RESOLUCIÓN de 17 de enero 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante de naturaleza funcionarial en la Conselleria de Sanidad, convocatoria número 1/2024. [2024/429]

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: concursos de traslados, personal de la Generalitat, Grupo C, subgrupo C1. Titulación de bachiller o técnico de formación profesional
  • De conformidad con el artículo 80 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 115.1 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana (en adelante LFPV), el procedimiento de libre designación con convocatoria pública consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad y de las competencias de las personas candidatas en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. Asimismo, el Real decreto legislativo 5/2015 establece que las leyes de desarrollo del mismo establecerán los criterios para determinar los puestos que, por su especial responsabilidad y confianza, puedan cubrirse por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública.

    Visto que hay un puesto de trabajo en la Conselleria de Sanidad, cuyo sistema de provisión es el de libre designación, conforme a lo dispuesto en el artículo 115.6 de la LFPV, y en las relaciones de puestos de trabajo de la Presidencia de la Generalitat y de las consellerias, así como de los organismos y entidades gestionados por la conselleria competente en materia de función pública, aprobadas por Resolución de 19 de abril de 2023, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública (DOGV 9580, 21.04.2023), y por Resolución de 29 de mayo de 2023, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública por la que se actualizan las relaciones de puestos de trabajo (DOGV 9609, 02.06.2023)

    En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 60 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, así como por el artículo 16 del Decreto 133/2023, de 10 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, resuelvo:

    Primero

    Convocar para su provisión por el sistema de libre designación el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo II de la presente resolución.

    Segundo

    Aprobar las bases que regirán la presente convocatoria y que figuran en el anexo I.

    Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

    València, 17 de enero de 2024.– El director general de Función Pública: Javier Lorente Gual.

    ANEXO I

    Bases de la convocatoria

    Primera. Requisitos de participación

    Podrán participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera de la administración de la Generalitat y el personal funcionario de otras administraciones públicas, que reúnan los requisitos para la provisión de los puestos de trabajo que se detallan en el anexo II de la presente resolución, así como las condiciones que establece la normativa vigente.

    Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.

    Segunda. Solicitudes de participación

    La solicitud, acompañada de un historial profesional de competencias y capacidades y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos -salvo que consten anotados en el Registro de Personal de la Generalitat-, se presentará en el Registro Electrónico de la Generalitat, a través de la página web de la Generalitat (www.gva.es, Guía PROP, Empleo público, apartado Descripción –indicar núm. de convocatoria y año (ej. 01/2021) , entrando en Convocatoria, Certificado telemático), o bien a través de la página web de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública

    https://hisenda.gva.es/es/web/recursos-humanos/

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 85.3 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, el personal participante que no tenga la condición de funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat deberá aportar, junto a la solicitud de participación, un certificado de su administración de origen en el que se haga constar:

    a) la condición de personal funcionario de carrera y sector de administración, general o especial,

    b) el cuerpo, escala o agrupación de personal funcionario de carrera a la que pertenece, así como las funciones y requisitos de acceso a la misma.

    Si la administración de origen no estuviera estructurada en cuerpos, escalas o cualquier otra agrupación de funcionarios, se especificarán las funciones y características del puesto de trabajo que desempeña en su administración de origen.

    c) la titulación que le sirvió para acceder al cuerpo, escala o agrupación al que pertenece.

    La no aportación de dicho certificado supondrá la exclusión de la persona participante en la convocatoria.

    El plazo de presentación será, en todo caso, de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Tercera. Comprobación del cumplimiento de los requisitos de participación

    La Dirección General de Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos de los participantes y, si procede, requerirá a las personas interesadas para que en un plazo de diez días hábiles realicen las subsanaciones que procedan.

    Una vez realizados los trámites anteriores, la Dirección General de Función Pública emitirá informe preceptivo y vinculante en relación con las solicitudes que cumplan los requisitos y lo remitirá a la Conselleria de Sanidad para su resolución conforme a lo previsto en la LFPV.

    Cuarta. Resolución de la convocatoria

    La persona titular del órgano competente resolverá, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 bien su adjudicación a la persona que considere más idónea para el desempeño de cada puesto de trabajo, bien que se declare desierto, aún existiendo personal que reúna los requisitos exigidos, si considera que ninguna resulta idónea para ejercerlo.

    Asimismo, si la persona adjudicataria del puesto de trabajo convocado fuera funcionario o funcionaria de otra administración, en la resolución se hará constar que no se integrará en la administración de la Generalitat, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la LFPV.

    La resolución deberá indicar que el cese en el actual puesto de trabajo, en su caso, se producirá de oficio el mismo día en el que se publique la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y que la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará el día siguiente al de la publicación, salvo que en la misma se disponga otra fecha.

    La resolución deberá remitirse a la Dirección General de Función Pública para su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Quinta. Plazo de resolución.

    La presente convocatoria se resolverá en un plazo no superior a tres meses, contados desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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