RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2024, de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso escolar 2023-2024 Consumópolis 19: Súmate a la energía responsable. [2024/2407]

El Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la Comunitat Valenciana recoge en el capítulo V de su título II el derecho que tienen las personas consumidoras y usuarias a recibir una educación y formación adecuada en materia de consumo. Es una de las prioridades de la Generalitat, el promover la educación de las personas consumidoras en los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

El ministerio con competencias en materia de consumo, a través de la Dirección General de Consumo, organiza junto con los organismos de consumo de las diferentes comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla el concurso escolar 2023-2024 Consumópolis 19, sobre consumo responsable: Súmate a la energía responsable, dirigido al alumnado matriculado en los cursos quinto y sexto de Educación Primaria, en Educación Secundaria Obligatoria y en Formación Profesional Básica de la Comunitat Valenciana.

Para el curso 2023-2024 la Comunitat Valenciana participa en la organización del concurso escolar Consumópolis 19: Súmate a la energía responsable cuyas bases reguladoras se recogen en la Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre, publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 230 de 25 de septiembre de 2021.

El objetivo de este concurso escolar es sensibilizar al alumnado de la importancia que tiene realizar actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria, responsable y sostenible.

De conformidad con el artículo 5.1 de las bases reguladoras del concurso, los organismos de consumo de las comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla organizadoras del concurso tramitarán, en su respectivo ámbito territorial, la convocatoria de los premios autonómicos de este concurso. Corresponde a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo las competencias de consumo, conforme a lo establecido en el Decreto 226/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.

Por ello, y en virtud de las facultades que me confieren el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 160.4 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, resuelvo:

Primero

1. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el concurso escolar 2023-2024 Consumópolis 19: Súmate a la energía responsable, en fase autonómica, de conformidad con las bases aprobadas por la Orden CSM/1008/2021, de 20 de septiembre, reguladoras de los premios del concurso escolar Consumópolis (BOE 230, 25.9.2021).

2. Serán beneficiarios de los premios objeto de esta convocatoria el alumnado que forma parte de los equipos ganadores y el personal docente coordinador de los mismos.

Segundo

El importe máximo global destinado a atender estos premios es de 6.000 euros y se financiará con cargo a la línea presupuestaria S0365, «Apoyo actuaciones específicas en materia de educación en consumo», del capítulo IV del programa presupuestario 443A00, Protección personas consumidoras y calidad de bienes y servicios, consignada en la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024.

Tercero

La presente convocatoria no precisa de su notificación o comunicación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por cuanto las subvenciones previstas en la presente convocatoria en ningún caso financiarán actividades económicas; todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 7.4 del Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

Cuarto

Solo podrán optar a los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso y, con posterioridad, acceder a la fase nacional del concurso, los equipos de los centros educativos, públicos, concertados o privados de la Comunitat Valenciana que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos por el personal docente coordinador en tiempo y forma en el sitio web de Consumópolis:

https://consumopolis.consumo.gob.es/concurso

Con ocasión de esta inscripción, tanto el personal docente coordinador, como cada concursante, declaran expresamente, en el apartado habilitado para tal fin en la página del concurso escolar «Consumópolis19», que conocen y acatan las bases reguladoras del concurso, reguladas por la Orden CSM/1008/2021, y sus instrucciones generales de participación.

b) Haber completado, todos los miembros del equipo, la primera parte del juego, resolviendo todas las pruebas durante el recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis, y también, la segunda parte del concurso, haciendo un trabajo en el que los cinco integrantes del equipo deberán diseñar, elaborar y presentar un vídeo musical que incluya la elaboración de una canción y una coreografía relacionadas con el lema «Súmate a la energía responsable» cuyo objetivo sea fomentar, entre los escolares, hábitos de consumo basados en la sostenibilidad y el ahorro energético, y convencer a su entorno familiar, social y escolar de la necesidad de hacer un uso responsable de la energía, en la forma que se detalla en las instrucciones generales de participación del Ministerio de Consumo, que se pueden encontrar en el sitio web arriba indicado.

c) Haber remitido, en tiempo y forma, a la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo, la ficha virtual identificativa del trabajo, así como las autorizaciones para la participación en Consumópolis de concursantes mayores de catorce años, o de los padres, madres o representantes legales en el caso de menores de catorce años.

Quinto

1. Las solicitudes de participación al concurso (una solicitud por cada equipo escolar participante) se presentarán de manera telemática en la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo por el personal docente coordinador, mediante certificado digital, a través del siguiente enlace:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2912&version=red

En la solicitud han de figurar los datos del centro educativo, el nivel en el que el equipo escolar participa, el nombre del equipo y el listado de todos los concursantes que lo componen, con indicación respecto de cada integrante, de su fecha de nacimiento y curso en el que está matriculado. Y será suscrita por el personal docente que coordine el equipo, con indicación de su cargo o especialidad y funciones.

Acompañará a la solicitud la siguiente documentación:

a) Se deberá aportar autorización expresa, de conformidad con el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público, a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, para que esta compruebe los datos de identidad, así como la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatal y autonómica, y con la Seguridad Social, del docente coordinador y de los representantes legales de los concursantes, y demás establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

El impreso de autorización (AUTDATSUBV) se descargará en el trámite telemático de la GVA.

Si de la comprobación efectuada resultase alguna discordancia con los datos facilitados por la persona interesada, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.

Si la persona interesada no presta dicho consentimiento, deberá aportar los documentos de acreditación de los datos mencionados.

b) Las autorizaciones firmadas para la participación en Consumópolis, deben descargarse del sitio web de Consumópolis, en la zona de Registro y Acceso coordinadores, o también clicando en el siguiente enlace:

https://consumopolis.consumo.gob.es/sites/default/files/docs/authorisat…

c) La ficha virtual identificativa de cada trabajo.

2. El plazo para presentar la solicitud del concurso y la documentación anexa comenzará el 22 de marzo de 2024 y finalizará el día 15 de abril de 2024.

La presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa de las bases reguladoras de la convocatoria por parte de todos los participantes del concurso y por los representantes legales, en su caso.

Además, también supondrá la aceptación por parte de los representantes de los menores a que el personal docente les represente en todos los trámites necesarios ante la administración convocante, y a que reciba el posible importe económico del premio en su nombre.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en la legislación vigente de procedimiento administrativo común, o no se acompañe de la documentación señalada en el punto anterior, se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se le considerará que desiste de su petición.

La enmienda o la aportación telemática de documentación se realizará utilizando el siguiente trámite de la Guía PROP. Aportación de documentación a un expediente abierto en la dirección general competente en materia de comercio y/o consumo de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados):

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18468&version=amp

Sexto

Los equipos estarán divididos en tres niveles de participación:

Nivel 1: quinto y sexto cursos de Educación Primaria.

Nivel 2: primero y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

Nivel 3: tercero y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica.

Séptimo

1. El desarrollo del concurso estará comprendido entre el 2 de octubre de 2023 y el 2 de abril de 2024, ambos inclusive.

2. El concurso consta de dos partes:

– En la primera parte del concurso, los cinco integrantes del equipo deberán completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis, que constará de 10 pruebas, de carácter pedagógico y lúdico, que se presentarán a los participantes a lo largo del mismo. Los concursantes podrán puntuar en las 10 pruebas de esta primera parte desde el 2 de octubre de 2023 al 18 de marzo de 2024, ambos inclusive.

– En la segunda parte del concurso, con la que se pretende fomentar el trabajo en equipo, los cinco integrantes deberán diseñar, elaborar y presentar un trabajo sobre consumo responsable, consistente en la realización de un video musical que incluya la elaboración de una canción y una coreografía relacionadas con el lema del concurso Súmate a la energía responsable. Las características específicas de dichos trabajos se detallan en las instrucciones generales de participación del concurso.

El material remitido por el personal docente debe ser original. La Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo, como organizadora del concurso, no se responsabilizará de ninguna reclamación que pudieran presentar terceros.

Estos trabajos deberán presentarse en formato electrónico y se subirán al espacio virtual habilitado a tal efecto en el sitio https://consumopolis.consumo.gob.es/home al que los equipos podrán acceder desde el 2 de octubre de 2023 hasta el 2 de abril de 2024, ambos inclusive, y desde donde, el personal docente coordinador podrá descargar la ficha virtual identificativa de cada trabajo.

Octavo

1. Los equipos seleccionados obtendrán los siguientes premios:

a) Un primer premio de 900,00 euros y la participación en la fase nacional del concurso, para el equipo que obtenga más puntos en cada uno de los niveles de participación.

b) Un segundo premio de 500,00 euros, para el equipo que quede en segundo lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación.

c) Un tercer premio de 300,00 euros, para el equipo que quede en tercer lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación.

2. Se establecen tres premios especiales de 300,00 euros cada uno, para el personal docente que coordine un mayor número de equipos en cada uno de los niveles de participación y que, al menos, uno de estos equipos haya sido finalista en dicho nivel. Cada docente coordinadora o coordinador solo podrá obtener uno de estos premios especiales.

En el supuesto de que se produzca un empate entre varios docentes, se otorgarán los premios a aquellos cuyos equipos sumen un mayor número de puntos en total. Si persiste el empate, se prorrateará el premio entre las personas docentes que continúan empatadas.

3. Al profesorado coordinador de los equipos en esta convocatoria se le podrán reconocer 30 horas de formación, en aplicación de la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, sobre el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas (DOGV 6893, 31.10.2012), y la Orden 54/2014, de 1 de julio (DOGV 7309, 03.07.2014) de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la acreditación y valoración de las actividades de formación permanente y otras actividades para la mejora de la calidad de la enseñanza que realicen los funcionarios docentes que imparten enseñanzas no universitarias de la Comunitat Valenciana, por el Servicio de Registro y Acreditación Docente, de acuerdo con la información certificada en el acta de participación final enviada por la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo.

4. Todos los participantes que completen el recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis obtendrán un diploma acreditativo de su participación en el concurso que podrán descargar del sitio web:

https://consumopolis.consumo.gob.es/concurso

Noveno

1. Para la selección de equipos con derecho a premio, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) La puntuación de las pruebas obtenida en el recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis, queda establecida de forma automática por el propio sistema en base a los criterios de conocimientos y habilidades detallados en las Instrucciones generales de participación.

b) El trabajo en equipo se puntuará de acuerdo con los siguientes criterios y baremos:

– Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: se valorará hasta 40 puntos.

– Creatividad y originalidad del trabajo: se valorará hasta 20 puntos.

– Presentación del trabajo: se valorará hasta 20 puntos.

– Calidad técnica: se valorará hasta 15 puntos.

– Calidad lingüística: se valorará hasta 5 puntos.

2. El jurado valorará cada una de las dos partes, el recorrido por la ciudad virtual y el trabajo en equipo, en el 50% cada una de ellas de la totalidad de la puntuación del concurso escolar, según los criterios establecidos en el apartado anterior.

Décimo

1. El jurado de los premios autonómicos estará compuesto por:

– Tres personas representantes de la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo designadas por la persona titular de la dirección general, que incluirá el nombramiento de la presidenta o el presidente del jurado.

– Una persona representante de la Subdirección General de Formación del Profesorado de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.

– Una persona representante del Institut Valencià de la Joventut.

– Actuará como secretario/a del jurado, con voz y sin voto, una persona funcionaria del servicio de Defensa de las Personas Consumidoras y Arbitraje de Consumo.

2. El funcionamiento del jurado se regirá por las normas contenidas en la sección 3 del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público, y tendrá facultades para resolver las dudas que puedan surgir en la interpretación de esta convocatoria y de las bases.

Undécimo

1. El jurado seleccionado al efecto comprobará en la plataforma virtual de Consumópolis19 las puntuaciones obtenidas por los equipos participantes, y valorará los trabajos en equipo conforme a los criterios establecidos en el apartado noveno.

2. El jurado elevará su decisión a la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, quien resolverá el otorgamiento de los premios. La resolución se notificará a las personas interesadas en los términos que prevé el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. El plazo máximo para resolver y notificar a quien gane el concurso será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución se entenderá que la persona solicitante no está entre los ganadores del concurso.

4. El jurado podrá declarar desiertos algunos de los premios.

5. Los premios concedidos serán publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de los mismos.

6. Contra la resolución de otorgamiento de los premios, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso-administrativa.

Duodécimo

La participación en el presente concurso escolar comportará el tratamiento de datos de carácter personal del personal docente solicitante y de los miembros de los equipos participantes por parte de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.

Así mismo, se le informa de:

1. Identidad del responsable del tratamiento: la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.

2. Finalidades o usos del tratamiento: regulación y gestión de convocatorias, participación y concesión de premios de los concursos en materia de consumo.

3. Categorías de interesados o afectados y origen de los datos: participantes en el concurso; representantes legales. Origen: directamente de la persona interesada o su representante legal.

4. Registro de Actividades de Tratamiento:

https://cindi.gva.es/documents/161328120/167503914/RATCON003.pdf

5. Derechos de las personas interesadas.

Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso rectificación, supresión y portabilidad de sus datos de carácter personal, limitación y oposición del tratamiento y no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para ejercitar los derechos tendrá que presentar un escrito ante la Subsecretaría de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo. Tendrá que especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, si no autoriza la obtención de datos de identidad del solicitante o, si procede, del representante legal, tendrá que aportar la correspondiente documentación acreditativa de la identidad y representación. También podrá ejercitar sus derechos de forma telemática a través del siguiente enlace:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19970

6. Si las personas interesadas entienden que se han visto perjudicadas por el tratamiento de sus datos o en el ejercicio de sus derechos, podrán contactar con el delegado/a de Protección de Datos de la Generalitat Valenciana a través de:

Dirección electrónica: dpd@gva.es

Delegado/a de Protección de Datos.

Dirección postal: paseo de la Alameda, 16, 46010 València

Dirección web:

https://participacio.gva.es/es/web/delegacion-de-proteccion-de-datos-gva

7. También tienen la posibilidad de presentar una reclamación ante la autoridad nacional de control en materia de protección de datos (Agencia Española de Protección de Datos-AEPD), especialmente cuando no haya obtenido respuesta satisfactoria en el ejercicio de sus derechos.

Puede contactar con ella a través del siguiente enlace

https://www.aepd.es

8. Más información de protección de datos.

https://cindi.gva.es/es/proteccion-datos

Decimotercero

Se faculta a la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, eficacia y ejecución de la presente resolución.

Decimocuarto

1. Los equipos ganadores del concurso se obligan a ceder a la Generalitat todos los derechos de explotación e imagen derivados de la publicación del trabajo, pudiendo utilizar la Generalitat, por sí misma o a través de terceras personas, físicas o jurídicas, de la forma que estime más conveniente para sus intereses, cualesquiera de las imágenes o elementos que conforman la publicación mencionada.

Asimismo, los equipos ganadores se obligan a asumir las responsabilidades que pudieran resultar de la utilización de los textos, imágenes y otros elementos creativos aportados por los mismos en la realización del trabajo y cuya propiedad sea de terceras personas o entidades ajenas a la presente convocatoria.

2. Los trabajos ganadores quedarán en propiedad de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de la Generalitat Valenciana.

Decimoquinto

Contra este acto, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta la presente convocatoria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

València, 15 de marzo de 2024.– La consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo: Nuria Montes De Diego.

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