RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2024, de la Presidencia del Consorci Hospital General Universitari de València (CHGUV), por la que se resuelve el proceso de evaluación del desempeño de diversas plazas de jefatura de carácter asistencial del CHGUV, correspondiente a las convocatorias CM/03/2006, CM/02/2018 y CM/03/2018. [2024/2544]

  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Consorcio Hospital General Universitario de València
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones
  • Las bases generales de los procesos de provisión de plazas que comporten jefatura, aprobadas por resolución de la Presidencia del CHGUV de fecha 15 de enero de 2018 (DOGV 8245, 01.03.2018), regulan en su base 18ª y en la disposición transitoria el proceso de evaluación, a efectos de continuidad en el desempeño de las plazas de jefatura en el ámbito del CHGUV.

    La referida base 18ª resulta de aplicación a las jefaturas de la convocatoria CM/03/2006, de conformidad con lo que establece la disposición transitoria de las mencionadas bases generales. Así, mediante resolución de la Presidencia del CHGUV de fecha 5 de abril de 2019 (DOGV 8533, 23.04.2019) se confirmaba en el desempeño de sus respectivas jefaturas a Empar Lurbe Ferrer, Ricardo Fabra Ramis y Cristóbal Zaragoza Fernández, con carácter temporal, con sometimiento a evaluación cuatrienal del desempeño y se establecía el periodo sujeto a evaluación y la fecha de presentación de la documentación requerida a tal efecto.

    Respecto de las plazas señaladas en el párrafo anterior no ha habido lugar a la realización del proceso de evaluación, bien por la situación de jubilación efectiva de las personas interesadas antes de proceder al mismo, bien por la manifestación expresa de interrumpir el proceso ya iniciado por causa asimismo de jubilación.

    En cuanto a las convocatorias CM/02/2018 y CM/03/2018, mediante resoluciones de la Presidencia del Consorci HGUV de fechas 23 de noviembre de 2018 (DOGV 8441, 11.12.2018) y 13 de marzo de 2019 (DOGV 8536, 26.04.2019) respectivamente, se resuelven las mismas y se establecen los efectos económico-administrativos de los correspondientes nombramientos, el carácter temporal de los mismos, y el sometimiento a evaluación de su desempeño por el periodo que en las mismas se señala. El apartado tercero de la referida resolución de 23 de noviembre de 2018 establece que de no hacerlo así, se considerará que renuncia a participar en el proceso de evaluación y, en consecuencia, a su continuidad en la plaza.

    La referida base 18ª establece asimismo en su apartado 18.3 que «la falta de presentación de la memoria de gestión supondrá la automática renuncia al proceso de evaluación y la finalización del nombramiento temporal obtenido inicialmente, reincorporándose la persona a su plaza básica o situación que corresponda». Este es el caso de la persona adscrita a la jefatura de servicio de Dermatología M-Q y Venereología, Desamparados Pérez Ferriols, empleada pública del Consorcio sujeta a régimen jurídico laboral con carácter fijo.

    A tal efecto, en los términos establecidos en las referidas bases generales, se ha llevado a término el presente proceso de evaluación, de las jefaturas asistenciales desempeñadas de manera efectiva durante el periodo establecido de cuatro años, y que figuran en el anexo a la presente resolución.

    Las respectivas comisiones de evaluación nombradas al efecto mediante resolución de la Presidencia del CHGUV de 7 de noviembre de 2023 (DOGV 9736, 30.11.2023), han informado respecto de las personas candidatas y propuesto su continuidad, en su caso, de los que figuran en el anexo a la presente resolución.

    En consideración al carácter de plaza vinculada de la jefatura de sección de Medicina Preventiva y Salud Pública y la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente de la Universitat de València de José Luis Alfonso Sánchez, la continuidad en el desempeño de la misma estará limitada a la permanencia de dicha plaza.

    En consecuencia, de acuerdo con las propuestas de las respectivas comisiones de evaluación y con las atribuciones del apartado primero del Acuerdo de 10 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno (DOGV 9354, 03.06.2022), por el que se delegan atribuciones en materia de personal, de contratación administrativa y gestión económica en diversos órganos del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia, la Presidencia del CHGUV, resuelve:

    Primero

    Confirmar a las personas que figuran en el anexo a la presente resolución, en el desempeño de la plaza que en cada caso se especifica.

    El nombramiento tiene carácter temporal y se encuentra sometido a evaluación cuatrienal del desempeño a efectos de su continuidad, en los términos previstos en las bases generales de provisión de plazas de jefatura aprobadas por la Resolución de 15 de enero de 2018, de la Presidencia del CHGUV (DOGV 8245, 01.03.2018).

    A tal efecto, las personas interesadas deberán presentar en la fecha que se indica en dicho anexo y referida al periodo que en el mismo se señala, la documentación y el proyecto-memoria establecidos en la base 18ª de las citadas bases generales. En caso de no hacerlo así, se considerará que renuncian a participar en el proceso de evaluación y, en consecuencia, a su continuidad en la plaza.

    Segundo

    Confirmar a José Luis Alfonso Sánchez, DNI **0851***, en el desempeño de la jefatura de sección de Medicina Preventiva y Salud Pública del CHGUV, plaza vinculada con la Universitat de València (núm. 74123), hasta su permanencia como funcionario de carrera del Cuerpo Docente de la UV en la misma.

    Tercero

    Dar por finalizado el nombramiento de carácter temporal de Desamparados Pérez Ferriols en la plaza de jefatura de servicio de Dermatología M-Q y Venereología, por lo que de conformidad con lo establecido en la base general 18ª mencionada en la parte expositiva de la presente resolución cesará en la misma, debiendo llevarse a cabo los actos administrativos que en consecuencia resulten procedentes, en los términos establecidos en la referida base 18ª.

    Por la Dirección de Recursos Humanos se realizarán los actos administrativos oportunos para la eficacia de esta resolución.

    Contra este acto que agota la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados del mismo modo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común; así como en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso–administrativa.

    València, 4 de marzo de 2024.– El presidente del CHGUV y conseller de Sanidad: Marciano Gómez Gómez.

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