Conselleria de educación, universidades y empleo - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9731)
RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2023, del director general de Ordenación Educativa y Política Lingüística, por la cual se conceden subvenciones para la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo, en la modalidad de libros de Moros y Cristianos para el ejercicio presupuestario de 2023. [2023/11493]
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 23.11.2023 Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo Grupo Temático: Ayudas Materias: Valenciano
Por la Orden 90/2016, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción del valenciano en el ámbito festivo.
Mediante la Resolución de 19 de abril de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte (DOGV núm. 9589 de 05.05.2023), se convocan las subvenciones para la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo: libros de Hogueras y libros de Moros y Cristianos, para el ejercicio presupuestario de 2023.
Vista el acta de la comisión técnica en la que se concreta el resultado de la evaluación de los libros presentados por las comisiones de fiestas de Moros y Cristianos, después de ser estudiados y evaluados por la comisión técnica, constituida y reunida el día 20 de octubre de 2023 a tal efecto.
Visto el informe del órgano instructor en el que consta que de la información que se encuentra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder.
De acuerdo con la autorización de la disposición final primera de la Orden 90/2016 antes mencionada y el resuelvo once de la resolución de convocatoria de 19 de abril de 2023, vista la propuesta del órgano instructor, resuelvo:
Primero
Conceder las subvenciones propuestas a las comisiones de Moros y Cristianos que se indican en el anexo I y asignar a cada una la cantidad que se especifica, por un importe total de 42.400 , a cargo de la línea S3166000, «Promoción del valenciano en el ámbito festivo», de la aplicación presupuestaria 09.02.06.422.50.4, del presupuesto de la Generalitat para 2023.
Segundo
Las entidades beneficiarias tienen que cumplir con el que establecen los artículos 7 y 15 de las bases sobre las obligaciones y el reintegro de la subvención.
Tercero
Denegar las subvenciones a las comisiones de Moros y Cristianos que figuran en el anexo II que han sido excluidas, por el motivo que se indica en el mismo anexo.
De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar, potestativamente, un recurso de reposición, o bien se podrá plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación, Universidades y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
b) El recurso contencioso-administrativo deberá ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 13 de noviembre de 2023. El director general de Ordenación Educativa y Política Lingüística (p. d R 13.04.2022; DOGV 9328, 29.04.2022): Ignacio Martínez Arrúe.