RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2024, del conseller de Educación, Universidades y Empleo, por la que se dispone el cese por renuncia de vocal y el nombramiento de representante del estudiantado, del Pleno del Consejo Valenciano de Universidades y Formación Superior. [2024/2066]

La Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de coordinación del sistema universitario valenciano, crea y regula, en el capítulo II del título III, el Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior, y establece en el artículo 25, punto 1 que, entre otros vocales, el Pleno del Consejo estará integrado, de acuerdo al apartado l, por cinco personas designadas por las Corts, por mayoría de dos tercios de los miembros de derecho de la Cámara, entre personas de reconocida competencia en el ámbito profesional, cultural, social, empresarial o de la investigación, y de acuerdo al apartado d, por un representante del estudiantado de cada una de las universidades del sistema universitario valenciano, elegidos entre ellos por el procedimiento que establezca cada Universidad.

El artículo 26.1 de la citada norma legal dispone que los miembros del pleno del Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior que no lo sean por razón de su cargo, serán nombrados por la persona titular de la conselleria competente en materia de universidades, previa designación por el órgano correspondiente, por un periodo de cuatro años y podrán ser renovados por periodos sucesivos de igual duración. En caso de producirse una vacante por renuncia o revocación de la designación, el nuevo miembro será nombrado por el periodo restante de mandato del miembro que ha cesado.

A tal efecto, el Pleno de las Corts, en sesión del día 7 de julio de 2016, de conformidad con el artículo 25.1.l de la mencionada Ley 4/2007, designa a Vicente José Palmer Andreu como vocal del Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior (BOC núm. 101, de 27.07.2016). En fecha 27 de febrero de 2024, Vicente José Palmer Andreu presenta la renuncia como vocal designado por las Corts en el Pleno del Consejo Valenciano de Universidades y Formación Superior.

El Consejo de Gobierno de la Universitat Politècnica de València, en su sesión de 1 de febrero de 2024, ha aprobado la designación de Javier Esquerdo Bernat, actual delegado de Alumnos y Alumnas de la misma, como representante del estudiantado en el Consejo Valenciano de Universidades y Formación Superior en sustitución de Rayan Faiz, nombrada por Resolución de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, de 30 de mayo de 2023 (DOGV 9613, 08.06.2023).

Visto lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de coordinación del sistema universitario valenciano, conforme a la propuesta del Consejo de Gobierno de la Universitat Politècnica de València, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, resuelvo:

Primero

Disponer el cese por renuncia de Vicente José Palmer Andreu como vocal del Pleno del Consejo Valenciano de Universidades y Formación Superior, en representación de las Corts.

Segundo

Nombrar a Javier Esquerdo Bernat como vocal del Pleno del Consejo Valenciano de Universidades y Formación Superior, en representación del estudiantado de la Universitat Politècnica de València, en sustitución de Rayan Faiz. La duración del mandato será hasta el 23 de febrero de 2026.

Tercero

La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

De conformidad con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la presente resolución que pone fin en la vía administrativa podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los siguientes órganos:

a) El recurso de reposición debe interponerse ante el conseller de Educación, Universidades y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá interponerse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 6 de marzo de 2024.– El conseller de Educación, Universidades y Empleo: José Antonio Rovira Jover.

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