RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se adjudican los premios extraordinarios de enseñanzas deportivas de régimen especial, convocados por la Resolución de 1 de junio de 2023, para el curso 2022-2023. [2024/2437]
La Orden 2/2015, de 21 de enero, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, crea y regula los premios extraordinarios de las enseñanzas deportivas de régimen especial, para la Comunitat Valenciana.
Asimismo, la Resolución de 1 de junio de 2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan, para la Comunitat Valenciana, los premios extraordinarios de las enseñanzas deportivas de régimen especial correspondientes al curso 2022-2023.
La citada orden establece en su artículo 7, punto 3, que la comisión de selección elevará la propuesta de adjudicación de los Premios Extraordinarios de enseñanzas deportivas de grado medio y superior y el acta de calificaciones finales de todo el alumnado presentado, para que la dirección general competente en materia de enseñanzas de régimen especial resuelva.
Vista la propuesta formulada por la comisión de selección de los premios, de fecha 27 de febrero de 2024, una vez realizadas las actuaciones previstas en las bases de la convocatoria y en virtud de las facultades que me concede la misma, resuelvo:
Primero
Adjudicar el Premio Extraordinario de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial correspondiente al alumnado que ha finalizado sus estudios de grado medio en el curso 2022-2023 y que se indica en el anexo I de esta resolución.
Segundo
Adjudicar el Premio Extraordinario de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial correspondiente al alumnado que ha finalizado sus estudios de grado superior en el curso 2022-2023 y que se indica en el anexo I de esta resolución.
Tercero
El alumnado premiado recibirá un diploma acreditativo y le será anotada esta distinción en su expediente académico por la secretaría del centro donde haya finalizado los estudios correspondientes.
Cuarto
La entrega de diplomas al alumnado se podrá realizar en un acto público, cuya fecha y lugar se comunicará oportunamente a las personas interesadas.
Quinto
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexto
De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
b) El recurso contencioso-administrativo deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
València, 11 de marzo de 2024. El director general de Centros Docentes: Jorge Cabo Martínez.