Anuncio por el que se someten a información pública las solicitudes de autorización de implantación en suelo no urbanizable, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, correspondientes a una central fotovoltaica denominada Bonalba FV y su infraestructura de evacuación, con potencia a instalar 6,29 MW, a ubicar en el término municipal de Mutxamel. Expediente ATALFE/2023/17/03. [2024/2021]

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
    Grupo Temático: Planes de urbanismo
    Descriptores:
      Temáticos: plan de urbanismo
      Descriptores toponímicos: Mutxamel
  • A los efectos previstos en:

    – el Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica,

    – la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico,

    – el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,

    – la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de impacto ambiental,

    – la Ley 3/2014, de 11 de julio, de vías pecuarias de la Comunitat Valenciana,

    – la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat, respecto a la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público,

    – y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

    se someten a información pública las solicitudes de autorización de implantación en suelo no urbanizable, de autorización administrativa previa y de autorización administrativa de construcción, de la instalación eléctrica que se indica:

    Peticionario: Leucanto Inversiones, SL, NIF B54253364 y con domicilio social en calle Periodista Pirula Arderius, núm. 4, CP 03001 Alicante.

    Tipo de central eléctrica: central fotovoltaica denominada Bonalba FV, con potencia a instalar 6,29 MW, incluidas sus infraestructuras de evacuación.

    Emplazamiento grupos generadores:

    – Las siguientes parcelas: del polígono 7, las parcelas 71 y 87, del término municipal de Mutxamel (Alicante).

    Emplazamiento infraestructura de evacuación exclusiva del promotor: polígono 7, parcela 71 del término municipal de Mutxamel (Alicante).

    Emplazamiento/Ubicación del centro de seccionamiento que se cederá al gestor de la red, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU: polígono 7, parcela 71 del término municipal de Mutxamel (Alicante).

    Emplazamiento/Ubicación de la línea de evacuación que se cederá al gestor de la red, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU: polígono 7, parcelas 66, 71 y 99 del término municipal de Mutxamel (Alicante).

    Órgano competente para autorizar la instalación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.

    Documentos sometidos a información pública:

    – Proyecto. Denominación: «Proyecto Técnico-Económico Instalación fotovoltaica Pr Bonalba 7,39MWp/6,29MW en Mutxamel (Alicante)».

    – Proyecto infraestructura de evacuación. Denominación: «Proyecto Técnico-Económico Centros de transformación de abonado, y líneas subterráneas de MT part. Bonalba en Mutxamel (Alicante)».

    – Proyecto infraestructura de evacuación a ceder al gestor de la red de distribución. Denominación: «Proyecto Técnico-Económico Centro de seccionamiento telemandado part. Bonalba en Mutxamel (Alicante)».

    – Proyecto infraestructura de evacuación a ceder al gestor de la red de distribución. Denominación: «Proyecto Técnico-Económico Líneas subterráneas de media tensión y derivaciones subterráneas part. Bonalba en Mutxamel (Alicante)».

    – Estudio de impacto ambiental.

    – Estudio de integración paisajística.

    – Estudio de inundabilidad.

    – Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios del Decreto ley 14/2020.

    – Plan de desmantelamiento y restitución del terreno y entorno afectado.

    – Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales.

    – Separatas dirigidas a:

    o Ayuntamiento de Mutxamel.

    o Confederación Hidrográfica del Júcar.

    o I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.

    Presupuesto de ejecución material: 4.318.844,18 €

    Características principales:

    Instalación fotovoltaica: la central fotovoltaica denominada Bonalba FV de 7,3905 MWp, está compuesta por un campo generador de 11.370 módulos fotovoltaicos de 650 Wp, montados directamente sobre el suelo en estructura fija. Estos módulos fotovoltaicos se conectan con 34 inversores de 185 kVA. Esto supone una potencia nominal de inversores de 6,29 MW. A su vez los inversores se conectan con la parte de Baja Tensión de dos transformadores para elevar la tensión y celdas de media tensión.

    Línea subterránea de interconexión desde el centro de transformación 1 hasta el centro de transformación 2, con conductor AL RHZ1 240mm² directamente enterrado y longitud 140 metros.

    Línea subterránea de evacuación desde el centro de transformación 2 hasta el nuevo centro de seccionamiento, con conductor AL HEPRZ1 300mm² directamente enterrado y longitud 135 metros.

    Nuevo centro de seccionamiento que se cederá al gestor de la red de distribución, desde donde parte una línea subterránea de doble circuito de evacuación hasta la línea existente propiedad del gestor de la red de distribución línea 24 – Bonalba de 20 kV de la ST El Cantalar (20 kV), en el tramo de línea comprendido entre los CT Lomas Bonalba – 904610996 y Marge MTX – 904612876 conectando mediante un entronque, en el que se utilizará conductor Al RHZ1 240 mm² bajo tubo, con una longitud total de 815 metros (1.630 m).

    El punto de conexión tiene afección sobre el nudo de transporte El Cantalar (220 kV).

    Finalidad: generación de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica, así como su evacuación a la red de transporte de energía eléctrica.

    Según la modificación realizada, en virtud del Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra de Ucrania, del artículo 33.1 del Decreto ley 14/2020, de 7 agosto, del Consell, los proyectos con una potencia de generación menor o igual a 10 MW tendrán carácter prioritario y se tramitarán por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo ello, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia reduce a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, según se indica en el artículo 33 de la citada ley.

    La documentación será expuesta para consulta pública en la siguiente dirección electrónica: http://cindi.gva.es/web/energia/alacant, en castellano y http://cindi.gva.es/va/web/energia/alacant, en valenciano, en el apartado «Información pública», disponibles al día siguiente de la publicación.

    Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en la dirección electrónica indicada https://cindi.gva.es/es/web/energia/alacant, así como dirigir al citado servicio territorial las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, las cuales se podrán presentar vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al siguiente enlace https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15449&version=amp, o por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    La incomparecencia en este trámite no impedirá a las personas que tengan la condición de interesadas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la interposición de los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.

    Alicante, 28 de febrero de 2024.– La jefa del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante: Rosa María Aragonés Pomares.

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