/a

    Número de puestos convocados: 1

    Número: 238

    Área funcional: Dirección Médica CHPCS

    Titulación: graduado/a, licenciado/a o doctor/a en Medicina y título de médico/a especialista, expedido por el ministerio competente, en cualquier especialidad, o bien la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, en conformidad con el que dispone la normativa vigente, así como ostentar capacidad adecuada para el desempeño del cargo.

    Nivel mínimo de carrera profesional: nivel 3

    Subgrupo A1

    Complemento de destino: 28

    Complemento específico: 2.214,08

    Forma de provisión: libre designación.

    Ubicación del lugar: CHPCS

    Denominación: director/a de Enfermería

    Número de puestos convocados: 1

    Número: 847

    Área funcional: Dirección Enfermería CHPCS

    Titulación: Graduado/a o Diplomado/a Universitario en Enfermería o ayudante técnico/a sanitario en conformidad con el que dispone la normativa vigente, así como ostentar capacidad adecuada para el desempeño del cargo.

    Nivel mínimo de carrera profesional: nivel 3

    Subgrupo A2

    Complemento de destino: 26.

    Complemento específico: 2.543,53

    Forma de provisión: libre designación.

    Ubicación del lugar: CHPCS

    En todos los supuestos, además de los requisitos específicos de titulación y nivel de carrera o desarrollo profesional especificados en cada lugar, los siguientes:

    Requisitos específicos: ser personal funcionario de carrera, personal estatutario fijo o personal laboral fijo del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, o personal que ostente la condición de estatutario fijo de los servicios de salud, personal funcionarial de carrera o personal laboral fijo seleccionado en procesos selectivos de las administraciones públicas o, que presten servicios en centros sanitarios de titularidad pública, o instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud gestionadas directamente o, indirectamente a través de consorcios o mediante contratos de gestión de servicio público por concesión, conforme al establecido en la Ley 15/1997, de 25 de abril.

    Funciones:

    – Las establecidas en los Estatutos del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, el Acuerdo de delegación de atribuciones del CHPCS y, en general, las establecidas en el Decreto 30/2012, de 3 de febrero, del Consejo por el cual se modifica la estructura, funciones y régimen retributivo del personal directivo de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad, así como los que en su momento proceda y queden reflejados en la normativa de organización y funcionamiento interno del CHPCS. En cualquier caso, todas aquellas establecidas dentro del funcionamiento de IISS y centros sanitarios de titularidad pública dependientes de la Conselleria de Sanidad.

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