Extracto de la convocatoria de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, de una beca de colaboración para el desarrollo del Programa Futuro Estudiantado. [2023/13095]
BDNS (identif.): 735028.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/735028).
Primero. Personas beneficiarias
Ser estudiante matriculada/o en cualquiera de los grados de Ingeniería de la UMH durante el presente curso académico 2023/24.
Segundo. Objeto
El objeto de la presente convocatoria consiste en completar la formación adquirida por estudiantes universitarios con el fin de desarrollar sus habilidades profesionales en el ámbito de la realización de acciones de gestión y coordinación de actividades que se enmarcan en el programa Futuro Estudiantado.
Tercero. Bases reguladoras
https://boumh.umh.es/files/2023/12/RR_03820_2023.pdf
Cuarto. Cuantía
La dotación económica bruta total a percibir por el becario asciende a de 500 euros mensuales. La cuantía total prevista inicialmente para el periodo de vigencia de la presente convocatoria asciende a 6.000 euros brutos en la anualidad de 2024, condicionado a la existencia de crédito que inicialmente resulte aprobado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y se cerrará transcurridos diez días hábiles desde su publicación en el DOGV.
Sexto. Otros datos
La resolución de concesión además de contener los solicitantes a los que se concede la subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, podrá incluir una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en la misma.
En este supuesto, si se renunciara a la subvención por alguno de los beneficiarios, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquel en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
Elche, 22 de diciembre de 2023. El rector: Juan José Ruíz Martínez.