Labora servicio valenciano de empleo y formación - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9720)

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se incrementa el importe máximo que ha de financiar las ayudas convocadas mediante Resolución de 3 de marzo de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo nacional de cualificaciones profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación y se realiza una corrección de errores de la resolución de convocatoria. [2023/11134]

Mediante Resolución de 3 de marzo de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, publicada en el DOGV núm. 9550, de 9 de marzo de 2023, se aprobó la convocatoria de subvenciones para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo nacional de cualificaciones profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación.

Habiéndose detectado un error en el apartado cuatro del resuelvo cuarto de la resolución de convocatoria, concretamente en la dotación prevista para el sector agrario, se procede a su corrección.

Por otro lado, en el resuelvo segundo de la resolución, se establece que se destinará para atender las subvenciones un importe global máximo de 15.900.000,00 € con cargo a la línea de subvención S5644000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2023, con el desglose que se indica en la convocatoria. En el mismo resuelvo se señala que la dotación de la convocatoria podrá incrementarse si concurre alguno de los supuestos previstos en el artículo 11.2 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat.

Por Resolución de 6 de julio de 2023, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se autoriza una generación de crédito por mayores ingresos del Ministerio de Educación y Formación Profesional, incrementando la citada línea en 6.323.253,91 €.

De acuerdo con el resuelvo sexto de la resolución de convocatoria el plazo de presentación de solicitudes ha finalizado. Teniendo en cuenta las solicitudes presentadas en los programas de cualificación para complementar la formación de personas participantes en el procedimiento de evaluación, existe un exceso de recursos que se pueden destinar a las demás modalidades de formación con la finalidad de optimizar los recursos asignados.

Del mismo modo, en atención a las solicitudes presentadas dentro del programa sectorial concretamente en los sectores de Industria agroalimentaria, Industria del mueble, calzado y textil, Industria química y plástico, y Cerámica, existe también un exceso de recursos que procede distribuir entre los demás sectores con la finalidad de optimizar los recursos asignados.

De acuerdo con lo expuesto, y en uso de la facultad que confiere a esta Dirección General el artículo 14.1.e del Decreto 216/2020, de 29 de diciembre, del Consell, de aprobación del Reglamento de organización, régimen jurídico y funcional de LABORA Servicio Valenciano de Ocupación y Formación,

En consecuencia y en virtud de las referidas facultades, resuelvo:

Primero

Corregir el error detectado en el apartado cuatro del resuelvo cuarto de la Resolución de 3 de marzo de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo nacional de cualificaciones profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación, concretamente en la dotación prevista para el sector agrario:

Donde dice:

Sector Dotación prevista Límite porcentual por cada plan presentado Límite cuantitativo por Plan

Agrario (incluyendo manipulado, envasado, comercio y exportación de cítricos y productos hortofrutícolas) 409.540,68 € 20 % 81.789,26 €

Debe decir:

Sector Dotación prevista Límite porcentual por cada plan presentado Límite cuantitativo

por Plan

Agrario (incluyendo manipulado, envasado, comercio y exportación de cítricos y productos hortofrutícolas) 409.540,67 € 20 %

81.789,26 €

Segundo

Incrementar la dotación presupuestaria asignada en el resuelvo segundo de la Resolución de 3 de marzo de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación (DOGV 9550), por la que se aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo nacional de cualificaciones profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación, con cargo a la línea genérica de subvención S5644000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2023, hasta un importe global máximo de 22.223.253,91 € lo que supone un incremento de 6.323.253,91 € que se añade a la dotación inicial estimada que ascendía a 15.900.000,00 €.

Tercero

Disminuir el importe asignado en el resuelvo segundo, apartado 1.c de la resolución de 3 de marzo de 2023 para los programas de cualificación para complementar la formación de personas participantes en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales en 380.960,00 €.

Tipo de programa Dotación inicial publicada Disminución Dotación final

Completar formación en procedimiento de evaluación y acreditación de competencias

Profesionales 1.000.000,00 € 380.960,00 € 619.040,00 €

Cuarto

Como consecuencia del incremento de la dotación presupuestaria contemplada en el resuelvo segundo de la presente resolución (6.323.253,91 €) y de la disminución del importe asignado para los programas de cualificación para complementar la formación de personas participantes en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales establecida en el resuelvo tercero de la presente resolución (380.960,00 €), se incrementa el importe asignado en el punto uno del resuelvo segundo de la Resolución de 3 de marzo de 2023 para los programas de Formación Sectorial, de Formación Transversales, de Formación dirigida a la Economía Social y para los programas de Formación dirigidos a personas trabajadoras autónomas. Asimismo, se incrementa el importe destinado a las ayudas del alumnado desempleado prevista en el punto dos del resuelvo segundo de la Resolución de 3 de marzo de 2023, ascendiendo el importe total del incremento a 6.704.213,91 €, con la siguiente distribución:

Tipo de programa Dotación inicial publicada Incremento Dotación final

Intersectorial 6.950.000,00 € 3.161.649,17 € 10.111.649,17 €

Economía social 529.994,70 € 210.773,02 € 740.767,72 €

Autónomos 529.994,70 € 210.773,02 € 740.767,72 €

Sectorial 6.360.000,00 € 2.529.301,56 € 8.889.301,56 €

Ayudas a alumnado desempleado/discapacitado 530.010,60 € 591.717,14 € 1.121.727,74 €

Total incremento 6.704.213,91 €

Quinto

En cuanto al programa de formación sectorial, se distribuye el incremento del crédito de 2.529.301,56 euros atendiendo a las cuantías de las solicitudes presentadas según los diferentes sectores, realizándose un incremento de su dotación inicial, excepto en los sectores de Industria agroalimentaria, Industria del mueble, calzado y textil, Industria química y plástico, y Cerámica, donde se han presentado solicitudes por importe inferior a la dotación inicial de la convocatoria, y por tanto disminuyen su dotación inicial:

Sector Dotación inicial publicada Incremento/Disminución Dotación final

Agrario y manipulado de cítricos 409.540,67 € 145.798,59 € 555.339,26 €

Construcción 660.107,89 € 332.147,07 € 992.254,96 €

Industrias agroalimentarias 456.170,90 € – 279.420,90 € 176.750,00 €

Industrias del metal 1.262.477,32 € 954.599,68 € 2.217.077,00 €

Industria del mueble, calzado y textil 561.791,16 € – 341.728,16 € 220.063,00 €

Industrias química y plástico 422.875,86 € – 170.525,86 € 252.350,00 €

Servicios de atención a personas dependientes 451.614,00 € 514.822,37 € 966.436,37 €

Servicios de transporte por carretera/maritimo 545.849,80 € 603.487,20 € 1.149.337,00 €

Turismo y hostelería 1.332.469,47 € 874.824,50 € 2.207.293,97 €

Cerámica 257.102,93 € – 104.702,93 € 152.400,00 €

Total 6.360.000,00 € 2.529.301,56 € 8.889.301,56 €

Contra el presente acto que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, apartado 3, así como en el artículo 46, apartado 1, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

La presente resolución producirá efectos a partir del día de su firma y será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 3 de noviembre de 2023.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Antonio Galvañ Diez.

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