RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, de concesión de las ayudas convocadas por la Resolución de 30 de mayo de 2023, del president de la Generalitat, dirigidas a financiar el mantenimiento, conservación, mejora y promoción de los senderos homologados (GR®, PR® y SL®) existentes, en municipios con riesgo de despoblamiento y en otras entidades locales de las cuales forman parte municipios con riesgo de despoblamiento, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia. [2023/11939]

  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Presidencia de la Generalitat
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Administracion local Infraestructuras
  • Mediante la Resolución de 30 de mayo de 2023, del president de la Generalitat, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a financiar el mantenimiento, conservación, mejora y promoción de los senderos homologados (GR®, PR® y SL®) existentes, en municipios con riesgo de despoblamiento y en otras entidades locales de las cuales forman parte municipios con riesgo de despoblamiento, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (DOGV 9168, 15.06.2023).

    Por la misma resolución, se convocaron las citadas ayudas. El procedimiento de concesión es en régimen de concurrencia competitiva.

    Las entidades interesadas han presentado la solicitud, acompañada de la documentación establecida en la convocatoria, así como las declaraciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones contempladas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR.

    Dado que el objeto de la subvención es la financiación de actuaciones que no requieren la valoración comparativa con otras propuestas, tal y como se establece en la base reguladora octava, se podrán dictar resoluciones de concesión una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, aunque no haya acabado el plazo de presentación de solicitudes establecido en esta.

    Conforme a lo establecido en la base reguladora novena, los servicios administrativos de la dirección general competente en materia de despoblamiento, han efectuado las comprobaciones de cada una de las solicitudes presentadas y de la documentación aportada. Posteriormente, y después de cumplimentados, en su caso, los correspondientes requerimientos, han elevado propuesta motivada de resolución.

    Por todo ello, en virtud de lo establecido en la base reguladora décima, apartado primero, de la Resolución de 30 de mayo de 2023, del president de la Generalitat, por la que se delega en la persona titular de la dirección general competente en materia de despoblamiento la facultad de dictar la resolución de concesión de las subvenciones, y a la vista de la propuesta de resolución formulada por los servicios técnicos de la mencionada dirección general, resuelvo:

    Primero

    Conceder a las entidades locales relacionadas en los anexos de esta resolución las ayudas indicadas para las actuaciones que se relacionan:

    – Anexo I: Subvenciones concedidas con cargo a la línea presupuestaria S1096000, «Ayudas para la promoción de los senderos homologados en la Comunitat Valenciana».

    – Anexo II: Subvenciones concedidas con cargo a la línea presupuestaria S1097000, «Ayudas para inversiones en los senderos homologados en la Comunitat Valenciana».

    Segundo

    De acuerdo con lo dispuesto en la base reguladora undécima, apartado 2, de la Resolución de 30 de mayo de 2023, del president de la Generalitat, el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de las subvenciones será de seis o de doce meses desde la fecha de notificación de la presente resolución, según se trate, respectivamente, de las subvenciones articuladas a través de la línea presupuestaria S1096000, «Ayudas para la promoción de los senderos homologados en la Comunitat Valenciana», correspondiente al capítulo IV de gastos, o de las subvenciones articuladas a través de la línea presupuestaria S1097000, «Ayudas para inversiones en los senderos homologados en la Comunitat Valenciana», correspondiente al capítulo VII de gastos.

    Tercero

    De acuerdo con lo que establece la base reguladora undécima, apartado 3, de la Resolución de 30 de mayo de 2023, del president de la Generalitat, la justificación de la subvención se presentará ante la dirección general con competencias en materia de despoblamiento, en el plazo de tres meses desde la fecha máxima de ejecución prevista en el apartado segundo de esta resolución y siempre antes del 30 de noviembre de 2025. Se deberá realizar en la forma estipulada en el apartado noveno de la convocatoria para 2023, que figura en anexo II de la Resolución de 30 de mayo de 2023, del president de la Generalitat, y atendidas las actuaciones y gastos subvencionables recogidos en la base reguladora undécima que consta en el anexo I de la misma resolución.

    Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. Igualmente podrá interponerse, directamente, un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

    València, 24 de noviembre de 2023.– El director general de Administración Local (p. d. base 10ª del anexo I de la Resolución de 30 de mayo de 2023, del president de la Generalitat; DOGV 9618, 15.06.2023): José Antonio Redorat Fresquet.

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