Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la consellera de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, por la que se modifican la Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las Reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, y la Resolución de 21 de abril de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental por la que se conceden ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana. [2023/13149]

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
  • BDNS (identif.): 664573.

    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/664573

    El día 22 diciembre de 2022 se publicó en el DOGV la Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, de bases y convocatoria de las ayudas para la conservación de la biodiversidad en las Reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, cuya financiación se realiza mediante el instrumento excepcional de recuperación temporal denominado Next Generation EU y enmarcadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 4 «Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad» y dentro de la inversión 2, relativa a la «Conservación de la biodiversidad terrestre y marina».

    El día 20 de enero de 2023 se publicó en el DOGV la Resolución de 19 de enero de 2023, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se modifica la Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, por la que se modifican algunos aspectos de esta última.

    El día 3 de mayo de 2023 se publicó en el DOGV, la Resolución de 21 de abril de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental por la cual se conceden ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana.

    En respuesta a las necesidades que fueron surgiendo para el correcto desarrollo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada, por procedimiento escrito, del 23 al 31 de octubre de 2023, modifica y actualiza determinados acuerdos relativos al componente 4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por lo que se tiene que adecuar tanto la Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica como la Resolución de 21 de abril de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental.

    Por todo ello, en la resolución, de la cual es este su extracto, se resuelve:

    Primero

    Avocar la competencia atribuida al director general de Medio Natural y Animal en virtud de la Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, para la concesión de la subvención. Esta avocación se limita a este acto, de acuerdo con los resuelvos quinto y sexto, por motivos técnicos y jurídicos de simplificación en la tramitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

    Segundo

    El apartado cuarto de la Base Decimocuarta «Justificación y pago», de la Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, queda redactado del siguiente modo:

    «4. Previamente a la finalización de los trabajos y la solicitud de pago, el beneficiario está obligado a presentar el documento de comunicación de finalización de trabajos parciales (punto 2 de esta base decimocuarta) con el fin de justificar que a 31 de diciembre de 2024 la inversión realizada supera el 30 % de la prevista. Esta comunicación deberá presentarla antes del 15 de enero de 2025 (como fecha límite).»

    Tercero

    El apartado 3.f de la Base Decimoquinta «Obligaciones y compromisos de los beneficiarios», de la Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, queda redactado del siguiente modo:

    «f) Por medio de la aceptación de la ayuda la persona titular de la misma se compromete a cumplir los siguientes plazos:

    – inicio de los trabajos: entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, que es la fecha límite de compromiso de gasto.

    – ejecución de más del 30 % de la inversión prevista: 31 de diciembre de 2024.

    – ejecución del 100 % de la inversión prevista: 31 de mayo de 2026, salvo causa de fuerza mayor que deberá estar debidamente justificada.

    Sin perjuicio de la exención de responsabilidad administrativa en este supuesto, procederá el reintegro, total o parcial, de las cantidades que en cada caso puedan declararse indebidamente percibidas, incrementadas, en su caso, con el interés de demora correspondiente.

    Dichos plazos son los establecidos en el anexo: Segunda modificación y actualización de determinados acuerdos relativos a la componente 4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en su apartado 4. Modificación del compromiso de gasto y compromiso de nivel de ejecución intermedio de las actuaciones por los ejecutores finales en los acuerdos [Ac-AISPN] y [Ac-RRBB], con la redacción acordada en la sesión de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada por procedimiento escrito del 23 al 31 de octubre de 2023».

    Cuarto

    Párrafo primero del apartado séptimo, base decimosexta «Control, incumplimiento y reintegro», de la Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, queda redactado del siguiente modo:

    «7. Control de los abonos a cuenta: La parte ejecutada hasta el 30 de septiembre del año en curso será abonada previa presentación de la comunicación de finalización de trabajos o de trabajos parciales (apartado 12 de la base decimocuarta) en el plazo máximo de los 15 días siguientes al 30 de septiembre, a excepción del año 2025 que deberá realizarse antes del 15 de enero de 2025 conforme al apartado 4 de la base decimocuarta.»

    Quinto

    El apartado séptimo de la Resolución de 21 de abril de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental por la cual se conceden ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, queda redactado del siguiente modo:

    «Por medio de la aceptación de la ayuda, las entidades beneficiarias de la misma se comprometen, de conformidad con la Base decimoquinta de la base reguladora de las ayudas, a cumplir los siguientes plazos:

    – Todas las actuaciones objeto de financiación deberán haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2021, siendo obligatorio que se encuentren ejecutadas por los destinatarios finales en más de un 30 % de la inversión prevista, a 31 de diciembre de 2024.

    – Ejecutar el 100 % de la inversión prevista a 31 de mayo de 2026, salvo causa de fuerza mayor que deberá estar debidamente justificada.

    Sin perjuicio de la exención de responsabilidad administrativa en este supuesto, procederá el reintegro, total o parcial, de las cantidades que en cada caso puedan declararse indebidamente percibidas, incrementadas, en su caso, con el interés de demora correspondiente.»

    Sexto

    El primer párrafo del apartado octavo de la Resolución de 21 de abril de 2023, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental por la cual se conceden ayudas para la aplicación de medidas de conservación de la biodiversidad en las reservas de la Biosfera de la Comunitat Valenciana, queda redactado del siguiente modo:

    Octavo

    «Previamente a la finalización de los trabajos y la solicitud de pago, el beneficiario está obligado a presentar el documento de comunicación de finalización de trabajos parciales con el fin de justificar que a 31 de diciembre de 2024 la inversión realizada supera el 30 % de la prevista. Esta comunicación deberá presentarla como fecha límite antes del 15 de enero de 2025.»

    València, 27 de diciembre de 2023. La consellera de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio: Salomé Pradas Ten.

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