ACUERDO de 5 de diciembre de 2023, del Consell, por el que se incrementa la partida presupuestaria del Programa especial de productividad para la reducción de la demora asistencial en el Sistema Valenciano de Salud en 2023, regulado por el Acuerdo de 31 de marzo de 2023, del Consell. [2023/12417]

El Acuerdo del Consell de aprobación del Programa especial de productividad para la reducción de la demora asistencial en el Sistema Valenciano de Salud en 2023 (DOGV 9569, 05.04.2023), regula la participación voluntaria del personal de los equipos de Atención Primaria, fuera de su jornada ordinaria habitual y de atención continuada, en el Programa específico de reducción de la demora asistencial en el Sistema Valenciano de Salud, y establece el complemento retributivo de productividad que la remunera.

Tras el periodo de la pandemia causada por el Covid-19, la actividad quirúrgica en la red de hospitales del Sistema Valenciano de Salud se ha ido normalizando progresivamente. Esta normalización ha supuesto un incremento del número total de intervenciones quirúrgicas programadas, actividad que aún no se ha recuperado plenamente en relación con los años pre-pandemia debido principalmente al incremento de la complejidad de la programación quirúrgica ordinaria en horario de mañanas. En el periodo comparado de enero a octubre 2022 con 2023, el número de intervenciones programadas aumentaron en 17.730, un 7,21 %.

La aplicación del Acuerdo de 31 de marzo de 2023, del Consell, de aprobación del Programa especial de productividad para la reducción de la demora asistencial en el Sistema Valenciano de Salud en 2023, denominado Autoconcierto, supuso la incorporación de nuevos procedimientos de las especialidades con mayor prevalencia en las listas de espera, oftalmología, cirugía general y traumatología y cirugía ortopédica, así como la apertura del programa a los sábados dentro de la jornada ordinaria de trabajo, y la actualización de las tarifas con respecto a ejercicios anteriores.

Así en el periodo comparado de enero a octubre 2022 con 2023, el número de intervenciones realizadas en el Programa de autoconcierto quirúrgico aumentó en 4.049, un 12,25 %; y en el periodo comparado de enero a octubre 2022 con 2023, además, la actividad realizada en pruebas diagnósticas y terapéuticas aumentó de forma significativa.

En cuanto a los procedimientos de gestión del Programa de reducción de la demora asistencial (tanto quirúrgica como de técnicas) respecto a los pacientes de otros departamentos (extraconciertos), cabe destacar el papel cada vez mayor que ha supuesto este último, debido a la importante falta de facultativos en diferentes especialidades como son Anestesia, Radiología, Cardiología…, que afecta principalmente a los hospitales comarcales o periféricos, con escasa capacidad de respuesta y poca atracción de especialistas de otras comunidades. Esto implica una necesidad de apoyo de otros departamentos para asegurar la equidad en la asistencia y no recurrir, en lo posible, al desplazamiento de los pacientes con la incomodidad que para ellos y sus familias conlleva, sino al de los propios facultativos, lo que supone un incremento económico respecto al autoconcierto. Igualmente se ha tenido que recurrir a la lectura de RM en departamentos diferentes del originario de la petición, por el motivo anteriormente expuesto.

Por último, la apertura dentro de la jornada ordinaria de trabajo de los sábados para el autoconcierto ha sido una de las novedades que ha aportado el último acuerdo, actividad indicada para la resolución de la LEQ de especialidades quirúrgicas de referencia o de procesos prevalentes de compleja resolución. Esta actividad también conlleva un incremento económico respecto a la realizada de lunes a viernes.

La dedicación del personal participante en este programa requiere la oportuna compensación económica. En el caso del personal estatutario, este tipo de actividad adicional puede integrarse en el complemento de productividad, que tal como establece la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud en su artículo 43.2.c está destinado a retribuir, entre otras cosas, la participación del personal en programas o actividades concretas, tal como sucede en el presente caso. Se trata de actividades llevadas a cabo fuera de su jornada ordinaria y de atención continuada, lo cual justifica la necesidad de establecer unas retribuciones específicas directamente vinculadas a la realización efectiva de las actividades previstas.

Según consta en el acuerdo del Consell de aprobación del Programa especial de productividad para la reducción de la demora asistencial en el Sistema Valenciano de Salud en 2023, el Decreto del 91/2021, de 2 de julio, del Consell, regula el sistema de incentivación retributiva del personal gestionado por la conselleria competente en sanidad, e incluye un capítulo con el fin de dotar un marco común a todos los programas específicos cuya retribución cabe ser catalogada de productividad en los términos del estatuto marco o de actividad profesional de la Ley de la función pública valenciana. El Programa de reducción de la demora asistencial está expresamente recogido en ese sentido en la disposición transitoria única del citado decreto, por lo que la presente regulación ya se conforma a lo dispuesto en él.

Aunque, en todo caso, la mejora que ofrece este programa proporciona un instrumento adecuado para el manejo de la carga asistencial en atención hospitalaria, tendiendo a hacer efectiva la igualdad de derechos en el acceso a la sanidad pública entre la ciudadanía de la Comunitat Valenciana, no debe perderse la perspectiva de que se trata de un instrumento adicional, flexible y coyuntural que se usará en la medida que resulte necesario con esa finalidad, lo cual no debe hacer pasar a segundo plano la persecución de medidas estructurales y organizativas orientadas a que esa demora asistencial excesiva no llegue a producirse, a través de una mejor dotación general de la sanidad pública mediante una financiación suficiente y una más eficiente utilización de los recursos disponibles.

Este programa tenía una dotación presupuestaria para todo el año 2023 de 25.000.000,00 €. Debido a las circunstancias anteriormente indicadas, el impacto económico ha sido superior al esperado, teniendo en cuenta el incremento de actividad por extraconcierto (Programa de reducción de la demora asistencial respecto a pacientes de otros departamentos), debido a la importante falta de facultativos en diferentes especialidades como son Anestesia, Radiología, Cardiología…, que afecta principalmente a los hospitales comarcales o periféricos, con escasa capacidad de respuesta y poca atracción de especialistas de otras comunidades. Así pues, se estima necesario un incremento presupuestario de 16.160.000,00 € para cubrir todas las necesidades asistenciales indicadas durante el presente ejercicio.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del conseller de Sanidad, el Consell, previa deliberación, en la reunión de 5 de diciembre de 2023,

ACUERDA

Primero. Objeto

Incrementar la dotación presupuestaria anual prevista en el apartado sexto del Acuerdo de 31 de marzo de 2023, del Consell, de aprobación del Programa especial de productividad para la reducción de la demora asistencial en el Sistema Valenciano de Salud, en 2023 en la cantidad de 16.160.000,00 €, hasta un total de 41.160.000,00 € para el ejercicio 2023.

Segundo. Habilitación

Facultar a la persona titular de la conselleria con competencias en materia de sanidad para dictar los actos administrativos necesarios para la ejecución de lo dispuesto en el presente acuerdo.

Tercero. Publicación

Ordenar su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Alicante, 5 de diciembre de 2023

La consellera secretaria,

SUSANA CAMARERO BENÍTEZ

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