Extracto de la Resolución de 11 de marzo de 2024, de la rectora de la Universidad de Alicante, por la que se convocan las ayudas a la movilidad Erasmus + Ka131 Prácticas, para estudiantes de doctorado de la Universidad de Alicante curso 2023-2024. [2024/2347]

  • Análisis documental

    Origen disposición: Universidad de Alicante
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Universidades
  • BDNS (identif.): 749039.

    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/749039)

    Primero. Beneficiarios

    Podrán solicitar la condición de beneficiario y obtener esta ayuda el alumnado que:

    · Esté matriculado en el curso 2023-2024 en un programa de doctorado de la UA y continúe matriculado en el curso 2024-2025 si la estancia se va a desarrollar a partir del 1 de octubre de 2024. Si tras la asignación de las ayudas la persona beneficiaria hubiera solicitado la expedición del título de doctor/a, se le tendrá por desistido de la convocatoria. No se podrá llevar a cabo la estancia una vez obtenido el título de doctor/a.

    · Posea la nacionalidad de un país participante en el programa «Erasmus+» o de terceros países, en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.

    · Los requisitos anteriores han de cumplirse, tanto en el momento de la solicitud, como durante el período de realización de la movilidad.

    · No haya realizado previamente en el mismo ciclo de estudios más de diez meses de movilidad Erasmus en cualquiera de sus modalidades (LLP-Erasmus, Erasmus Mundus, Erasmus+). El máximo de movilidad Erasmus permitida es de doce meses y una movilidad de prácticas debe tener como mínimo una duración de dos meses.

    · Aporte la aceptación de una entidad de acogida que cumpla los requisitos para acoger su estancia de formación práctica orientada a la investigación y con el visto bueno del director o la directora de su tesis (ver formulario en la página web de la convocatoria).

    · No sea beneficiario de ayudas concedidas para realizar prácticas en el extranjero a través de cualquier otra convocatoria de la Universidad de Alicante o de campus Iberus para la misma estancia.

    Segundo. Objeto

    El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la movilidad de estudiantes de doctorado para la realización de estancias para formación práctica orientada a la investigación en entidades colaboradoras ubicadas en los estados miembros de la UE y terceros países que participen en la financiación de fondos de política interior (KA131-HED) durante los cursos 2023-24 y 2024-25.

    Tercero. Bases reguladoras

    Las bases reguladoras y convocatoria están publicadas de manera conjunta en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante de día 13 de marzo de 2024, en la siguiente url:

    https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/49681

    Cuarto. Cuantía

    La dotación de las ayudas es de un máximo de 64.000 euros.

    Se concederá un máximo de 20 ayudas, con una duración máxima de seis meses y mínima de dos meses. Estas ayudas estarán constituidas por las aportaciones de los fondos comunitarios europeos a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), perteneciente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y de fondos propios de la UA. La cuantía total depende de la consignación presupuestaria de dichos organismos.

    Para la cuantía de la beca Erasmus +, el programa «Erasmus +» ha establecido tres grupos de países con tres cuantías diferentes según el nivel de vida de los diferentes países de destino:

    Grupo 1: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega y Suecia con 500 €/mes.

    Grupo 2: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos y Portugal, con 450 €/mes.

    Grupo 3: Bulgaria, Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Macedonia del Norte, Letonia, Lituania, Polonia, Rumanía, Serbia y Turquía, con 400 €/mes.

    Cuantía de la ayuda complementaria de la UA: la Escuela Internacional de Doctorado de la UA aportará una cantidad complementaria a la ayuda Erasmus de 200 € por cada mes de estancia con un máximo de seis meses.

    Las personas beneficiarias de una beca del MEC durante el curso inmediatamente anterior, recibirán 250 € adicionales de fondos Erasmus por cada mes completo de estancia (de un máximo de seis meses).

    La ayuda Erasmus asignada se abonará en un pago adelantado del 80 % tras la recepción de la confirmación de inicio de la estancia firmada y sellada por la entidad de acogida (documento que facilitará la Unidad de Prácticas), y el 20 % restante se abonará al finalizar la estancia de prácticas y comprobado que la persona beneficiaria ha enviado la documentación requerida para cerrar la estancia.

    La ayuda UA asignada se distribuirá en pagos mensuales.

    En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional 52ª del texto refundido de la Ley general de la seguridad social sobre inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o académicas externas en programas de formación, con vigencia desde el 1 de enero de 2024, el estudiantado beneficiario de estas ayudas estará incluido en la Seguridad Social en la cuenta de cotización de prácticas formativas remuneradas. La Universidad de Alicante asume la obligación de afiliación y de cotización de este alumnado durante la estancia formativa.

    Se reservará un 3 % del total de las ayudas disponibles para ser cubiertas por personas con diversidad funcional. En este caso, las personas aspirantes deberán acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. En el supuesto de no ser cubiertas estas ayudas, se acumularán a las ayudas del turno general. En el caso de personas con diversidad funcional, que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, percibirán además la financiación adicional constituida por las aportaciones de los fondos comunitarios europeos a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), perteneciente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Importes y gastos subvencionables se recogerán en el punto de apoyo a la inclusión de la resolución del SEPIE para la convocatoria 2023.

    En el caso de desplazamiento ecológico en un medio de transporte sostenible al país de realización de las prácticas, las personas beneficiarias recibirán la financiación adicional que determine la resolución del SEPIE para la convocatoria 2023, aportando la justificación oportuna y declaración responsable.

    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

    Habrá varios plazos para solicitar la ayuda:

    Primer plazo entre el 15 de marzo y el 31 de marzo de 2024.

    Segundo plazo entre el 1 y el 15 de mayo de 2024.

    Tercer plazo entre el 1 y el 15 de julio de 2024.

    Cuarto plazo entre el 1 y el 15 de octubre de 2024.

    Quinto plazo entre el 15 y el 31 de enero de 2025.

    Esta convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo.

    Sexto. Otros datos

    Criterios de adjudicación

    La asignación de ayudas se realizará siguiendo las siguientes fases:

    Fase 1. Admisión: verificación de requisitos

    Fase 2. Asignación: criterios de ordenación de las solicitudes admitidas:

    – Premio extraordinario de grado o de máster: 0,5 por premio (máximo de 1 punto)

    – Estudiantes a partir del tercer curso del programa de doctorado: 0,5 puntos.

    – Nota media del expediente de la titulación con la que se accedió al programa de doctorado: hasta 1 punto. El cálculo se realizará multiplicando la nota media por 0.1. Si el solicitante accedió al doctorado a través de las titulaciones de grado y máster, se calculará la nota media conjunta, aplicando la fórmula: (X1C1)+(X2C2)/(C1+C2), donde X1 y X2 representan las notas medias obtenidas en los títulos de grado y máster respectivamente; y C1 y C2 representan el número de créditos cursados en cada una de las respectivas titulaciones. En el caso de que el solicitante haya accedido al doctorado a través de los títulos de licenciado, ingeniero o arquitecto, se tendrá en cuenta la nota media de dicha titulación.

    – No haber sido beneficiario/a de una beca Erasmus Prácticas en convocatorias anteriores: 1 punto.

    La UA podrá no admitir una estancia si considera que el proyecto formativo investigador no está suficientemente desarrollado o no alcanza la calidad necesaria. En cualquier caso, el visto bueno del director o de la directora de la tesis será requisito necesario.

    Las estancias de formación práctica podrán comenzar con carácter general una vez publicada la resolución definitiva con la asignación de ayudas de cada período de solicitud y siempre y cuando conste en la unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado la documentación necesaria: convenio de subvención y acuerdo de aprendizaje Erasmus debidamente firmados; la ficha de alta de terceros y documentación requerida para tramitar los pagos de las ayudas y cumplir con las obligaciones relativas a la Seguridad Social.

    La fecha límite para terminar las estancias becadas en esta convocatoria será el 30 de junio de 2025.

    Alicante, 11 de marzo de 2024. La vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad (p. d. R 22.12.2020): Rosario Isabel Ferrer Cascales.

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