Extracto de la Resolución de 21 de marzo de 2024, de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2024, de subvenciones para apoyar actividades no económicas desarrolladas por asociaciones empresariales que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana. INENTI 2024 [2024/2536]
BDNS (identif.): 750636.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750636)
Primero. Objeto y ámbito de la convocatoria
El objeto de la presente resolución es convocar en el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, los siguientes programas de ayudas:
a) Programa I: Ayudas destinadas a apoyar actividades no económicas que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, desarrolladas por asociaciones empresariales sectoriales industriales vinculadas a los siguientes sectores de la Comunitat Valenciana: industria agroalimentaria, sector de la automoción, sector de biotecnología, sector cerámico, sectores del vidrio, áridos y materiales de construcción no metálicos, sector del cuero y calzado, sector de las energías, sector de envases y embalajes, sector espacial y aeronáutico, sector del juguete y de los productos infantiles, sector de la madera, mueble e iluminación, sector del mármol y de piedra natural, sector metal-mecánico, sector del plástico, sectores de la producción audiovisual y videojuegos, sector químico, sector textil, y sector de la valorización de materiales.
b) Programa II: Ayudas destinadas a apoyar actividades no económicas que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, desarrolladas por asociaciones empresariales multisectorial de ámbito comarcal.
Segundo. Financiación
1. Para el ejercicio 2024, las ayudas convocadas se financiarán con cargo a la línea S1461 del programa presupuestario 722A00, capítulo VII, hasta un importe global máximo estimado de 2.682.000 euros, procedentes de fondos propios de la Generalitat.
2. Se establece la siguiente distribución por programa y por sectores del importe global máximo de esta convocatoria, sin perjuicio de que a la misma se le otorga expresamente un carácter estimativo:
Programa I: Asociaciones sectoriales vinculadas a la industria Importe máximo
Industria agroalimentaria (CNAEs 10 y 11) y biotecnología 138.000
Automoción 138.000
Cerámica 138.000
Áridos, vidrio y otros materiales de construcción no metálicos 138.000
Cuero y calzado 138.000
Energías 138.000
Envases y embalajes 138.000
Espacial y de la aeronáutica 138.000
Juguete y productos infantiles 138.000
Madera, muebles y aparatos de iluminación 138.000
Mármol y piedra natural 138.000
Metal-mecánico 138.000
Plástico 138.000
Producción audiovisual y de videojuegos 138.000
Químico 138.000
Textil 138.000
Valorización de materiales 138.000
Subtotal programa I 2.346.000
Programa II: Asociaciones multisectoriales de ámbito comarcal 336.000
Tercero. Entidades beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias del programa de ayudas I, las asociaciones empresariales sectoriales y las agrupaciones empresariales innovadoras, y para proyectos en cooperación, los consorcios o agrupaciones sin personalidad jurídica, siempre que operen total o parcialmente en ámbitos sectoriales industriales de la Comunitat Valenciana, que tengan sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana, y justifiquen de manera suficiente su vinculación directa y la del proyecto de actuación con alguno o varios de los sectores objeto de esta convocatoria.
2. Podrán ser beneficiarias del programa de ayudas II, las asociaciones empresariales multisectoriales de ámbito comarcal, siempre que tengan sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana, al menos el 50 % de sus asociadas sean empresas industriales, y acrediten haber desarrollado actividad como asociación empresarial en esos ámbitos, al menos, en los años 2021, 2022 y 2023. No serán admisibles las solicitudes presentadas por fundaciones, agrupaciones o cualesquiera otras entidades sin ánimo de lucro que no estén debidamente constituidas como asociaciones empresariales multisectoriales de ámbito comarcal, e inscritas en los registros correspondientes.
3. Los centros tecnológicos por sí mismos no podrán obtener la condición de entidad beneficiaria única de estos programas, sin perjuicio de poder participar como entidad contratada o como integrante de una agrupación empresarial innovadora o de un consorcio sin personalidad jurídica.
Cuarto. Bases reguladoras
Orden 1/2024, de 30 de enero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar la reindustrialización de la economía de la Comunitat Valenciana (DOGV 9781, 05.02.2024).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 26 de marzo hasta el 16 de abril de 2024, ambos días incluidos. Solo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico de la Generalitat hasta las 23:59.59 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial peninsular española).
València, 21 de marzo de 2024. La consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo: Nuria Montes de Diego.