RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se publica la ampliación de los créditos máximos que han de financiar las subvenciones públicas destinadas a la integración sociolaboral de trabajadores y trabajadoras en situación o en riesgo de exclusión social en empresas de inserción para 2023, convocadas mediante la Resolución de 28 de diciembre de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Ocupación y Formación, y reguladas en la Orden 20/2018. [2023/12086]

  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Empleo y formación profesional
    Descriptores:
      Temáticos: ayuda al empleo, lucha contra el paro, exclusión social
  • En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 17 de enero de 2023, número 9513, se publicó la Resolución de 28 de diciembre de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Ocupación y Formación, por la cual se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de trabajadores y trabajadoras en situación o en riesgo de exclusión social en empresas de inserción para 2023, por la que se dio publicidad a las líneas de crédito y al importe global máximo destinado a financiar estas subvenciones reguladas en la Orden 20/2018, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo (DOGV 8425, 16.11.2018).

    En el apartado 1 del artículo 2 de dicha Resolución se estableció que estas ayudas se financian por un importe global máximo de 2.050.000 euros, con cargo al subprograma presupuestario 322.51, Fomento de Empleo, con cargo al capítulo 4, línea S2240, según detalle de líneas e importes que a continuación se especifican:

    a) Las ayudas para los programas regulados en el capítulo II del Título II de las bases reguladoras, destinadas a las empresas de inserción calificadas e inscritas en el registro administrativo de la Comunitat Valenciana, excepto los de la sección 5ª, se financiarán por un importe global de 2.000.000 euros.

    b) Las ayudas para el programa regulado en la sección 5ª del capítulo II del título II de las bases reguladoras, destinadas a la creación de nuevos puestos de trabajo vinculado a inversión fija en las empresas de inserción calificadas e inscritas en el registro administrativo de la Comunitat Valenciana, se financiarán por un importe global de 50.000 euros.

    De conformidad con lo establecido en la disposición final primera, apartado 2 de la Orden 20/2018, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, en relación con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 2 de la Resolución de 28 de diciembre de 2022, considerando las solicitudes presentadas hasta el momento relativas a ayudas destinadas a las empresas de inserción y existiendo crédito disponible en la línea S2240000, derivado de saldos de la línea, procede incrementar la financiación para las ayudas incluidas en los apartados 1.a) y 1.b) del artículo 2 de dicha Resolución para los programas regulados en el capítulo II del título II de las bases reguladoras, destinadas a las empresas de inserción calificadas e inscritas en el registro administrativo de la Comunitat Valenciana, y publicarla en el DOGV, sin establecer un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

    En consecuencia, y vistos los antecedentes expuestos, resuelvo:

    Único

    Incrementar la dotación asignada en la Resolución de 28 de diciembre de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Ocupación y Formación, por la que se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción para 2023, de acuerdo con el siguiente detalle:

    a) Las ayudas para los programas regulados en el capítulo II del título II de las bases reguladoras, excepto los de la sección 5ª, destinadas a las empresas de inserción calificadas e inscritas en el registro administrativo de la Comunitat Valenciana, se amplía la dotación en 595.325,00 €, financiada con cargo al capítulo IV, del subprograma 322.51, código línea S2240000, con fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), con lo que la dotación para estas ayudas alcanza un importe máximo de 2.595.325,00 €.

    b) Las ayudas para el programa regulado en la sección 5ª del capítulo II del título II de las bases reguladoras, destinadas a la creación de nuevos puestos de trabajo vinculado a inversión fija en las empresas de inserción calificadas e inscritas en el registro administrativo de la Comunitat Valenciana, se amplía la dotación en 1.935,00 €, financiada con cargo al capítulo IV, del subprograma 322.51, código línea S2240000, con fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), con lo que la dotación para estas ayudas alcanza un importe máximo de 51.935,00 €.

    Tras el incremento, la dotación para el ejercicio 2023, para las ayudas reguladas en la Orden 20/2018, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo y convocadas por Resolución de 28 de diciembre de 2022, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción para 2023, alcanza un importe global máximo de 2.647.260,00 €.

    La presente resolución surtirá efectos desde el día de su firma.

    Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o, potestativamente, un recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de empleo y Formación, en el plazo de un mes, computado en los términos ya dichos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.

    València, 24 de noviembre de 2023.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Antonio Galvañ Diez.

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