Labora servicio valenciano de empleo y formación - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9718)

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se incrementa el importe máximo que ha de financiar las ayudas convocadas mediante Resolución de 3 de marzo de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023. [2023/11041]

Mediante resolución de 3 de marzo de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, publicada en el DOGV núm. 9550, de 9 de marzo de 2023, se aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

En el resuelvo segundo de la resolución, se establece que se destinará para atender las subvenciones un importe global máximo de 9.900.000,00 € con cargo a la línea de subvención S5644000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2023, con el desglose que se indica en la convocatoria. En el mismo resuelvo se señala que la dotación de la convocatoria podrá incrementarse si concurre alguno de los supuestos previstos en el artículo 11.2 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat.

Por resolución de 14 de octubre de 2023 del Conseller de Educación, Universidades y Empleo, se autoriza una generación de crédito por mayores ingresos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, incrementando la citada línea en 8.592.067,00 €.

De acuerdo con lo expuesto, y en uso de la facultad que confiere a esta Dirección General el artículo 14.1.e) del Decreto 216/2020, de 29 de diciembre, del Consell, de aprobación del Reglamento de organización, régimen jurídico y funcional de LABORA Servicio Valenciano de Ocupación y Formación, resuelvo:

Primero

Incrementar la dotación presupuestaria asignada en el resuelvo segundo de la resolución de 3 de marzo de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación (DOGV núm. 9550) , por la que se aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, con cargo a la línea genérica de subvención S5644000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2023, hasta un importe global máximo de 18.492.067,00 € lo que supone un incremento de 8.592.067,00 € que se añade a la dotación inicial estimada que ascendía a 9.900.000,00 € resultando la siguiente distribución:

1. Respecto de los programas formativos y las ayudas al alumnado desempleado asistente a los programas formativos previstos, respectivamente, en el resuelvo quinto y en el resuelvo décimo tercero de la resolución de 3 de marzo de 2023:

Tipo de programa Dotación inicial publicada Incremento Dotación final

Intersectorial 4.950.000,00 € 4.296.033,50 € 9.246.033,50 €

Economía Social 329.996,70 € 286.399,37 € 616.396,07 €

Autónomos 329.996,70 € 286.399,37 € 616.396,07 €

Sectorial 3.960.000,00 € 3.436.826,80 € 7.396.826,80 €

Ayudas a alumnado desempleado/discapacitado 330.006,60 € 286.407,96 € 616.414,56 €

Total 9.900.000,00 € 8.592.067,00 € 18.492.067,00 €

2. En cuanto al programa de formación Sectorial, se redistribuye proporcionalmente el crédito asignado al citado programa entre los diferentes sectores, resultando la siguiente distribución:

Sector Dotación inicial publicada Incremento Dotación final

AGRARIO Y MANIPULADO DE CÍTRICOS 254.997,03€ 503.051,70 € 758.048,73 €

CONSTRUCCIÓN 411.010,57€ 358.828,40 € 769.838,97 €

INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS 284.030,94€ 235.711,56 € 519.742,50 €

INDUSTRIAS DEL METAL 786.070,79€ 656.967,59 € 1.443.038,38 €

INDUSTRIA DEL MUEBLE, CALZADO Y TEXTIL 349.794,49€ 289.116,08 € 638.910,57 €

INDUSTRIAS QUÍMICA Y PLÁSTICO 263.300,06€ 237.147,52 € 500.447,58 €

SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS DEPENDIENTES 281.193.62€ 242.146,74 € 523.340,36 €

SERVICIOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA/MARITIMO 339.868,74€ 253.196,46 € 593.065,20 €

TURISMO Y HOSTELERÍA 829.650,80 € 519.972,66 € 1.349.623,46 €

CERÁMICA 160.082,96€ 140.688,09 € 300.771,05 €

TOTAL 3.960.000,00 € 3.436.826,80 € 7.396.826,80 €

Contra el presente acto que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, apartado 3, así como en el artículo 46, apartado 1, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

La presente resolución producirá efectos a partir del día de su firma y será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 31 de octubre de 2023.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Antonio Galvañ Diez.

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