RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2023, del director del Institut Cartogràfic Valencià, por la que se aprueba la mejora en la precisión geométrica de la línea límite entre los municipios de Castalla e Ibi. [2023/12657]
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Análisis documental
Origen disposición: Institut Cartogràfic Valencià Grupo Temático: 000
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de mejora geométrica, se exponen los siguientes
Hechos
Con fecha 16 de diciembre de 2020, el Ayuntamiento de Ibi solicita al Institut Cartogràfic Valencià, (en adelante ICV), la mejora geométrica de las líneas que delimitan el término municipal (2020/E373).
Con fecha 23 de junio de 2022, el ICV comunica al Ayuntamiento de Castalla (2022/S26153320) y con fecha 29 de junio de 2022 al Ayuntamiento de Ibi (2022/S27137562), el inicio de los trabajos para la mejora geométrica de la línea, informa a los ayuntamientos sobre la naturaleza de los mismos, solicita su colaboración e informa sobre las empresas adjudicatarias que realizarán los trabajos dirigidos por el ICV.
Con fecha 31 de enero de 2023, concluyen los trabajos, por parte del ICV, de ejecución y control de calidad de la mejora geométrica de la línea entre los municipios de Castalla e Ibi situados en la provincia de Alicante.
Fundamentos de Derecho
Primero. Es función del ICV, de acuerdo con la letra i) del artículo 4.2 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià, la elaboración y el mantenimiento del mapa municipal, que consiste, de acuerdo con el artículo 41.1 de la misma ley, en la recuperación de las líneas límite de todos los municipios de la Comunitat Valenciana. En ese sentido el artículo 4.2.i también establece que es función del ICV el impulso de los trabajos de mejora geométrica de las líneas que delimitan los términos municipales de la Comunitat Valenciana.
Segundo. Dado el carácter exclusivamente técnico de la mejora geométrica de las líneas de término, el artículo 43.3 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià establece que el ICV planificará anualmente los trabajos y los ejecutará, previa comunicación a los ayuntamientos beneficiados y, una vez concluidos los trabajos de mejora geométrica se informará de las geometrías actualizadas a los ayuntamientos afectados.
Tercero. Así el segundo párrafo del artículo 43.3 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià establece que las geometrías mejoradas reflejarán fielmente la descripción de las líneas de término contenidas en las actas de delimitación originales aprobadas en su momento por los plenos de los ayuntamientos implicados y la mejora geométrica en ningún caso supondrá una alteración de la línea de término.
Vistos los fundamentos de derecho señalados, resuelvo
Primero
Aprobar la mejora de la precisión geométrica de la línea límite entre los municipios de Castalla e Ibi, situados en la provincia de Alicante, manteniendo lo acordado en el acta de delimitación municipal levantada por el Instituto Geográfico y Estadístico/Instituto Geográfico Nacional de 1898 y posterior acta adicional de 1947 entre los citados términos municipales.
Los mojones que delimitan los términos municipales resultantes de la mejora geométrica ejecutada se incluyen en el siguiente listado. El nombre establecido para cada punto es correlativo (M1, M2,..) en la dirección de avance de la línea, y en el caso de mojones de inicio y final de la línea, se indica el número de términos municipales adyacentes (M3T). Las coordenadas de los puntos se proporcionan en el sistema geodésico de referencia ETRS89, proyección cartográfica UTM, huso 30. La forma de unión entre dos mojones consecutivos se especifica en el campo de observaciones.
Coordenadas ETRS89 UTM Huso 30 (metros)
NOMBRE X Y Observaciones
M1-M3T 711178,931 4274043,674 Es común a Error: no se encontró el origen de la referencia,Error: no se encontró el origen de la referencia y Jijona
M2 708570,200 4274087,098 Recta
M3 708506,012 4274186,985 Recta
M4 708315,284 4274098,413 Normal a eje, eje de antiguo camino
M5-M3T 707352,015 4276332,165 Eje de antiguo camino, eje de antiguo azagador.
Es común a Error: no se encontró el origen de la referencia,Error: no se encontró el origen de la referencia y Onil
M5-Testigo 707349,027 4276340,987
En los casos en los que la geometría que define la línea límite entre mojones consecutivos no sea la línea recta, sino que se corresponde con un elemento geográfico: río, barranco, rambla, divisoria, camino, linde, etc., se proporcionan las coordenadas de los puntos de inflexión de la línea límite que separan los mojones definidos en el listado anterior. Los puntos de inflexión se denominan de manera correlativa con el prefijo del mojón precedente (M1-1, M1-2,...).
NOMBRE X ETRS89 UTM HUSO 30 (m) Y ETRS89 UTM HUSO 30 (m)
TRAMO ENTRE MOJÓN 3 Y MOJÓN 4
M3-1 708504,071 4274189,923
M3-2 708483,403 4274177,796
M3-3 708439,614 4274150,906
M3-4 708375,873 4274114,102
M3-5 708372,128 4274111,983
M3-6 708364,798 4274109,101
M3-7 708355,298 4274106,003
M3-8 708347,243 4274103,215
M3-9 708339,189 4274100,736
M3-10 708333,200 4274099,497
M3-11 708324,087 4274098,852
TRAMO ENTRE MOJÓN 4 Y MOJÓN 5
M4-1 708306,610 4274098,052
M4-2 708299,743 4274098,207
M4-3 708290,759 4274099,291
M4-4 708280,743 4274101,201
M4-5 708273,326 4274103,591
M4-6 708271,217 4274105,564
M4-7 708268,326 4274110,235
M4-8 708248,154 4274146,048
M4-9 708220,069 4274199,508
M4-10 708206,054 4274226,202
M4-11 708192,768 4274253,637
M4-12 708172,479 4274290,897
M4-13 708160,375 4274313,227
M4-14 708074,738 4274468,662
M4-15 708051,866 4274509,606
M4-16 708045,896 4274521,048
M4-17 707981,110 4274637,256
M4-18 707925,980 4274738,458
M4-19 707904,553 4274775,824
M4-20 707894,494 4274792,449
M4-21 707890,139 4274800,191
M4-22 707885,077 4274811,170
M4-23 707868,312 4274839,769
M4-24 707843,131 4274886,908
M4-25 707815,782 4274936,874
M4-26 707772,169 4275013,238
M4-27 707728,078 4275088,875
M4-28 707720,321 4275101,695
M4-29 707705,298 4275127,861
M4-30 707679,148 4275177,069
M4-31 707580,712 4275362,307
M4-32 707565,154 4275392,772
M4-33 707559,998 4275408,918
M4-34 707559,862 4275414,345
M4-35 707561,558 4275418,959
M4-36 707565,222 4275423,165
M4-37 707569,649 4275427,660
M4-38 707571,311 4275429,797
M4-39 707572,040 4275431,747
M4-40 707572,125 4275434,071
M4-41 707571,667 4275437,785
M4-42 707566,583 4275479,721
M4-43 707563,460 4275512,971
M4-44 707561,580 4275532,914
M4-45 707559,608 4275549,547
M4-46 707557,241 4275564,997
M4-47 707554,672 4275578,931
M4-48 707550,864 4275598,856
M4-49 707546,788 4275619,302
M4-50 707530,761 4275716,262
M4-51 707522,494 4275759,341
M4-52 707519,242 4275784,850
M4-53 707517,478 4275795,620
M4-54 707513,441 4275815,956
M4-55 707508,709 4275836,343
M4-56 707503,331 4275858,612
M4-57 707498,203 4275878,533
M4-58 707487,356 4275918,110
M4-59 707471,633 4275975,861
M4-60 707465,396 4275999,897
M4-61 707460,268 4276020,410
M4-62 707453,960 4276043,059
M4-63 707451,590 4276050,751
M4-64 707448,825 4276057,247
M4-65 707440,232 4276077,170
M4-66 707435,189 4276089,291
M4-67 707429,060 4276106,840
M4-68 707411,806 4276159,576
M4-69 707389,930 4276227,923
M4-70 707374,312 4276275,775
M4-71 707366,907 4276296,868
M4-72 707358,263 4276318,810
Segundo
Acordar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y su notificación a los municipios interesados, a la Diputación Provincial de Alicante, a la Dirección General de Administración Local, al Instituto Geográfico Nacional y al Registro de Entidades Locales del Ministerio de Política Territorial.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación o desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Así mismo, se podrá interponer recurso ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 13 de diciembre de 2023. El director del Institut Cartogràfic Valencià: Xavier Navarro i Garcia.