RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca para la elección de destino a las personas que han superado las pruebas selectivas de acceso a la agrupación profesional funcionarial, servicios de apoyo socio-sanitarios y educativos de la Administración de la Generalitat, escala ayudante de cocina, APF-05-02, convocatoria 138/18, turno libre general y personas con diversidad funcional, por el sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización de empleo, correspondientes a la oferta de empleo público de 2018 para personal de la Administración de la Generalitat. [2024/128]
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 11.01.2024 Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública Grupo Temático: Empleo público Descriptores: Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, personal de la Generalitat, Agrupaciones profesionales funcionariales (APF). Sin requisito de titulación
Mediante la Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública, se publica la relación definitiva de personas que han superado las pruebas selectivas de acceso a la agrupación profesional funcionarial, servicios de apoyo socio-sanitarios y educativos de la Administración de la Generalitat, escala ayudante de cocina, APF-05-02, convocatoria 138/18, turno libre general y personas con diversidad funcional, por el sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización de empleo, correspondientes a la oferta de empleo público de 2018 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9689 / 22.09.2023).
El artículo 21.1 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana dispone que, la adjudicación de destinos al personal de nuevo ingreso se efectuará, de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas, entre los puestos que han quedado vacantes tras el concurso previo del personal funcionario de carrera, y, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo. Estos destinos tendrán carácter definitivo.
De conformidad con el apartado 1 de la disposición transitoria sexta, de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, las personas aspirantes que accedan a la función pública de la Administración de la Generalitat mediante las convocatorias en curso a la entrada en vigor de la Ley, quedarán integradas en el cuerpo, escala o agrupación funcionarial correspondiente al puesto de trabajo al que optan, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente Ley. Por todo ello, las personas aprobadas en la convocatoria 138/18 se integrarán en la agrupación profesional funcionarial, agrupación de puestos de trabajo de ayudante de cocina APT-APF-05, de conformidad con la correspondencia prevista en los anexos II y III de la citada ley 4/2021.
Visto que Carlos López Ariza, Gloria Raquel Cerda Jover, Raquel Maroto Cabo, María del Carmen Sánchez García y María Gracia Rico Rico han presentado renuncia expresa en la convocatoria 138/18, no se le convoca para elección de puesto.
A los efectos de lo previsto en el artículo 68.1.d) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas en el artículo 16 del Decreto 133/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda, Economia y Administración Pública, resuelvo:
Primero
Convocar a las personas que han superado las pruebas selectivas correspondientes a la convocatoria 138/18, y que se relacionan en el anexo de esta resolución, para la elección de destino, en acto obligatorio, presencial y único, el día 16 de enero de 2023, a las 10.30 horas, en el salón de actos del edificio B de la Ciutat Administrativa 9 d'Octubre, calle de la Democracia, 77, 46018 València, a los efectos de su nombramiento como personal funcionario de carrera de la agrupación profesional funcionarial, agrupación de puestos de trabajo de ayudante de cocina APT-APF-05.
A las personas que, siendo ya personal funcionario de carrera de la agrupación profesional funcionarial APF, han aprobado esta convocatoria, no se les puede volver a nombrar. No obstante, se les habilitará en la agrupación de puestos de trabajo de ayudante de cocina APT-APF-05. A estos efectos, no elegirán puesto en el acto único convocado, excepto que, se encuentren en activo en la agrupación profesional funcionarial APF y desean optar por el puesto de la agrupación de puestos de trabajo de ayudante de cocina APT-APF-05.
Segundo
La elección de destino no otorga derecho alguno al ingreso en la función pública, que queda condicionado a que se dicten las correspondientes resoluciones de nombramiento como personal funcionario de carrera y de adjudicación del destino elegido, en la que se indicará la fecha de las tomas de posesión y ceses que se deriven.
Tercero
El listado de puestos a solicitar se publicará con una antelación mínima de 48 horas en la web de la Generalitat, www.gva.es, Guia PROP, ocupación pública, indicando número de convocatoria y año (138/18).
Cuarto
El puesto de trabajo elegido, que será adjudicado con destino definitivo, implicará la integración de las personas aspirantes seleccionadas en la agrupación profesional funcionarial, agrupación de puestos de trabajo de ayudante de cocina APT-APF-05.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la recepción de la notificación. Así mismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde el siguiente de la notificación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo que establecen los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
València, 8 de enero de 2024. El director general de Función Pública: Javier Lorente Gual.